Diario Oficial de la Federación de 01/11/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXXII No. 1 México, D.F., viernes 1 de noviembre de 2013
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de la Función Pública
Consejo de Salubridad General
Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros
Centro Nacional de Metrología
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Avisos
Indice en página 126
$12.00 EJEMPLAR
2 DIARIO OFICIAL Viernes 1 de noviembre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CIRCULAR Modificatoria 49/13 de la Única de Seguros.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR MODIFICATORIA 49/13 DE LA ÚNICA DE SEGUROS
(Anexo 18.7.9.)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 108, fracción
IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el A cuerdo
por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en e l presidente la
facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha
Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre
CONSIDERANDO
Que resulta necesario actualizar el Anexo 18.7.9. de la Circular Única de Seguros con los valores de tasa
de referencia que deben emplear las personas y entidades relacionadas con la contratación de las rentas
vitalicias y de Seguros de Sobrevivencia previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y en las
Metodologías de Cálculo de los Montos Constitutivos de los Seguros de Pensiones derivados de la Ley del
Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular
Única de Seguros en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 49/13 DE LA ÚNICA DE SEGUROS
(Anexo 18.7.9.)
ÚNICA.- Se modifica el Anexo 18.7.9. de la Circular Única de Seguros.
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor el 4 de noviembre de 2013.
Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en el artículo 108 fracción IV de la Ley General
de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de
Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las
disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el
eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 29 de octubre de 2013.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
ANEXO 18.7.9.
TASA DE REFERENCIA PARA UTILIZAR EN LAS METODOLOGÍAS DE CÁLCULO DE LOS MONTOS
CONSTITUTIVOS DE LOS SEGUROS DE PENSIONES DERIVADOS DE LA LSS Y DE LA LISSSTE
Ofertas Realizadas
Tasa de Rendimiento de Mercado Tasa de Referencia
del
al
Para ofertas
con BBR*
Para ofertas con
BBMC*
Para ofertas con
BBR*
Para ofertas con
BBMC*
14-ago-2009 9-sep-2009 4.50% 4.50% 3.70% 3.70%
10-sep-2009 15-sep-2009 4.46% 4.46% 3.70% 3.93%
16-sep-2009 2-oct-2009 4.42% 4.42% 3.66% 3.87%
5-oct-2009 20-oct-2009 4.35% 4.35% 3.62% 3.81%
21-oct-2009 26-oct-2009 4.21% 4.21% 3.58% 3.75%
Viernes 1 de noviembre de 2013 DIARIO OFICIAL 3
27-oct-2009 19-nov-2009 4.13% 4.13% 3.54% 3.69%
20-nov-2009 23-nov-2009 4.04% 4.04% 3.51% 3.63%
24-nov-2009 22-dic-2009 3.78% 4.03% 3.32% 3.72%
23-dic-2009 12-feb-2010 3.74% 3.93% 3.22% 3.62%
15-feb-2010 8-mar-2010 3.65% 3.91% 3.11% 3.62%
9-mar-2010 9-abr-2010 3.59% 3.85% 3.11% 3.52%
12-abr-2010 16-abr-2010 3.55% 3.78% 3.01% 3.52%
19-abr-2010 27-may-2010 3.53% 3.74% 3.01% 3.42%
28-may-2010 15-jun-2010 3.48% 3.63% 3.01% 3.32%
16-jun-2010 29-jun-2010 3.44% 3.58% 2.90% 3.32%
30-jun-2010 7-jul-2010 3.38% 3.53% 2.90% 3.22%
8-jul-2010 29-jul-2010 3.30% 3.45% 2.80% 3.12%
30-jul-2010 3-ago-2010 3.19% 3.36% 2.69% 3.12%
4-ago-2010 4-ago-2010 3.11% 3.28% 2.59% 3.02%
5-ago-2010 13-ago-2010 3.05% 3.22% 2.48% 2.92%
16-ago-2010 20-ago-2010 2.91% 3.10% 2.37% 2.82%
23-ago-2010 27-ago-2010 2.85% 3.03% 2.27% 2.72%
30-ago-2010 9-sep-2010 2.75% 2.94% 2.16% 2.62%
10-sep-2010 4-oct-2010 2.65% 2.84% 2.06% 2.52%
5-oct-2010 21-oct-2010 2.53% 2.74% 2.00% 2.47%
22-oct-2010 11-nov-2010 2.44% 2.64% 1.89% 2.37%
12-nov-2010 26-nov-2010 2.34% 2.56% 1.79% 2.37%
29-nov-2010 3-dic-2010 2.39% 2.62% 1.89% 2.37%
6-dic-2010 10-dic-2010 2.47% 2.70% 2.00% 2.47%
13-dic-2010 17-dic-2010 2.60% 2.85% 2.11% 2.57%
20-dic-2010 28-dic-2010 2.73% 2.98% 2.21% 2.77%
29-dic-2010 4-ene-2011 2.89% 3.14% 2.42% 2.87%
5-ene-2011 7-ene-2011 3.06% 3.33% 2.63% 3.07%
10-ene-2011 14-ene-2011 3.16% 3.44% 2.74% 3.17%
17-ene-2011 21-ene-2011 3.24% 3.52% 2.74% 3.27%
24-ene-2011 4-feb-2011 3.28% 3.58% 2.89% 3.41%
7-feb-2011 18-feb-2011 3.37% 3.66% 2.99% 3.51%
21-feb-2011 25-feb-2011 3.46% 3.74% 3.10% 3.51%
28-feb-2011 4-mar-2011 3.54% 3.82% 3.10% 3.61%
7-mar-2011 11-mar-2011 3.60% 3.87% 3.20% 3.71%
14-mar-2011 18-mar-2011 3.66% 3.94% 3.30% 3.71%
21-mar-2011 8-abr-2011 3.70% 3.98% 3.30% 3.81%
11-abr-2011 22-abr-2011 3.76% 4.06% 3.41% 3.91%
25-abr-2011 13-may-2011 3.75% 4.05% 3.30% 3.81%
16-may-2011 20-may-2011 3.65% 3.96% 3.20% 3.81%
23-may-2011 3-jun-2011 3.62% 3.92% 3.20% 3.71%
6-jun-2011 8-jul-2011 3.55% 3.85% 3.10% 3.61%
11-jul-2011 12-ago-2011 3.43% 3.73% 2.99% 3.51%
15-ago-2011 19-ago-2011 3.27% 3.59% 2.89% 3.41%
22-ago-2011 26-ago-2011 3.17% 3.49% 2.78% 3.31%
29-ago-2011 2-sep-2011 2.71% 3.02% 2.23% 2.79%

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