Diario Oficial de la Federación de 15/08/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXIX No. 11 México, D.F., jueves 15 de agosto de 2013
CONTENIDO
Congreso de la Unión
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Turismo
Secretaría de la Función Pública
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 94
$20.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 15 de agosto de 2013
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA UNION
DECRETO aprobado por la Comisión Permanente, por el que se convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión
a celebrar sesiones extraordinarias, mismas que iniciarán el miércoles 21 de agosto de 2013.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Comisión Permanente.
DECRETO
POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE CONVOCA A LAS CÁMARAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN A
CELEBRAR SESIONES EXTRAORDINARIAS.
Artículo Primero. La Comisión Permanente que funciona durante el Segundo Receso del Primer Año de
Ejercicio de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, convoca a las Cámaras de Diputados y de Se nadores del H. Congreso de
la Unión a celebrar sesiones extraordinarias.
Artículo Segundo. Las sesiones extraordinarias a que se refiere el presente decreto se realizarán del 21
al 23 de agosto de 2013.
La sesión de Congreso General para la apertura de las sesiones extraordinarias deberá realizars e el
miércoles 21 de agosto, a las 12:00 horas.
Artículo Tercero. Durante las sesiones extraordinarias, las Cámaras del Congreso de la Unión se
ocuparán de los siguientes asuntos:
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia, recibido en la Cámara de Diputados el 21
de diciembre de 2012.
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de los estados y municipios, recibido
en el Senado el 24 de julio de 2013.
Proyecto de decreto por el que se reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del
de abril de 2013.
Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registro público inmobiliario y catastros,
recibido en el Senado el 24 de julio de 2013.
Iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la L ey General de
Educación, presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal el 14 de a gosto de 2013 y turnada a
Comisiones de la Cámara de Diputados.
Iniciativa de Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, presentada por el titular
del Poder Ejecutivo Federal el 14 de agosto de 2013 y turnada a Comisiones de la Cámara de
Diputados.
Iniciativa de Ley General del Servicio Profesio nal Docente, presentada por el titular del Poder
Ejecutivo Federal el 14 de agosto de 2013 y turnada a Comisiones de la Cámara de Diputados.
Artículo Cuarto. Adicionalmente, en ejercicio de sus facultades constitucionales, la Cámara de Senadores
se ocupará en forma exclusiva de:
1. Nombrar, en su caso, a los Comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones, que
establece el artículo 28 Constitucional y el artículo Sexto Transitorio del Decreto de reformas a
diversos artículos constitucionales, publicado el 11 de julio de 2013.
2. Nombrar, en su caso, a los Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Ec onómica, que
establece el artículo 28 Constitucional y el artículo Sexto Transitorio del Decreto de reformas a
diversos artículos constitucionales, publicado el 11 de julio de 2013.
3. Sancionar los acuerdos relativos a su régimen interior que sus órganos de gobierno sometan a su
consideración.
Artículo Quinto. Adicionalmente a los asuntos señalados en el Artículo Tercero, la Cámara de Diputados
tomará la protesta a los Diputados suplentes que convoque el Presidente de su Mesa Directiva.
Artículo Sexto. Para atender los asuntos señalados en los Artículos Tercero, Cuarto y Quinto, las
Presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a las sesiones en las fechas que
consideren oportunas dentro de los días de duración de las sesiones extraordinarias que se dispo nen en el
Artículo Segundo.
Artículo Séptimo. Cada Cámara realizará la correspondiente clausura de las sesiones extraordinarias,
una vez que considere atendidos los asuntos que se describen en el presente Decreto.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 14 de agosto de 2013.- Sen. Ernesto Cordero Arroyo, Presidente.- Rúbrica.-
Dip. Cristina González Cruz, Secretaria.- Rúbrica.
Jueves 15 de agosto de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO por el que se concede permiso al ciudadano Cruz Isaac Muñoz Navarro, para aceptar y usar la
Condecoración que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN III DEL APARTADO C) DEL ARTÍCULO 37
CONSTITUCIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al C. Cruz Isaac Muñoz Navarro para aceptar y usar la
condecoración de la Legión del Mérito, en grado de Oficial, que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos
de América.
México, D. F., a 3 de julio de 2013.- Dip. Ricardo Anaya Cortés, Vicepresidente.- Dip. Cristina González
Cruz, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a doce de agosto de dos mil trece.-
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
DECRETO por el que se concede permiso al ciudadano Jorge Álvarez Fuentes, para aceptar y usar la
Condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Líbano.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN III DEL APARTADO C) DEL ARTÍCULO 37
CONSTITUCIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al C. Jorge Álvarez Fuentes para aceptar y usar la
condecoración de la Orden Nacional del Cedro, en grado de Gran Oficial, que le confier e el Gobierno
de la República de Líbano.
México, D. F., a 10 de julio de 2013.- Dip. Ricardo Anaya Cortés, Vicepresidente.- Dip. Cristina
González Cruz, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a doce de agosto de dos mil trece.-
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

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