Diario Oficial de la Federación de 17/09/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXX No. 11 México, D.F., martes 17 de septiembre de 2013
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Salud
Secretaría de la Función Pública
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 127
$16.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 17 de septiembre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 1 y 2 de septiembre
de 2013, en el Municipio de Santa María Yucuhiti del Estado de Oaxaca.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXI, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y
74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y
10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Natur ales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fond o de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio IEPC/DG/319/2013, de fecha 3 de septiembre de 2013, en cumplimiento al artículo 7
de las Reglas Generales, el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Alfonso José Gómez
Sandoval Hernández, solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) la corroboración
del fenómeno natural perturbador que acaeció en esa Entidad Federativa, descrito c omo movimiento de
ladera, ocasionado por lluvia severa y acumulación de agua en subsuelo, durante los días 1 y 2 de septiembre
de 2013, en los municipios de Santa María Yucuhiti y Villa de Tututepec de Melchor Ocampo.
Que con oficio H00-D.G./1131/2013, de fecha 9 de septiembre de 2013, el CENAPRED emitió su opinión
técnica en atención al oficio IEPC/DG/319/2013, disponiendo en su parte conducente que se corrobora la
ocurrencia del fenómeno de movimiento de ladera, ocasionado por lluvia severa y acumulación de agua en
subsuelo los días 1 y 2 de septiembre de 2013, en el municipio de Santa María Yucuhiti del Estado
de Oaxaca.
Que con fecha 10 de septiembre de 2013, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Oaxaca presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE MOVIMIENTO
DE LADERA LOS DÍAS 1 Y 2 DE SEPTIEMBRE DE 2013, EN EL MUNICIPIO
DE SANTA MARÍA YUCUHITI DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Santa María Yucuhiti del Estado de
Oaxaca, por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 1 y 2 de septiembre de 2013.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a diez de septiembre de dos mil trece.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Martes 17 de septiembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 2 de septiembre de 2013, en el
Municipio de Ixpantepec Nieves del Estado de Oaxaca.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de De sastres
Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo par a la Atención
de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio IEPC/DG/JUR/335/2013, recibido en fecha 5 de septiembre de 2013 en la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario General de Gobierno del Estado d e Oaxaca,
Lic. Alfonso José Gómez Sandoval Hernández, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través
de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Santa María Yucuhiti, Villa de
Tututepec de Melchor Ocampo, Santiago Pinotepa Nacional e Ixpantepec Nieves de dicha Entidad Federativa,
por la presencia del fenómeno natural perturbador lluvia severa ocurrida durante el día 2 de septiem bre de
2013; esto, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/1092/2013, de fecha 5 de septiembre de 2013, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Oaxaca
solicitados en el oficio IEPC/DG/JUR/335/2013 señalado en el párrafo inmediato anterior.
Que con oficio B00.05.05.-626, de fecha 6 de septiembre de 2013, la CONAGUA em itió su opinión técnica en
atención al oficio CNPC/1092/2013, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de
lluvia severa de 2 de septiembre de 2013, para el municipio de Ixpantepec Nieves del Estado de Oaxaca.
Que el día 6 de septiembre de 2013 se emitió el Boletín de Prensa número 249, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia al municipio de Ixpantepec Nieves del
Estado de Oaxaca, por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 2 de septiembre de 2013, con lo que se
activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las
autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la
población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA OCURRIDA EL DÍA 2
DE SEPTIEMBRE DE 2013, EN EL MUNICIPIO DE IXPANTEPEC NIEVES DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia al municipio de Ixpantepec Nieves del Estado de Oaxaca, por la
presencia de lluvia severa ocurrida el día 2 de septiembre d e 2013.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Oaxaca pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a seis de septiembre de dos mil trece.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.

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