Acuerdo por el que se delegan en el Subsecretario de Egresos y en el Titular de la Unidad de Servicio Civil, las facultades que se indican

Fecha de disposición23 Noviembre 2000
Fecha de publicación23 Noviembre 2000
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se delegan en el Subsecretario de Egresos y en el Titular de la Unidad de Servicio Civil, las facultades que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

JOSE ANGEL GURRIA TREVIÑO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o. fracción II y 7o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados; 14, 16 y 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4, 6 fracción XXIX y 63 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, y que para la mejor organización del trabajo podrán delegar funciones en los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares, mediante la expedición de los acuerdos correspondientes que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Que en congruencia con la disposición legal indicada, el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 1996 y reformado mediante decretos publicados el 24 de diciembre del mismo año, el 30 de junio de 1997, el 10 de junio de 1998 y el 16 de octubre de 2000, establece que el Secretario del Ramo podrá delegar sus atribuciones en servidores públicos subalternos para la mejor organización del trabajo.

Que con el afán de seguir avanzando en la modernización de la administración pública, es conveniente promover y fomentar el intercambio de experiencias adquiridas por otros países en materia de sistemas de servicio civil y de administración y desarrollo de sus recursos humanos.

Que el intercambio y asistencia mutua en el marco de la formación y actualización del personal encargado de normar y establecer las políticas de desarrollo de los recursos humanos en la administración pública, permitirá avanzar en el establecimiento, operación y desarrollo del servicio civil de carrera en México, y

Que para el oportuno ejercicio de las...

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