Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Islámica de Pakistán, firmado en la Ciudad de México, el once de marzo de dos mil quince.

Fecha de disposición30 Enero 2018
Fecha de publicación30 Enero 2018
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El once de marzo de dos mil quince, en la Ciudad de México, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre los Estados Unidos Mexicanos y República Islámica de Pakistán, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.

El Convenio mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del diecisiete de noviembre del propio año.

Las notificaciones a que se refiere el artículo XII del Convenio, fueron recibidas en la ciudad de Teherán, República Islámica del Irán, el tres de diciembre de dos mil diecisiete y el primero de enero de dos mil dieciocho.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el veintinueve de enero de dos mil dieciocho.

TRANSITORIO Artículos 1 a 12

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el treinta y uno de enero de dos mil dieciocho.

Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.

ALEJANDRO ALDAY GONZÁLEZ, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra el original correspondiente a México del Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Islámica de Pakistán, firmado en la Ciudad de México, el once de marzo de dos mil quince, cuyo texto en español es el siguiente:

CONVENIO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE PAKISTÁN

Los Estados Unidos Mexicanos y la República Islámica de Pakistán, en adelante denominados individualmente como "Parte" y colectivamente como "Partes";

CONSCIENTES de su interés mutuo en promover y fomentar el progreso técnico y científico en sus países, así como las ventajas que resulten de la cooperación recíproca en las áreas de interés común;

ANIMADOS por el deseo de fortalecer los tradicionales lazos de amistad existentes entre ambos países;

INTERESADOS en promover e intensificar sus relaciones de cooperación mediante mecanismos que contribuyan al desarrollo del progreso técnico y científico;

CONVENCIDOS de la necesidad de implementar programas de cooperación científica y técnica que tengan un impacto sobre el desarrollo social y económico de sus respectivos países;

Han acordado lo siguiente:

ARTÍCULO I

Objetivo

El presente Convenio tiene como objetivo establecer las bases, de conformidad con las cuales las Partes llevarán a cabo actividades de cooperación científica y técnica, bajo los principios de igualdad y beneficio mutuo.

ARTÍCULO II

Modalidades de Cooperación

Para los fines del presente Convenio, la cooperación entre las Partes asumirá las modalidades siguientes:

  1. intercambio de información y...

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