Decreto Promulgatorio del Acuerdo por el que se modifica el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, suscrito en la Ciudad de México el nueve de agosto de mil novecientos noventa y uno, formalizado en la ciudad de La Habana, Cuba, mediante Notas intercambiadas el veintiséis de septiembre de dos mil trece y el ocho de octubre del propio año

Fecha de disposición27 Enero 2016
Fecha de publicación27 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

Por Plenipotenciarios debidamente autorizados para tal efecto, se formalizó en la ciudad de La Habana, República de Cuba, el Acuerdo por el que se modifica el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, suscrito en la Ciudad de México el nueve de agosto de mil novecientos noventa y uno, mediante Notas intercambiadas el veintiséis de septiembre y ocho de octubre de dos mil trece, cuyo texto consta en la copia certificada adjunta.

El Acuerdo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el cuatro de noviembre de dos mil quince, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del primero de diciembre del propio año.

Las notificaciones a que se refiere el penúltimo párrafo del Acuerdo, están fechadas en la ciudad de La Habana, República de Cuba, el veintiocho de agosto de dos mil catorce y el veintiocho de diciembre de dos mil quince.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el veintiséis de enero de dos mil dieciséis.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el veintisiete de enero de dos mil dieciséis.

Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Claudia Ruiz Massieu Salinas.- Rúbrica.

ALEJANDRO ALDAY GONZÁLEZ, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra el Acuerdo por el que se modifica el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, suscrito en la Ciudad de México el nueve de agosto de mil novecientos noventa y uno, formalizado en la ciudad de La Habana, Cuba, mediante Notas intercambiadas el veintiséis de septiembre de dos mil trece y el ocho de octubre del propio año, cuyo texto es el siguiente:

El Ministerio de Relaciones Exteriores saluda muy atentamente a la Honorable Embajada de México y en relación con su Nota CUB 02490, de fecha 12 de agosto de 2013, relativa a la modificación...

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