Diario Oficial de la Federación de 06/10/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIII No. 4 México, D.F., lunes 6 de octubre de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Consejo de Salubridad General
Archivo General de la Nación
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 110
$16.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 6 de octubre de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de la tormenta tropical “Odile” los días 16 y 17 de
septiembre de 2014, en 21 municipios del Estado de Sonora.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 18 de septiembre de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 482/14, mediante el cual se
dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia a los
municipios de Hermosillo, Carbó, Benjamín Hill, Pitiquito, Caborca, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías
Calles, Santa Ana, Magdalena, Altar, Oquitoa, Sáric, Atil, Tubutama, Trincheras, Imuris, Nogales, Santa Cruz,
Cananea, Naco y Agua Prieta del Estado de Sonora, por la presencia de la tormenta tr opical “Odile” los días
16 y 17 de septiembre de 2014, misma que fue publicada en el Diario Oficial d e la Federación el día 26 de
septiembre de 2014.
Que mediante oficio número DGPC/782/2014, de fecha 28 de septiembre de 2014, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la propia DGPC se
puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el día 28 de septiembre de 2014, la CNPC emitió el Boletín de Prensa 521, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia emitida el 18 de septiembre de 2014 con el
diverso Boletín de Prensa 482/14 para los municipios de Hermosillo, Carbó, Benjamín Hill, Pitiquito, Caborca,
Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Santa Ana, Magdalena, Altar, Oquitoa, Sáric, Atil, Tubutama,
Trincheras, Imuris, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del Estado de Sonora, por la
presencia de la tormenta tropical “Odile” los días 16 y 17 de septiembre de 2014.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LA TORMENTA TROPICAL
“ODILE” LOS DÍAS 16 Y 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN 21 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE SONORA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Hermosillo, Carbó, Benjamín Hill, Pitiquito, Caborca,
Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Santa Ana, Magdalena, Altar, Oquitoa, Sáric, Atil, Tubutama,
Trincheras, Imuris, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del Estado de Sonora, por la
presencia de la tormenta tropical “Odile” los días 16 y 17 de septiembre de 2014.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los
LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veintiocho de septiembre de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional,
Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 6 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Cristiana, Casa de Oración Vida
Plena Tijuana, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. FRANCISCO LLAMAS ARELLANO DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA, CASA DE
ORACIÓN VIDA PLENA TIJUANA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA, CASA DE ORACIÓN VIDA PLENA TIJUANA, para constituirse en
asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite
respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida General Rodolfo Sánchez Taboada y Moctezuma número 7565, centro comercial Ley
Cortez, local 16, camino Verde, municipio de Tijuana, Estado de Baja California, código postal 22190.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de
arrendamiento, ubicado en avenida General Rodolfo Sánchez Taboada y Moctezuma número 7565, centro
comercial Ley Cortez, local 16, camino Verde, municipio de Tijuana, Estado de Baja California, código postal
22190.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar el Evangelio de Jesucristo a toda criatura”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Francisco Llamas Arellano.
VI.- Relación de asociados: Francisco Llamas Arellano, Francisco Arroyo Méndez, Alicia García Esquibel,
Alicia Berenice Llamas García, Luis Enrique Martínez Hermosillo y Víctor Alberto Lira Pérez.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Administración y Dirección: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Francisco Llamas Arellano, Presidente;
Francisco Arroyo Méndez, Vicepresidente; Alicia García Esquibel, Secretaria; Alicia Berenice Llamas García,
Tesorera.
IX.- Ministro de culto: Francisco Llamas Arellano.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de septiembre de
dos mil catorce.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo
Manuel Díaz León.- Rúbrica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR