Diario Oficial de la Federación de 25/08/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXI No. 18 México, D.F., lunes 25 de agosto de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de la Defensa Nacional
Secretaría de Marina
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Tribunal Unitario Agrario
Avisos
Indice en página 110
$16.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 25 de agosto de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 1 de agosto de 2014,
en el Municipio de Gómez Palacio del Estado de Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el qu e se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio TPE/215/14, recibido con fecha 12 de agosto de 2014 en la Coordinaci ón Nacional de
Protección Civil (CNPC), el Gobernador del estado de Durango, C.P. Jorge Herrera Caldera, solicitó a la
Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para
el municipio de Gómez Palacio de dicha entidad federativa, por las f uertes lluvias ocasionadas por baja
presión asociada a la onda tropical “18” generando un centro de baja presión, prov ocando inundaciones
fluviales y pluviales el día 1 de agosto de 2014, a causa de la acumulación y la continuidad de las lluvias; ello,
con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/0939/2014, de fecha 12 de agosto de 2014, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para el municipio del estado de Durango
solicitado en el oficio TPE/215/14 referido con anterioridad.
Que con oficio B00.05.05.-0588, de fecha 15 de agosto de 2014, la CONAGUA emitió su opinión técnica
en atención al oficio CNPC/0939/2014, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de
lluvia severa el día 1 de agosto de 2014, para el municipio de Gómez Palacio del estado de Durango.
Que el día 15 de agosto de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 408/14, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia al municipio de Gómez Palacio del
estado de Durango, por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 1 de agosto de 2014, con lo que se
activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria
las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y d e salud de la
población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
OCURRIDA EL DÍA 1 DE AGOSTO DE 2014, EN EL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO DEL
ESTADO DE DURANGO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia al municipio de Gómez Palacio del estado de Durango, por la
presencia de lluvia severa ocurrida el día 1 de agosto de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el estado de Durango pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a quince de agosto de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 25 de agosto de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de inundación fluvial y pluvial ocurrida los días del 8 al 10 de
agosto de 2014, en 6 municipios del Estado de Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el qu e se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio RODG.091/2014, recibido con fecha 12 de agosto de 2014 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del estado de Zacatecas, Lic. Miguel Alonso Reyes,
solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Calera, Cuauhtémoc, Genaro Codina, Guadalupe, Morelos, Pánuco,
Vetagrande, Villa de Cos, Villanueva, Trancoso y Zacatecas de dicha entidad federativa, por la presencia de
granizada severa, lluvia severa, inundaciones pluvial y fluvial, del 8 al 10 de agosto de 2014; ello, con el
propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/0944/2014, de fecha 12 de agosto de 2014, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del estado de Zacatecas
solicitados en el oficio RODG.091/2014 referido con anterioridad.
Que con oficio B00.05.05.-0592, de fecha 15 de agosto de 2014, la CONAGUA emitió su opinión técnica
en atención al oficio CNPC/0944/2014, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de
inundación fluvial y pluvial, del 8 al 10 de agosto de 2014, par a los municipios de Cuauhtémoc, Genaro
Codina, Guadalupe, Pánuco, Trancoso y Zacatecas del estado de Zacatecas.
Que el día 15 de agosto de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 409/14, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Cuauht émoc,
Genaro Codina, Guadalupe, Pánuco, Trancoso y Zacatecas del estado de Zacatecas, por la pres encia de
inundación fluvial y pluvial ocurrida los días del 8 al 10 de agosto de 2014, con lo que se activan los recurs os
del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán
con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE
INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL OCURRIDA LOS DÍAS DEL 8 AL 10 DE AGOSTO DE 2014,
EN 6 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE ZACATECAS
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Cuauhtémoc, Genaro Codina, Guadalupe,
Pánuco, Trancoso y Zacatecas del estado de Zacatecas, por la presencia de inundació n fluvial y pluvial
ocurrida los días del 8 al 10 de agosto de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el estado de Zacatecas pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a quince de agosto de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.

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