Acuerdo por el que se desincorporan del régimen de dominio público de la Federación, tres fracciones de terreno con superficies de 108-00-00.00, 99-15-25.00 y 99-88- 90.00 hectáreas, respectivamente, ubicadas en el Municipio de Tarandacuao, Estado de Guanajuato, y se autoriza la transmisión de su propiedad a favor del Ejido San José de Porto, a efecto de dar cumplimiento al Decreto expropiatorio de 8 de diciembre de 2009
Fecha de disposición | 08 Diciembre 2009 |
Fecha de publicación | 10 Enero 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 6, fracción XX; 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracciones I, II y VI; 84, fracción VIII; 90; 95; 96 párrafo primero; 101 fracción VI; 143 fracción II, de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones XX, XXII y XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra una superficie de 307-04-15.00 hectáreas, que forma parte de un inmueble de mayor extensión, conformada por las fracciones 1, 4 y 5 de la ex Hacienda San José de Porto, con superficies de 108-00-00.00 hectáreas, 99-15-25.00 hectáreas y 99-88-90.00 hectáreas, respectivamente, localizadas en el Municipio de Tarandacuao, Estado de Guanajuato, cuya propiedad se acredita con las escrituras públicas números 77, 79 y 101 de fechas 17 y 21 de noviembre y 17 de diciembre de 1949, otorgadas ante la fe del Notario Público número 1 de Acámbaro, Estado de Guanajuato, documentos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo los folios reales números 41524, 41509 y 41523 del 26 de octubre de 1998, con las medidas y colindancias que se consignan en los planos topográficos números GTO.TT.PS-003, GTO.TT.PS-004 y GTO.TT.PS-005, elaborados a escala 1:10,000 en mayo de 2000 por la Comisión Nacional del Agua aprobados por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, unidad administrativa del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. La documentación que sustenta la situación jurídica y administrativa de las referidas fracciones de terreno, obra en el expediente número 65/78493 integrado por dicha Dirección General;
Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2009, se expropió por causa de utilidad pública una superficie de 639-66-56.00 hectáreas de riego, temporal y agostadero de uso común, de terrenos del ejido San José de Porto, Municipio de Tarandacuao, Estado de Guanajuato, a favor de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien la destinará a formar parte del vaso, nuevo embalse y zona federal de la presa Solís.
Que el resolutivo segundo del Decreto señalado en el considerando que antecede, establece que la indemnización a pagar con motivo de la...
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