Sentencia pronunciada en el juicio agrario 005/97, relativo a un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominaría Valle de Cuitláhuac, Municipio de Amatitán, Jal.   

Fecha de disposición19 Diciembre 2007
Fecha de publicación19 Diciembre 2007
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario 005/97, relativo a un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominaría Valle de Cuitláhuac, Municipio de Amatitán, Jal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver, el juicio agrario 005/97, que corresponde al expediente administrativo número 1785, relativo a la acción de dotación de tierras, por la vía de nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominaría Valle de Cuitláhuac, en cumplimiento a la ejecutoria dictada por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, en el juicio de garantías número 1208/2004, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Mediante escrito de nueve de enero de mil novecientos sesenta y uno, un grupo de cincuenta y siete campesinos radicados en el poblado de Amatitán, Municipio de Amatitán, Estado de Jalisco, solicitó al Jefe del Departamento Agrario dotación de tierras por la vía de creación de nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominaría Valle de Cuitláhuac; en cuanto a las fincas posiblemente afectables, manifestaron que ...queda a cargo de esa Dependencia del Ejecutivo Federal, señalar la ubicación de ese nuevo centro de población... (fojas 1, 4 y 5, legajo II). Propusieron como integrantes del Comité Particular Ejecutivo a Secundino Vázquez Sandoval, Magdaleno Rodríguez Murillo y Pablo Hermosillo Verdín, en su calidad de presidente, secretario y vocal, respectivamente; y en forma expresa manifestaron su conformidad para trasladarse al lugar en donde fuera posible establecer dicho centro de población. A las personas antes señaladas les fueron expedidos sus correspondientes nombramientos (fojas 2 a 4, legajo I).

Por escrito de igual fecha (foja 11, legajo I), Secundino Vázquez Sandoval y Magdaleno Rodríguez Murillo, en su carácter de presidente y secretario, del Comité Particular Ejecutivo, respectivamente, solicitaron al Jefe del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización se instaurara el expediente relativo al nuevo centro de población agrícola; al cual adjuntaron escrito que contiene los nombres de los solicitantes y relación de los terrenos que por su gran extensión estiman afectables, siendo los siguientes:

“...Potrero el Casco. - - Potrero La Higuerita. - - Potrero El Cerrito. - - Potrero La Crucita. - - Potrero La Ordeña. - - Potrero El Copal. - - Potrero El Zapote. - - Potrero La Loma. - - Potrero La Masa. - - Potrero El Novillero. - - Potrero Los Gigantes. - - Potrero Palo Verde. - - Potrero El Ocote. - - Potrero El Capulín. - - Potrero Romero. - - Potrero G. Histiagua. - - Potero El Cerro Grande. - - Potrero El Ayacastli. - - Todos estos son propiedad del Señor Aurelio López.

Potrero Puerta Nueva. - - Potrero El Rodero. - -Potrero Landeros. - - Potrero Magallanes. - - Potrero Las Juntas. - - Potero El Castillo. - - Potrero Olivares. - - Potrero Los Vitorianos. - - Potrero Cacomites. - - Potrero Navarritos. - - Potreros La Hacienda. - - Potrero El Camichín de los Arces. - - Propiedad de Roberto Orendaín.

Potrero Grande. - - Potrero Elena. - - Potrero Don Pedro. - -Potrero Camichín Rabón. - - Potrero Los Espinos. - - Potrero Los Robles. - - Potrero El Zapotillo. - - Todos estos son propiedad de Bartolo Cortez.

Potrero El Cerrito. - - Potrero El Tepecoste. - - Potrero El Grande. - - Potrero Sánchenio. - - Potrero La Mesa. - -Potreritos. - - Potrero Todos Santos. - - Potrero Buenos Aires. - - Propiedad de la Casa Cuervo.

Potrero Las Mulas. - - Potrero Catorreño. - - Potrero El Colorado. - - Potrero Mira Valles. - - Potrero Guamúchil. - - Potrero Ponriqueño. - - Potrero La Tijera. - - Estos son propiedad de Roberto Ruiz... (fojas 11, 12 y 13, legajo I).

SEGUNDO.- El veintiuno de septiembre de mil novecientos sesenta y uno, la Dirección General de Nuevos Centros de Población Ejidal, instauró el expediente relativo a la creación de nuevo centro de población ejidal, registrándolo con el número 1785 (foja 1, legajo I).

La solicitud de referencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Jalisco el treinta y uno de octubre y dieciocho de noviembre de mil novecientos sesenta y uno, respectivamente, sin que se hubieren publicado los nombres de los predios probablemente afectables (foja 109, legajo III y 53, legajo V).

TERCERO.- El once de diciembre de mil novecientos sesenta y uno, el Comisionado del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, Juan Cisneros Tiznado, rindió informe relativo a los trabajos censales, que conforme a la junta censal, arrojó un total de setecientos setenta y tres habitantes, de los cuales doscientos cincuenta y tres campesinos se estimaron como capacitados para conformar el nuevo centro de población ejidal, quienes poseían veintinueve cabezas de ganado mayor (foja 35, legajo I).

El veintidós de abril de mil novecientos sesenta y dos, el comisionado Ernesto Campi Morán rindió informe relativo a los trabajos técnicos informativos realizados en el radio de siete kilómetros del poblado donde residen los campesinos solicitantes, al siguiente tenor:

“...Con relación a su atento oficio de comisión número 798 del 10 de febrero del año en curso, y por medio del cual fui comisionado al poblado de VALLE DE CUITLAHUAC, del Municipio de Amatitán, Jalisco, con el objeto de ejecutar trabajos técnicos informativos para la Creación de un Nuevo Centro de Población Agrícola, me permito rendir a usted el siguiente:

INFORME:

TRABAJOS DE CAMPO:- Estos consistieron en la localización topográfica de los predios solicitados por los campesinos como probables afectados.

EQUIPO.- En la ejecución de los trabajos de campo, se utilizó un teodolito Keuffel, de constante C.100 y c.0.30 dos estadales centesimales y dos balizas de dos cincuenta metros cada uno.

METODO.- El método empleado en los trabajos de campo, fue de ángulos interiores y de poligonales cerradas.

TRABAJOS DE GABINETE.- Estos consistieron en el cierre angular de los diversos polígonos, habiendo encontrado pequeños errores que se encuentran dentro de la tolerancia permitida para estos casos y clase de trabajos, cálculo de rumbos magnéticos, reducción de distancias al horizonte, cálculo de proyecciones y coordinadas (sic), construcción del plano a escala 1;20.000 en papel milimétrico, y las superficies se obtuvieron planimétricamente.

TRABAJOS CENSALES.- El censo agropecuario del poblado de Valle de Cuitláhuac, fue practicado por el experto agrario I Juan Cisneros T. El 26 de noviembre de 1961 y arrojó un total de 253 beneficiados a recibir tierras o con derechos. En lo que se refiere al inciso V hice el recorrido en los ejidos que se encuentran dentro del radio de siete kilómetros y puede comprobar que no existen tierras que se puedan abrir al cultivo, y en cuanto al inciso VI pude constatar que en los ejidos circunvecinos no existen parcelas vacantes, como lo demuestran las depuraciones censales verificadas en los siguientes ejidos:

AMATITAN, Municipio de su nombre, Jalisco, depurado el 13 de julio de 1955 y remitida a México el 20 de septiembre de 1955. ACHIO, Municipio de Amatitán depurado el 15 de septiembre de 1957 y la resolución fue publicada en el Diario Oficial el 15 de febrero de 1956.- ARENAL, Municipio de su nombre, Jalisco, depurado el 11 de agosto de 1957 y remitido a México el 3 de septiembre de 1957. TEQUILA, Municipio de su nombre, fue depurado el 13 de enero de 1957 y remitida a México el 19 de febrero de 1957. MEDINEÑO, Municipio de Tequila fue depurado el 28 de noviembre de 1958, y remitido a México el 19 de febrero de 1959. SANDOVALES, Municipio de Tequila, depurado el 21 de diciembre de 1956 y remitido el expediente a México el 7 de febrero de 1957 y en cuanto al inciso X no se formula el proyecto de ubicación del Nuevo Centro de Población Agrícola, en virtud de que no existen tierras que puedan soportar la afectación necesaria para cubrir las necesidades de los campesinos de este poblado.

A continuación pasó a hacer el estudio de las fincas que se encuentran dentro del radio de siete kilómetros.

‘LAS CARDENAS Y CASAS BLANCAS.- PROPIEDAD DE ANTONIO GALLARDO Municipio de Tequila, Jalisco. Este predio está amparado por el certificado de inafectabilidad agrícola número 668, y amparada una superficie total de ciento noventa y nueve 199-00-00 hectáreas de temporal agostadero cerril, este predio no es afectable por estar amparado por dicho certificado de inafectabilidad agrícola.

‘EL CASCO Y EL NOVILLERO, propiedad de MARGARITA MARTINEZ VIUDA DE ZUÑIGA, este predio está amparado por el certificado de inafectabilidad agrícola número 666 y ampara una superficie de 165-00-00 hectáreas de agostadero de buena calidad, por lo tanto es inafectable para fines agrarios.

‘BUENOS AIRES, EL TANQUE Y LAS LOMAS, PROPIEDAD DE AURELIO LUIS GALLARDO, Municipio de Tequila, Jalisco, esta propiedad está amparada por el certificado de inafectabilidad agrícola número 01086 y tiene una superficie de 212-00-00 hectáreas de agostadero cerril con un 30% de laborable, y también es inafectable para fines agrarios.

‘LA MESA, POTRERITOS Y POTRERO GRANDE, PROPIEDAD DE VIRGINIA GALLARDO VIUDA DE BECKBMAN, Municipio de Tequila, Jalisco, esta finca está amparada por el certificado de inafectabilidad agrícola número 662, con superficie de 205-00-00 hectáreas de las cuales 52-00-00 hectáreas son de temporal y el resto de agostadero cerril y fue expedido el certificado el 11 de noviembre de 1941, no es afectable para fines agrarios.

TEPECOSTE FORMADO POR LOS POTREROS DE EL CERITO O LA NORIA, EL NOVILLERO Y FRACCION DEL BAJIO, PROPIEDAD DE MAGDALENA GARCIA DE QUEVEDO, quien compró esta propiedad al señor Luciano Gallardo, Municipio de Amatitán, Jalisco. Esta propiedad está amparada por el certificado de inafectabilidad agrícola número 01273 y fue expedido el 18 de febrero de 1942, amparando una...

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