Acuerdo por el que se reforman los artículos cuarto; quinto, segundo párrafo, y sexto del Acuerdo por el que se crea el órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano
Fecha de disposición | 15 Julio 1999 |
Fecha de publicación | 15 Julio 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se reforman los artículos cuarto; quinto, segundo párrafo, y sexto del Acuerdo por el que se crea el órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 17, 29, 31, 32 Bis, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, fracción IV, y 37 de la Ley de Aviación Civil; 9 de la Ley de Aeropuertos, y
CONSIDERANDO
Que por Acuerdo presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 1978 y modificado el 2 de marzo de 1981, se creó el órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, y
Que es pertinente actualizar la integración del Consejo Técnico Consultivo de Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, para que participen en él las autoridades que conforme a la ley tienen atribuciones relacionadas con sus funciones, así como establecer en la estructura del órgano desconcentrado una Contraloría Interna, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Se reforman los artículos cuarto; quinto, segundo párrafo, y sexto del Acuerdo por el que se crea el órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, para quedar como sigue:
"CUARTO.- Se integrará un Consejo Técnico Consultivo que será presidido por el Titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y con los vocales siguientes: el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el Subsecretario de la Defensa Nacional; el Director General de la Comisión Nacional del Agua de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; el Tesorero de la Federación; el Director General del organismo descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares; el Director General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y, con voz pero sin voto, el delegado de la Secretaría de...
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