Decreto por el que se reforma el diverso que aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional

EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE REFORMA EL DIVERSO QUE APRUEBA EL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL.

ARTÍCULO PRIMERO.-

Se reforman los artículos 2o. y 9o. del Decreto que Aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1955, reformado por Decretos publicados en el propio Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1980, 13 de enero de 1986, 11 de diciembre de 1992 y 18 de julio de 1994, para quedar como sigue:

Artículo 2o.-

Se autoriza al Ejecutivo Federal para que, por conducto del Banco de México, haga la suscripción de acciones o partes sociales de la Corporación Financiera Internacional, hasta por la cantidad adicional de dos millones novecientos cuarenta y tres mil dólares de los Estados Unidos de América, para hacer un total de 30,532 acciones por la suma de treinta millones quinientos treinta y dos mil dólares.

Artículo 9o.-

El Gobierno Federal requerirá exclusivamente la aprobación del Senado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76, fracción I, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la terminación, denuncia, suspensión, modificación, enmienda, retiro de reservas y formulación de declaraciones interpretativas del Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional o para modificar la suscripción del Gobierno de México a la Corporación Financiera Internacional.

ARTÍCULO SEGUNDO.-

Se autoriza al Ejecutivo Federal para efectuar la suscripción adicional de acciones de la Corporación Financiera Internacional que a México corresponde hasta por los montos máximos autorizados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero anterior y para aceptar las enmiendas correspondientes a fin de cumplimentar la citada autorización.

ARTÍCULO TERCERO.-

Se autoriza al Ejecutivo Federal para...

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