Diario Oficial de la Federación de 04/04/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXVII No. 4 México, D.F., viernes 4 de abril de 2014
CONTENIDO
Cámara de Diputados
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Energía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de la Función Pública
Consejo de Salubridad General
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Federal Electoral
Avisos
Indice en página 126
$24.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 4 de abril de 2014
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE DIPUTADOS
DECRETO por el que se reforma el artículo 30 del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri,
Legisladores de 1913”.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 30 DEL REGLAMENTO DE LA MEDALLA AL MÉRITO CÍVICO “EDUARDO NERI,
LEGISLADORES DE 1913”.
Artículo Único.- Se reforma el artículo 30 del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri,
Legisladores de 1913”, para quedar como sigue:
Artículo 30. Durante el mes de septiembre de cada año de ejercicio, la Mesa Directiva encargará a la
Casa de Moneda de la Nación la elaboración de dos ejemplares de la Medalla que vaya a entregarse. Uno de
los ejemplares será el que se entregue a la persona galardonada y el otro será entregado al Museo Legislativo
para su exhibición al público en general, en un plazo no mayor a 30 días naturales, posteriores a l a
celebración de la sesión solemne.
Transitorios
Primero.- EI presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Segundo.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados solicitará, a más tardar en septiembre de 2014,
a la Casa de Moneda los ejemplares de las Medallas correspondientes a los añ os 1969, 1972, 1975, 1981,
1984 y 2003, a fin de que el acervo histórico de este reconocimiento esté completo y se exhiba en el Museo
Legislativo.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.-
México, D. F., a 1o. de abril de 2014.- Dip. José González Morfín, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Fernando
Bribiesca Sahagún, Secretario.- Rúbrica.
DECRETO por el que se nombra la plaza central del Recinto Legislativo de San Lázaro, “Eduardo Neri Reynoso”
y se coloca un busto con su efigie.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
SE NOMBRA LA PLAZA CENTRAL DEL RECINTO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO, “EDUARDO NERI REYNOSO”
Y SE COLOCA UN BUSTO CON SU EFIGIE.
Artículo Primero. Realícese una inscripción de honor para nombrar la plaza central del Recinto
Legislativo de San Lázaro, con el nombre de “Eduardo Neri Reynoso”.
Artículo Segundo. Ubíquese en la plaza central del Recinto Legislativo de San Lázaro, un busto con la
efigie de Eduardo Neri Reynoso, así como una placa con los nombres de los 82 diputados que junto con Neri
pertenecieron a la XXVI Legislatura.
Artículo Tercero. La Cámara de Diputados convocará a una Sesión Solemne para realizar la inscripc ión
referida, así como para la develación del busto y la placa, referidos en los artículos anteriores.
Artículo Cuarto. El protocolo que rija dicha Sesión Solemne será definido conjuntamente por la Mesa
Directiva de la Cámara de Diputados y por la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Artículo Quinto. El presente Decreto será publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de
Diputados y la Mesa Directiva deberá expedir el bando correspondiente.
Transitorio
Único. EI presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
México, D.F., a 1 de abril de 2014.- Dip. José González Morfín, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Merilyn
Gómez Pozos, Secretaria.- Rúbrica.
Viernes 4 de abril de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECRETO relativo a la elección de Consejeros Electorales al Consejo General del Instituto Nacional Electoral,
aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 41, BASE V, APARTADO A, PÁRRAFO QUINTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS, DE CR ET A:
Primero.- La Cámara de Diputados declara electo como Consejero Presidente del Consejo Gener al del
Instituto Nacional Electoral, al ciudadano Lorenzo Córdova Vianello, cuyo encargo dur ará nueve años a partir
de esta fecha.
Segundo.- La Cámara de Diputados declara electa a la ciudadana Adriana Margarita Favela Herrera, para
ocupar el cargo de Consejera Electoral del Consejo General de Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo
durará nueve años a partir de esta fecha.
Tercero.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano José Roberto Ruiz Saldaña, para ocupar
el cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo durará
nueve años a partir de esta fecha.
Cuarto.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Ciro Murayama Rendón, para ocupar el
cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo durará nueve
años a partir de esta fecha.
Quinto.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Marco Antonio Baños Martínez, para
ocupar el cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo
durará seis años a partir de esta fecha.
Sexto.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Enrique Andrade González, para ocupar el
cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo durará seis
años a partir de esta fecha.
Séptimo.- La Cámara de Diputados declara electa a la ciudadana Alejandra Pamela San Martín Ríos y
Valles, para ocupar el cargo de Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo
encargo durará seis años a partir de esta fecha.
Octavo.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Benito Nacif Hernández, para ocupar el
cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo durará seis
años a partir de esta fecha.
Noveno.- La Cámara de Diputados declara electa a la ciudadan a Beatriz Eugenia Galindo Centeno, para
ocupar el cargo de Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo
durará tres años a partir de esta fecha.
Décimo.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Arturo Sánchez Gutiérrez, para ocupar el
cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo dur ará tres
años a partir de esta fecha.
Décimo Primero.- La Cámara de Diputados declara electo al ciudadano Javier Santiago Castillo, para
ocupar el cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, cuyo encargo
durará tres años a partir de esta fecha.
Décimo Segundo.- Los Consejeros electos rendirán la protesta de ley en sesión que se convoque para tal
efecto conforme a lo dispuesto por el artículo 110, numeral 7 del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.- México,
D.F., a 3 de abril de 2014.- Dip. José González Morfín, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Angelina Carreño
Mijares, Secretaria.- Rúbrica.

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