DECRETO por el que se derogan y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la SECRETARIA de Turismo.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Turismo |
DECRETO por el que se derogan y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
Se derogan las fracciones XII a XVIII del artículo 18, y se adicionan las fracciones XXIV a XXIX del artículo 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, para quedar como sigue:
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I a XI --------------------------------------------------------
XII a XVIII Derogadas.
XIX a XXVI ------------------------------------------------
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I a XXIII -----------------------------------------------------
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Integrar el programa anual de adquisiciones de la Secretaría, de acuerdo con los requerimientos de las unidades administrativas;
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Aplicar las normas y criterios para la adquisición de bienes y suministros, operación de almacenes, control de activos y aprovechamiento óptimo de los recursos materiales de la Secretaría;
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Realizar la adquisición de bienes y la obtención de servicios, conforme a los programas establecidos y con los alcances que determinen las autoridades superiores, así como elaborar la documentación correspondiente a las erogaciones que procedan;
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Celebrar las licitaciones que se requieran para la adquisición de los bienes y servicios de la Secretaría;
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Establecer y desarrollar los sistemas y mecanismos para el almacenamiento, control y actualización de los inventarios de la Secretaría, y
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Dar de baja e intervenir en las licitaciones de los bienes muebles puestos al servicio de la Secretaría, con la intervención que corresponda a otras Dependencias y con apego a las disposiciones legales aplicables.
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las...
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