Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO.

Artículo Único.-

Se reforman los artículos 2o., fracciones II y VII; 7o., fracciones III y IV; 15, fracción V; 28, primer párrafo; 31, segundo párrafo; 37, primer párrafo; 47, fracciones IV y VI; 57, fracción IV; 63, primer párrafo; 64, primer párrafo y fracción X; 74, primer párrafo; 87, primer párrafo; 94, primer párrafo; 95; y 98, primer párrafo; se adicionan al artículo 2o. una fracción VIII; al artículo 3o. las fracciones I, IX, X, XII, XIV, XXIX, XXXI y XXXIX, recorriéndose las subsecuentes en su orden; al artículo 26 una fracción XIII y un último párrafo; al artículo 28 un segundo párrafo; al artículo 31 un tercer párrafo; al artículo 47 una fracción XIX; al artículo 58 las fracciones III y IV, recorriéndose la actual III para quedar como V; al artículo 63, los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto; al artículo 94 un segundo párrafo; un segundo, tercero y cuarto párrafos al artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General de Cambio Climático, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012; de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:

Artículo 2o.

Esta Ley tiene por objeto:

I. ...

II. Regular las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para que México contribuya a lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático considerando, en su caso, lo previsto por el artículo 2o. de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y demás disposiciones derivadas de la misma;

III. a V. ...

VI. Establecer las bases para la concertación con la sociedad;

VII. Promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable, de bajas emisiones de carbono y resiliente a los fenómenos hidrometeorológicos extremos asociados al cambio climático, y

VIII. Establecer las bases para que México contribuya al cumplimiento del Acuerdo de París, que tiene entre sus objetivos mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2 °C, con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir con los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5 °C, con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático.

Artículo 3o.

Para efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Acuerdo de París: Convenio adoptado mediante la decisión 1/CP.21 durante el 21er período de sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

II. Adaptación: ...

III. Atlas de riesgo: ...

IV. Cambio climático: ...

V. Comisión: ...

VI. Compuestos de efecto invernadero: ...

VII. Comunicación Nacional: ...

VIII. Consejo: ...

IX. Contaminantes climáticos de vida corta: Llamados también forzadores climáticos de vida corta, son aquellos compuestos de efecto invernadero, gases, aerosoles o partículas de carbono negro, cuya vida media en la atmósfera después de ser emitidos se estima en semanas o hasta décadas, en un rango siempre inferior a la vida media del bióxido de carbono, estimada ésta última en 100 o más años.

X. Contribuciones determinadas a nivel nacional: conjunto de objetivos y metas, asumidas por México, en el marco del Acuerdo de París, en materia de mitigación y adaptación al cambio climático para cumplir los objetivos a largo plazo de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático.

XI. Convención: ...

XII. Carbono negro: material particulado producido por la combustión incompleta de combustibles fósiles o de biomasa, y que contribuye al calentamiento global como contaminante climático de vida corta.

XIII. Corredores Biológicos: ...

XIV. CORSIA: Esquema de reducción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero para la aviación internacional de la Organización de la Aviación Civil Internacional.

XV. Degradación: ...

XVI. Emisiones: ...

XVII. Emisiones de línea base: ...

XVIII. Escenario de línea base: ...

XIX. Estrategia Nacional: ...

XX. Fomento de capacidad: ...

XXI. Fondo: ...

XXII. Fuentes emisoras: ...

XXIII. Gases de efecto invernadero: ...

XXIV. INECC: ...

XXV. Inventario: ...

XXVI. Ley: ...

XXVII. Mecanismo para un desarrollo limpio: ...

XXVIII. Mitigación: ...

XXIX. Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (IPCC): Órgano internacional encargado de evaluar los conocimientos científicos relativos al cambio climático.

XXX. Programa: ...

XXXI. Política Nacional de Adaptación: Proceso de identificación de necesidades de adaptación al mediano y largo plazo, y de desarrollo e implementación de estrategias, programas y acciones para atenderlas.

XXXII. Protocolo de Kioto: ...

XXXIII. Reducciones certificadas de emisiones: ...

XXXIV...

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