Acuerdo número G/24/99, mediante el cual se informa de la destrucción de expedientes concluidos hasta 1993
Emisor | Tribunal Fiscal de la Federación |
ACUERDO número G/24/99, mediante el cual se informa de la destrucción de expedientes concluidos hasta 1993.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Fiscal de la Federación.- Pleno de la Sala Superior.- Secretaría General.
ACUERDO NUMERO G/24/99, DESTRUCCION DE EXPEDIENTES CONCLUIDOS HASTA 1993.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, 16 fracciones X y XIII y 26 fracción VI de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, se acuerda:
Primero.- Que se destruyan los expedientes tramitados en las diversas Salas Regionales del Tribunal Fiscal de la Federación que hayan concluido totalmente, a más tardar, el último día del año de 1993, independientemente del año en que hayan iniciado, incluyendo muestras, pruebas y documentos agregados a dichos expedientes.
Previamente, en las Salas Regionales, se deberá instruir a los archivistas que hagan la depuración de los expedientes terminados con anterioridad y hasta el año de 1993, para que también se proceda a su destrucción.
Asimismo, cada Magistrado deberá separar los expedientes que en su criterio sean importantes y trascendentes, considerando los siguientes aspectos:
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El asunto más cuantioso que se haya tramitado durante ese año.
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El expediente que se refiera a los temas más reiterados durante ese ejercicio.
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El asunto de mayor relevancia de acuerdo a su significación e importancia por el tema jurídico novedoso.
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Los expedientes que hayan servido de base para que la Sala Superior haya establecido precedente o jurisprudencia.
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Los expedientes que se hayan tomado en consideración para publicar una tesis en la Revista del Tribunal Fiscal de la Federación.
Los expedientes así clasificados, se remitirán a la Contraloría Interna de este Cuerpo Colegiado, junto con sus listados, para que ésta haga la concentración que corresponde y se integre al “Acervo del Tribunal Fiscal de la Federación” del Archivo General de la Nación.
Segundo.- Que se requiera a las partes interesadas que hayan presentado pruebas...
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