Diario Oficial de la Federación de 05/03/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXVI No. 3 México, D.F., miércoles 5 de marzo de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Procuraduría Federal del Consumidor
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Federal Electoral
Avisos
Indice en página 109
$32.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 5 de marzo de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO por el que se informa al público en general del nuevo domicilio oficial de la Secretaría General del Consejo
Nacional de Población.
PATRICIA CHEMOR RUIZ, Secretaria General del Consejo Nacional de Población, con fundamento en los
artículos 14, 17 y 27 fracción XXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, 4, 30, primer
párrafo y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2 inciso C fracción IV, 69, 70, 95 y 96 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO
Por el que se informa al público en general que el nuevo domicilio oficial de la Secretaría General del
Consejo Nacional de Población, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, se
encuentra ubicado en Dr. José María Vértiz número 852, piso 4, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez,
código postal 03020, México, Distrito Federal, en un horario de atención al público y recepción de documentos
de las 9:00 a las 18:00 horas.
Lo anterior, a efecto de que toda la correspondencia, trámites, diligencias y notificaciones relacionadas con
la Secretaría General del Consejo Nacional de Población, se entreguen y realicen en dicho domicilio.
TRANSITORIO
Único.- El presente Aviso surtirá efectos generales a partir de la fecha de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, D.F., a 4 de febrero de 2014.- La Secretaria General del Consejo Naci onal
de Población, Patricia Chemor Ruiz.- Rúbrica.
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se da a conocer la lista de especies y poblaciones prioritarias para la conservación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medi o
Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en
los artículos 32 Bis fracciones I y II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. fracciones I,
XI, 79, fracciones I, II, III, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 61 y 62, de la
Ley General de Vida Silvestre, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la SEMARNAT, y
CONSIDERANDO
Que la SEMARNAT de acuerdo con el Artículo 61 de la Ley General de Vida Silvestre (L GVS), tiene como
obligación elaborar y publicar la lista de especies prioritarias para la conservación, con el fin de promover el
desarrollo de proyectos para su conservación y recuperación, y con ello la de ecosistemas, hábitat y especies
con los que se encuentran asociadas. Dicha lista se debe elaborar conforme a las disposiciones estipuladas
en el artículo 61 de la LGVS y observando el procedimiento establecido para tal efecto y se dará a conocer
con la opinión previa del Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Co nservación y Aprovechamiento
Sustentable de la Vida Silvestre (CONAVIS) (LGVS Art. 61 y 62).
Que es de suma importancia la conservación de especies, toda vez que presenta ventajas
complementarias al atender necesidades específicas para aquellas que se encuentran en alguna categoría de
riesgo. Al conservar especies que requieren de grandes extensiones de hábit at bien conservado, que son
carismáticas o que son de importancia para el hombre, es posible atraer la atención pública, recursos
nacionales e internacionales y esfuerzos para la protección de su hábitat natural, y proteger a su vez
numerosas especies asociadas y comunidades biológicas.
Miércoles 5 de marzo de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Que el objetivo principal de determinar especies prioritarias es promover la conservación de otras especies
y hábitat críticos por medio de la conservación de un número razonable y atendible de especies de
importancia crucial, que permitan extender los beneficios logrados a otros hábitat y especies, asimismo la
protección de áreas naturales y especies silvestres son estrategias complementarias para asegurar
la permanencia, integridad ecológica y viabilidad evolutiva de la biodiversidad.
Que para la elaboración de la lista, se integró un grupo de trabajo del sector ambiental del gobierno federal
integrado por la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), la Comisión Nacional de Áreas Naturales
Protegidas (CONANP), el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), la Comisión Nacional
para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) y la Procuraduría Federal de Pr otección al
Ambiente (PROFEPA), realizando las siguiente acciones: Se diseñó y organizó un procedimiento para la
determinación del listado de especies prioritarias; integración de una lista de especies consideradas como
prioritarias en programas de la SEMARNAT y en otros listados; llevó a cabo una consulta con académicos
especialistas en distintos grupos taxonómicos y sistematizó la evaluación de cada una de las espec ies de la
lista; realizó un taller de discusión y análisis con expertos en estrategias de conservación, analizando las
evaluaciones de los especialistas con un enfoque estratégico para identificar la lista de especies de mayor
prioridad en términos de optimizar esfuerzos de conservación.
Que la lista de especies prioritarias es el resultado de un proceso sistemático y de conocimiento e xperto
en la que se proponen 372 especies de plantas y animales.
Que este listado de especies no es una lista de especies en riesgo (materia de la NOM-059-SEMARNAT-2010),
sino que se trata de una lista de especies que ofrecen oportunidades para dar mayor alca nce a los esfuerzos
de conservación.
Que para dar atención a lo previsto por el Artículo 61 de la LGVS, será necesario que la lista se r evise por
lo menos cada tres años. Este primer esfuerzo establece las bases para realizar futuras revisiones destinadas
a ponderar la permanencia de las especies propuestas así como la evaluación y eventual inclusión de otras
especies, según lo requieran las prioridades de conservación de la biodiversidad en Mé xico. Finalmente, cabe
subrayar que esta lista de especies prioritarias es parte de los instrumentos de política pública; por lo que he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA LISTA DE ESPECIES
Y POBLACIONES PRIORITARIAS PARA LA CONSERVACIÓN
ÚNICO. Se informa al público en general que, para los efectos precisados en los artículos 61 y 62 de
la Ley General de Vida Silvestre se da a conocer el listado de especies y poblaciones prioritarias para la
conservación, en que la Secretaría dará prioridad a la promoción del desarrollo de proyectos para la
conservación y recuperación de las especies que a continuación se enlistan:
Reino Plantae
División Clase Orden o
suborden Familia Nombre científico Nombre común Sinónimos NOM-059-
SEMARNAT-2010
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia alvarezii Palmita P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia becerrae Palmita A
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
decumbens
Palmita P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
euryphyllidia
P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia hildae Pata de gallo A
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
huastecorum
A
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
kuesteriana
P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia latifolia Ceratozamia mexicana latifolia P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia matudae P
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia mexicana Piña del monte,
costilla de león
Ceratozamia mexicana
mexicana, Ceratozamia
mexicana fuscoviridis,
Ceratozamia brevifolia,
Ceratozamia brevifrons,
Ceratozamia intermedia,
Ceratozamia longifolia
A
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
microstrobila
Chamalillo A
Cycadophyta Cycadopsida Cycadales Zamiaceae Ceratozamia
miqueliana
Palmita Ceratozamia ghiesbreghtii,
Ceratozamia mexicana
miqueliana
P

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