Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

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EmisorConsejería Jurídica del Ejecutivo Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 4o., 27, 43 y 43 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL

ARTÍCULO ÚNICO

Se REFORMAN la fracción III del artículo 3; el artículo 7; las fracciones XXXI y XXXII y los párrafos penúltimo y último del artículo 15; la fracción X del artículo 18, y los párrafos primero y segundo del artículo 25, y se DEROGAN la fracción IV del artículo 3; los artículos 10 bis y 11, y el párrafo último del artículo 25, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, para quedar como sigue:

Artículo 3

...

  1. a II. ...

  2. Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso, y

  3. Derogada.

  4. ...

Artículo 7

El Órgano Interno de Control en la Consejería estará a cargo de una persona titular, designada en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, quien en ejercicio de sus facultades se auxiliará de las personas titulares de las áreas de responsabilidades, de quejas y auditoría, y demás personal adscrito a dicho Órgano, quienes dependerán jerárquica, funcional y presupuestalmente de la Secretaría de la Función Pública.

Los servidores públicos mencionados en el párrafo anterior, ejercerán las facultades que tengan atribuidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, así como en los demás ordenamientos jurídicos aplicables.

La Consejería proporcionará al Órgano Interno de Control el auxilio que requiera para el desempeño de sus atribuciones.

Artículo 10 bis

Derogado.

Artículo 11

Derogado.

Artículo 15

...

  1. a XXX. ...

  2. Coordinar las labores de control y seguimiento procesal con las...

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