Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República
Fecha de disposición | 01 Octubre 2015 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2015 |
Emisor | PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 8o. y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Se REFORMAN los artículos 3, fracciones III y IV; 4, fracción VII; 5, párrafo primero; 5 Bis; 6; 14, párrafo tercero; 17 y 18, párrafo primero en su encabezado, así como las denominaciones de los Capítulos Cuarto y Quinto, se ADICIONAN los artículos 17 Bis; 17 Ter; 17 Quáter; 17 Quintus; 18 Bis y 18 Ter, y se DEROGAN los artículos 11 y 12 del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República, para quedar como sigue:
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a II. ...
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Coordinación General de Política y Gobierno;
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Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, y
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a VI. ...
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Promover, en coordinación con las áreas competentes, las relaciones interinstitucionales de la Oficina de la Presidencia con los sectores público, social y privado.
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a IX. ...
Para el despacho de los asuntos de la Jefatura de la Oficina de la Presidencia, ésta contará con las unidades de apoyo técnico siguientes:
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Subjefatura de la Oficina de la Presidencia;
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Coordinación de Asesores del Presidente;
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Coordinación de Opinión Pública;
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Coordinación de Estrategia Digital Nacional, y
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Coordinación de Marca País y Medios Internacionales.
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Corresponde a la Subjefatura de la Oficina de la Presidencia:
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Apoyar al Jefe de la Oficina de la Presidencia en la coordinación y organización de las unidades de apoyo técnico de la Jefatura de la Oficina de la Presidencia;
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Brindar asesoría y apoyo técnico al Jefe de la Oficina de la Presidencia en los asuntos que éste le encomiende, y
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Las demás inherentes a sus funciones y las que le encomiende el Presidente o el Jefe de la Oficina de la Presidencia.
Corresponde a la Coordinación de Asesores del Presidente:
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Asesorar y apoyar al Presidente y al Jefe de la Oficina de la Presidencia en los asuntos que le encomienden y formular los estudios, análisis, opiniones y recomendaciones que resulten procedentes;
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Solicitar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal la información y datos que resulten necesarios para el debido cumplimiento de sus funciones;
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Establecer mecanismos de coordinación con las demás unidades de la Oficina de la Presidencia para el cumplimiento de sus funciones;
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Dar seguimiento a indicadores relevantes de temas de carácter económico, social y político que le encomienden el Presidente y el Jefe de la Oficina de la Presidencia, y formular los estudios y análisis correspondientes;
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Proveer al Presidente y al Jefe de la Oficina de la Presidencia la información y datos necesarios para sus actividades, toma de decisiones y formulación de mensajes;
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Asistir a las reuniones de gabinete a las que sea convocado por el Presidente o el Secretario de Gobernación, y
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Las demás inherentes a las funciones anteriores y las que le encomiende expresamente el Presidente o el Jefe de la Oficina de la Presidencia.
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Las funciones de la Coordinación General de Administración serán ejercidas por el Coordinador General de Administración, por sí o por conducto de los titulares de las unidades a cargo de la programación, presupuestación y finanzas; administración de recursos humanos; administración de recursos materiales, adquisiciones y servicios generales; tecnologías de la información, así como de administración de instalaciones, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones aplicables.
DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y GOBIERNO
Corresponde a la Coordinación General de Política y Gobierno:
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Acordar con el Presidente los asuntos de su competencia y los que estén encomendados a sus unidades de apoyo técnico;
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Mantener, en coordinación con las áreas competentes, las relaciones interinstitucionales de la Oficina de la...
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