Diario Oficial de la Federación de 24/09/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXII No. 18 México, D.F., miércoles 24 de septiembre de 2014
CONTENIDO
Congreso de la Unión
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Avisos
Indice en página 111
$20.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 24 de septiembre de 2014
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA UNION
DECLARATORIA de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, a partir del 24 de
noviembre de 2014, en los estados de Durango y Puebla.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE DISPONE
EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS
PENALES, EMITE LA SIGUIENTE
DECLARATORIA
El Congreso de la Unión declara la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales,
a partir del 24 de noviembre de 2014, en los Estados de Durango y Puebla.
México, D.F., a 17 de septiembre de 2014.- Sen. Miguel Barbosa Huerta, Presidente.- Rúbrica.-
Dip. Silvano Aureoles Conejo, Presidente.- Rúbrica.- Sen. Lucero Saldaña Pérez, Secretaria.- Rúbrica.-
Dip. Laura Barrera Fortoul, Secretaria.- Rúbrica.
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial ocurrida del 5 al
8 de septiembre de 2014, en 5 municipios del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el qu e se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio D.E. 086-2014, recibido con fecha 12 de septiembre de 2014 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua,
C. Raymundo Romero Maldonado, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la
emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Balleza, Batopilas, Bocoyna, Carichí,
Chihuahua, Chínipas, Guachochi, Guazapares, Guerrero, Maguarichi, Morelos, Moris, Nonoava, Ocampo,
Urique y Uruachi de dicha Entidad Federativa, por el fenómeno de lluvia severa así como inundación fl uvial e
inundación pluvial del 5 al 8 de septiembre de 2014; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo
para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/1073/2014, de fecha 11 de septiembre de 2014, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Chihuahua
solicitados en el oficio D.E. 086-2014 referido con anterioridad.
Que con oficio B00.05.05.-668, de fecha 15 de septiembre de 2014, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio CNPC/1073/2014, disponiendo en su parte conducente que se c orrobora el
fenómeno de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 5 al 8 de septiembre de 2014, para los municipios
de Balleza, Bocoyna, Chihuahua, Nonoava y Ocampo del Estado de Chihuahua.
Que el día 15 de septiembre de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 470, mediante el c ual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Balleza,
Bocoyna, Chihuahua, Nonoava y Ocampo del Estado de Chihuahua, por la presencia de lluvia severa e
inundación fluvial y pluvial ocurrida del 5 al 8 de septiembre de 2014, con lo que se activan los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autorid ades contarán con
recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Miércoles 24 de septiembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN
FLUVIAL Y PLUVIAL OCURRIDA DEL 5 AL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN 5 MUNICIPIOS DEL
ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Balleza, Bocoyna, Chihuah ua, Nonoava y
Ocampo del Estado de Chihuahua, por la presencia de lluvia severa e inu ndación fluvial y pluvial ocurrida del
5 al 8 de septiembre de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Chihuahua pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a quince de septiembre de dos mil catorce.- Con fundamento en los artículos 8,
10 fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia
del Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director Técnico, Iván Pedroza Ramos.- Rúbrica.
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de septiembre de 2014,
en los municipios de Gómez Palacio y Lerdo del Estado de Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el qu e se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio TPE/104/14, recibido con fecha 13 de septiembre de 2014 en la Coordin ación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Durango, C.P. Jorge Herrera Caldera,
solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí y Tlahualilo de dicha Entidad Federativa,
por las fuertes lluvias ocasionadas por el Huracán Norbert y la onda tropical No. 26, los cuales provocaron
inundaciones pluviales los días del 5 al 7 de septiembre de 2014, a causa de la acumulación y la continuidad
de las lluvias, generando afectaciones en las zonas urbanas y comunidades de dichos municipios; ello, con el
propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/1085/2014, de fecha 13 de septiembre de 2014, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Durango
solicitados en el oficio TPE/104/14 referido con anterioridad.
Que con oficio B00.05.05.-667, de fecha 15 de septiembre de 2014, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio CNPC/1085/2014, disponiendo en su parte conducente que se c orrobora el
fenómeno de lluvia severa del 5 al 7 de septiembre de 2014, para los municipios de Gómez Palacio y Lerdo
del Estado de Durango.
Que el día 15 de septiembre de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 471, mediante el c ual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Gómez Palacio y
Lerdo del Estado de Durango, por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de septiembre de 2014, con
lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa
Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, d e abrigo y de
salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
OCURRIDA DEL 5 AL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN LOS MUNICIPIOS DE GÓMEZ PALACIO
Y LERDO DEL ESTADO DE DURANGO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Gómez Palacio y Lerdo del Estado de
Durango, por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de septiembre de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Durango pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR