Acuerdo por el cual se delegan facultades a favor de los servidores públicos de la Procuraduría Federal del Consumidor que se indican
Fecha de disposición | 23 Diciembre 2004 |
Fecha de publicación | 23 Diciembre 2004 |
Emisor | PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el cual se delegan facultades a favor de los servidores públicos de la Procuraduría Federal del Consumidor que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría Federal del Consumidor.- Oficina del Procurador.
CARLOS FRANCISCO ARCE MACIAS, Procurador Federal del Consumidor, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 20, 24, 27 fracciones I y VIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y 8 fracción II del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, y
CONSIDERANDO
Que la Procuraduría Federal del Consumidor tiene funciones de autoridad y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, al frente de cada una de sus unidades administrativas existirá un titular, que será nombrado Subprocurador, Coordinador General, Director General, Delegado o Subdelegado, según corresponda y tendrá las facultades que determinen el Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor y su Estatuto Orgánico;
Que conforme al propio artículo 4 del referido Reglamento, la Institución también contará entre otros servidores públicos, con directores de área, subdirectores, jefes de departamento, subjefes y jefes de oficina;
Que la función de autoridad que desarrolla la Procuraduría Federal del Consumidor conlleva la tramitación, resolución y ejecución de diversos asuntos, en los que se debe cumplir con los tiempos y formas que establecen las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables;
Que para cumplir con lo señalado en el considerando anterior y con los principios de legalidad y eficiencia que se deben observar en el ejercicio de la función pública, se hace necesario delegar determinadas atribuciones en algunos servidores públicos que prestan sus servicios en esta Institución, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE DELEGAN FACULTADES A FAVOR DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR QUE SE INDICAN
Sin perjuicio del ejercicio directo que realice el Procurador, se delega en el Subprocurador de Verificación la facultad de establecer, en el ámbito de su competencia, los criterios para la imposición de sanciones contenida en los artículos 27 fracción VII de la Ley Federal de Protección al Consumidor y 8 fracción IV del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.
Sin perjuicio del ejercicio directo que realice el Subprocurador de Verificación, se delega en los Directores Generales de Verificación y Vigilancia y de Verificación de Combustibles, la facultad que se encuentra señalada en el artículo 10 fracción X del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, para participar en actividades de metrología, normalización y evaluación de la conformidad.
Sin perjuicio del ejercicio directo que realice el Subprocurador de Verificación, se delega en los Directores Generales de Verificación y Vigilancia y de Verificación de...
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