Decreto Promulgatorio del Segundo Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, suscrito en Puerto Varas, Chile, el primero de julio de dos mil dieciséis.

Fecha de disposición31 Marzo 2020
Fecha de publicación31 Marzo 2020
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El primero de julio de dos mil dieciséis, en Puerto Varas, Chile, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referendum el Segundo Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, cuyo texto consta en la copia certificada adjunta.

El Protocolo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del dieciséis de febrero de dos mil dieciocho.

El instrumento de ratificación, firmado por el Ejecutivo Federal a mi cargo el veinte de abril de dos mil dieciocho, fue depositado ante el Gobierno de la República de Colombia, el dieciocho de mayo del propio año.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el 30 de marzo de 2020.

TRANSITORIO Artículos 1 y 2

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el primero de abril de dos mil veinte.

Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.

ALEJANDRO CELORIO ALCÁNTARA, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra el original correspondiente a México del Segundo Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, suscrito en Puerto Varas, Chile, el primero de julio de dos mil dieciséis, cuyo texto es el siguiente:

SEGUNDO PROTOCOLO MODIFICATORIO DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO

La República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, en lo sucesivo denominadas "las Partes",

EN EL MARCO de sus compromisos en el ámbito de la Alianza del Pacífico;

TENIENDO PRESENTE que el Capítulo 7 (Obstáculos Técnicos al Comercio) del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, en lo sucesivo denominado "Protocolo Adicional", tiene como objetivos, entre...

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