Acuerdo E/JGA/11/2013 por el que se determina el Procedimiento de identificación, remisión y redistribución de los expedientes radicados en las Salas Regionales que serán materia de competencia de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación

Fecha de disposición13 Junio 2013
Fecha de publicación13 Junio 2013
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO E/JGA/11/2013

PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, REMISIÓN Y REDISTRIBUCIÓN DE LOS EXPEDIENTES RADICADOS EN LAS SALAS REGIONALES QUE SERÁN MATERIA DE COMPETENCIA DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN

Acuerdo Específico E/JGA/11/2013 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por el que se determina el procedimiento de identificación, remisión y redistribución de los expedientes radicados en las Salas Regionales que serán materia de competencia de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación.

CONSIDERANDO

Primero. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;

Segundo. Que el artículo 39 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional establece que la Junta de Gobierno y Administración, es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de las fracciones I y XXII, del artículo 41 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal y dirigir la buena marcha del mismo, dictando las medidas necesarias;

Tercero. Que mediante Acuerdo SS/5/2013, el Pleno de la Sala Superior de este Tribunal reformó el artículo 23 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, entre otros preceptos, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2013, a través del cual se modificó la competencia de la Sala Especializada en Resoluciones de Órganos Reguladores de la Actividad del Estado, cuya denominación a partir del 1 de julio de 2013 será Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación;

Cuarto. Que la modificación de la competencia de la Sala Especializada de mérito, elevará la calidad de las resoluciones que este Tribunal dicte en materia ambiental, las que deriven de actos emitidos por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, así como las referidas a las normas oficiales mexicanas, de manera que las Salas Regionales puedan avocarse en el conocimiento de las demás materias que son competencia de este Tribunal;

Quinto. Que de conformidad con el artículo Séptimo Transitorio del Acuerdo SS/5/2013, la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación conocerá de los juicios en los que se actualice la competencia a que dicho Acuerdo se refiere a partir del 1 de julio de 2013, y de igual forma desde esa fecha deberá emplearse el cambio de denominación de la Sala;

Sexto. Que en términos de lo dispuesto por el artículo Décimo Transitorio del Acuerdo SS/5/2013, esta Junta de Gobierno y Administración debe establecer el procedimiento de identificación, remisión y distribución de expedientes radicados en las Salas Regionales que serán materia de competencia de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación;

Séptimo. Que de conformidad con el artículo 66 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios constituye la única fuente de información oficialmente reconocida, el cual sirve de base para el control y evaluación de las actividades del Tribunal, por lo que la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberá identificar aquellos juicios que se encuentren en trámite, en los que se controviertan resoluciones administrativas emitidas en materia ambiental, aquellas dictadas por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y las referidas a las normas oficiales mexicanas, en los términos del Acuerdo SS/5/2013;

Octavo. Que para mejores resultados en el manejo de los expedientes, con motivo de la modificación de la competencia y nueva denominación de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación, resulta indispensable la intervención directa de cada Magistrado Instructor de los juicios que serán remitidos a dicha Sala, a fin de que previamente a su envío verifiquen que los expedientes se encuentren debidamente cosidos, foliados, con todas las promociones recibidas acordadas, así como con todas las actuaciones y constancias de notificación integradas.

En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos...

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