Acuerdo del Tribunal Superior Agrario por el que se deroga la fracción XI del artículo 36, y se adiciona el artículo 37 Bis al Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios

Fecha de disposición23 Noviembre 2009
Fecha de publicación23 Noviembre 2009
MateriaDerecho Constitucional
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. ACUERDO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE DEROGA LA FRACCION XI DEL ARTICULO 36, Y SE ADICIONA EL ARTICULO 37 BIS AL REGLAMENTO INTERIOR DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS.

El Tribunal Superior Agrario, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 8o. fracción X de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en su artículo 8o. fracción X, establece como una de las atribuciones del Tribunal Superior Agrario la relativa a la aprobación de su Reglamento Interior, así como los demás reglamentos y disposiciones necesarias para su buen funcionamiento.

Que el Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, conforme a su artículo y párrafo primeros, tiene por objeto definir la estructura orgánica de los Tribunales Agrarios, mediante el establecimiento de las bases de Organización y Funcionamiento de los mismos.

Que en el artículo 36 del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, se establece como una de las atribuciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Tribunal Superior Agrario, llevar, en su caso, el Centro de Estudios de Justicia Agraria, que tendrá como propósito la planeación, organización, dirección y evaluación de las actividades relacionadas con la investigación y enseñanza, capacitación, actualización y difusión de conocimientos relacionados con el Derecho Agrario y la impartición de justicia agraria.

Que el Centro de Estudios de Justicia Agraria, viene operando con un titular y apoyos administrativos, además de que desarrolla actividades adicionales que requieren ser reglamentadas.

Que en virtud de lo anterior, el Tribunal Superior Agrario emite el siguiente

ACUERDO

Primero.- Se deroga la fracción XI del artículo 36, del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios.

Segundo.- Se adiciona al Reglamento Interior de los tribunales, el artículo 37 bis, en los términos siguientes:

Del Centro de Estudios de Justicia Agraria

Artículo 37 Bis

Corresponden al Centro de Estudios de Justicia Agraria las siguientes atribuciones, que atenderá siguiendo los lineamientos que dicte el Magistrado Presidente:

Planear, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas con la investigación, enseñanza, capacitación, actualización y difusión de conocimientos e información relacionados...

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