Decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Fecha de disposición05 Octubre 2018
Fecha de publicación05 Octubre 2018
MateriaDerecho Constitucional
EmisorCONGRESO DE LA UNION
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión. EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 39 Y 43 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Artículo Único

Se reforman los artículos 39, numeral 2 y 43, numerales 1 y 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

ARTICULO 39
  1. ...

  2. ...

    ...

    1. Asuntos Frontera Norte;

    2. Asuntos Frontera Sur;

    3. Asuntos Migratorios;

    4. Atención a Grupos Vulnerables;

    5. Ciencia, Tecnología e Innovación;

    6. Comunicaciones y Transportes;

    7. Cultura y Cinematografía;

    8. Defensa Nacional;

    9. Deporte;

    10. Derechos de la Niñez y Adolescencia;

    11. Derechos Humanos;

    12. Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad;

    13. Desarrollo Social;

    14. Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria;

    15. Economía, Comercio y Competitividad;

    16. Economía Social y Fomento del Cooperativismo;

    17. Educación;

    18. Energía;

    19. Federalismo y Desarrollo Municipal;

    20. Ganadería;

    21. Gobernación y Población;

    22. Hacienda y Crédito Público;

    23. Igualdad de Género;

    24. Infraestructura;

    25. Justicia;

    26. Juventud y Diversidad Sexual;

    27. Marina;

    28. Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales;

    29. Pesca;

    30. Presupuesto y Cuenta Pública;

    31. Protección Civil y Prevención de Desastres;

    32. Pueblos Indígenas;

    33. Puntos Constitucionales;

    34. Radio y Televisión;

    35. Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento;

    36. Relaciones Exteriores;

    37. Salud;

    38. Seguridad Pública;

    39. Seguridad Social;

    40. Trabajo y Previsión Social;

    41. Transparencia y Anticorrupción;

    42. Turismo, y

    43. Vivienda.

  3. ...

ARTICULO 43
  1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta treinta miembros, o el número necesario para garantizar la proporción entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones, de tal manera que los Grupos Parlamentarios no pierdan su representación proporcional en ellas. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a...

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