Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia

Fecha de disposición27 Julio 2011
Fecha de publicación27 Julio 2011
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretaría de la Función Pública. JOSE FRANCISCO BLAKE MORA, Secretario de Gobernación, y SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27, fracción XIX y 37, fracciones VI, XXV y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 1 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Federal instruyó a la Secretaría de la Función Pública para emitir, por sí o con la participación de las dependencias competentes, disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios de carácter general y procedimientos uniformes para la Administración Pública Federal y, en lo conducente, para la Procuraduría General de la República en materia de auditoría; adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; control interno; obra pública y servicios relacionados con las mismas; recursos humanos; recursos materiales; recursos financieros; tecnologías de la información y comunicaciones, y de transparencia y rendición de cuentas, y que las dependencias y entidades así como la citada Procuraduría procedan a dejar sin efectos todas aquellas disposiciones, lineamientos, oficios circulares, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos al interior de sus instituciones, en esas materias;

Que en ese contexto, el 12 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia, el cual tiene por objeto dictar la política, así como las disposiciones y acciones en materia de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República deberán observar con la finalidad de aprovechar bajo criterios de eficiencia, simplificación y desarrollo administrativo, los recursos y los procedimientos técnicos con que cuentan para mejorar la gestión pública a su cargo, así como la atención a los particulares;

Que el artículo quinto del Acuerdo a que hace referencia el párrafo anterior, establece que tanto la política, las disposiciones, las acciones y los procedimientos del Manual, deberán revisarse cuando menos una vez al año, por la Unidad de Políticas de Transparencia y Cooperación Internacional de la Secretaría de la Función Pública, para efectos de su actualización;

Que durante el proceso de implementación de las disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios de carácter general y procedimientos a que se refiere el considerando primero del presente Acuerdo, se ha observado la necesidad de actualizar, precisar, aclarar y compilar en un solo ordenamiento y Manual, la política en la materia de transparencia y los procedimientos en materia de archivos de la Administración Pública Federal, por lo que las Secretarías de Gobernación y de la Función Pública, por conducto del Archivo General de la Nación y la Unidad de Políticas de Transparencia y Cooperación Internacional, en el ámbito de sus atribuciones, contando con la intervención del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, realizaron su revisión e integración con la finalidad de armonizar los procedimientos respectivos y otorgar singular importancia a la conservación y preservación de los documentos en poder de las dependencias y entidades;

Que las modificaciones que se realizan mediante el presente Acuerdo, permitirán contribuir en mayor medida a la mejora del marco jurídico en las materias de transparencia y de archivos, así como a la eficiencia y eficacia de la gestión de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por lo que se ha tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ÚNICO.- Se REFORMAN el

Artículo Primero

el Artículo Segundo, en lo relativo a la denominación de las disposiciones generales para la transparencia de la Administración Pública Federal; Capítulo I, numeral 2, en sus fracciones III y IV; Capítulo II, en sus numerales 3, 4 y 5; el Capítulo III para ser el Capítulo I del Título Segundo; numeral 7, en su fracción II y la III, en su número 3; numeral 9, fracción I, en sus incisos a) y b) y fracción II, en su inciso c); el numeral 11 y sus fracciones I y IV; el Capítulo IV para ser el Capítulo II del Título Segundo; el numeral 16; el Artículo Tercero en lo relativo a la denominación del Manual administrativo de aplicación general en materia de transparencia; numeral 1.1, en su párrafo segundo; numeral 1.2, en el número 3; los numerales 2 y 3; numeral 6.1.1, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo, a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable y reformando la actividad 3 de estas últimas; numeral 6.1.2, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo, a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable y reformando las actividades 6 y 10 de estas últimas; numeral 6.1.3, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo, a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable y reformando la actividad 3 de estas últimas; numeral 6.1.4, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo, a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable; numeral 6.2, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo y a la Descripción del procedimiento y reformando el único párrafo de este último apartado, suprimiendo asimismo la numeración que precede a las Actividades secuenciales por responsable, de las que se reforman de la Etapa I, las actividades 3, 6, 8 y 9; de la Etapa II, las actividades 2, 5, 6, 8, 10, 11, 17 y 18; de la Etapa III, las actividades 3, 4 y 8; de la Etapa IV, las actividades 1, 2, 3 y 5 y de la Etapa V, las actividades 1, 3, 4, 6, 7, 12 y 13; numeral 6.3, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo, a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable y reformando las actividades 1, 4, 10, 12 y 14 de estas últimas; numeral 6.4, suprimiéndose la numeración que precede al Objetivo y reformando su único párrafo, suprimiéndose la numeración que precede a la Descripción del procedimiento y a las Actividades secuenciales por responsable, y reformando las actividades 1, 6, 7, 8, 9, 10 y 12 de estas últimas; los Artículos Cuarto, Quinto y Sexto; se ADICIONAN al Artículo Segundo un Título Primero denominado "De las Generalidades"; numerales 1, con un segundo párrafo y 2, con las fracciones V y VI; un Título Segundo denominado "De la Transparencia de la Administración Pública Federal"; numeral 11, con los párrafos segundo y tercero; numeral 14, con un último párrafo; un Título Tercero denominado "De los Documentos de Archivo" y sus capítulos I y II; Artículo Tercero, numeral 1.1, con un tercer párrafo; numeral 1.2, con los números 4, 5 y 6; numeral 5, con los párrafos quinto y sexto, y los procedimientos 6.5, 6.6, 6.6.1, 6.6.2, 6.7, 6.8, 6.8.1, 6.8.2, 6.9, 6.9.1, 6.9.2 y 6.10, y se DEROGA el segundo párrafo del numeral 11 del Capítulo III del Artículo Segundo y sus correspondientes fracciones pasan a formar parte del párrafo primero del precitado numeral; todos del Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, para quedar como sigue:

"ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto:

a) Dictar la política, así como las disposiciones y acciones que en materia de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información pública deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República, y

b) Establecer las disposiciones, acciones, procedimientos y métodos administrativos que en materia de archivos deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República.

Lo anterior, con la finalidad de aprovechar bajo criterios de eficiencia, simplificación y desarrollo administrativo, los recursos y procedimientos técnicos con que cuentan para mejorar la gestión pública a su cargo, así como la atención a los particulares.

ARTICULO SEGUNDO

Las disposiciones en materia de transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información pública y archivos, serán las siguientes:

"DISPOSICIONES GENERALES PARA LA TRANSPARENCIA Y LOS ARCHIVOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Título Primero

De las Generalidades

Capítulo I

Del Ambito de Aplicación y Definiciones

  1. ...

    Así como establecer disposiciones, acciones, procedimientos y métodos administrativos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para la conservación y disponibilidad de documentos de archivo.

  2. ...

    1. a II. ...

    2. Grupo de Apoyo: al grupo de servidores públicos adscritos a las unidades administrativas de la dependencia o entidad, aprobado por el respectivo Comité de Información, con el objeto de coadyuvar con este último y/o con la Unidad de Enlace, en la realización de las actividades...

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