Diario Oficial de la Federación de 01/10/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXXI No. 1 Ciudad de México, lunes 1 de octubre de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Avisos
Indice en página 124
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 1 de octubre de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se modifica el artículo tercero, base II de la autorización otorgada a HDI-Gerling de
México Seguros, S.A., filial de Gerling America Insurance Company, de Nueva York, Estados Unidos de América.
(Oficio No. 366-III-131/18).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad
Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-131/18.
HDI-GERLING DE MÉXICO
SEGUROS, S.A.
Av. Paseo de las Palmas No. 239-104
Col. Lomas de Chapultepec
México, D.F., C.P. 11000.
At’n.: C. Germán Cárdenas Rodríguez
Apoderado Legal.
El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento e n lo
dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33-C de
Disposiciones Transitorias Primera, Quinta y Décima Tercera de la Ley de Instituciones de Seguros y de
Fianzas y 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la
resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:
ANTECEDENTES
I. Gerling de México Seguros, S.A., fue autorizada por esta Secretaría para funcionar como institución
de seguros filial de Gerling America Insurance Company, de Nueva York, Estados Unidos de América
para realizar operaciones de seguros de daños, en los ramos de respons abilidad civil y riesgos
profesionales, marítimo y transportes, incendio, diversos, así como terremoto y otros riesgos
catastróficos, según consta en la resolución 366-IV-589 del 5 de marzo de 1996 publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de mismo año. Dicha Resolución fue mo dificada por
última vez mediante diverso 366-028/10 del 2 de marzo de 2010.
II. A través del oficio 366-044/08 del 28 de febrero de 2008, la Unidad de Seguros, Pensiones y
Seguridad Social modificó la autorización otorgada a Gerling de México Seguros, S.A., para funcionar
como institución de seguros derivada de la reforma a la Cláusula Primera de sus estatutos sociales
por el cambio de su denominación social de Gerling de México Seguros, S.A., por la de HDI- Gerling
de México Seguros, S.A.
III. Mediante oficio 366-III-401/15 del 28 de mayo de 2015, la Dirección General Adjunta Jurídica de
Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social:
a) Aprobó la reforma a la Cláusula Sexta de los estatutos sociales de HDI-Gerling de México
Seguros, S.A., con motivo de la disminución del capital social de $62’520,000.00 a
$44’477,519.00, en los términos de su asamblea general extraordinaria de accionistas del 10 de
diciembre de 2010.
b) Solicit ó remitir dentro de los sesenta días hábiles siguientes, a la fecha en que se le notificó
dicho oficio, el primer testimonio y tres copias simples de la escritura pública con datos de
inscripción en el Registro Público de Comercio, en la que se protocolizara el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas del 10 de diciembre de 2010 de H DI-Gerling de México
Seguros, S.A., para proceder a la modificación de su autorización para funcionar como
institución de seguros.
IV. Con escrito del 18 de diciembre de 2017, recibido en esta Unidad Administrativa el 23 de enero de
2018, HDI-Gerling de México Seguros, S.A., remitió a esta Unidad de Seguros, Pensiones y
Seguridad Social el primer testimonio de la escritura pública No. 44,058 del 31 de julio de 2015,
otorgada ante la fe del Lic. Horacio Aguilar Álvarez de Alba, Notario Público No. 102, con ejercicio en
Naucalpan de Juárez, Estado de México, en la que consta la protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas del 10 de diciembre de 2010, en la que s e resolvió la reforma a
la Cláusula Sexta de sus estatutos sociales, la cual quedó inscrita en el Registro Público de
Comercio el 7 de diciembre de 2015, con folio mercantil 213850*.
Lunes 1 de octubre de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
CONSIDERANDOS
I. La Disposición Transitoria Quinta de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, establece que
las solicitudes de aprobación que se reciban antes de la entrada en vigor de esa ley, es decir antes
del 4 de abril de 2015, y que por virtud de la misma se asignen a la Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas, serán tramitadas y resueltas por esta Secretaría, para lo cual podrá, aún después de esa
fecha, continuar ejerciendo las facultades conferidas con fundamento en la Ley General de
Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros que se abrogó.
II. La Disposición Transitoria Décima Tercera de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
dispone que los asuntos que de acuerdo con esa ley corresponda atender a la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas, y que conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas d e
Seguros que se abrogó se estuvieren tramitando ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
continuarán desahogándose ante esta Secretaría hasta su total terminación.
III. Que derivado de la aprobaci ón a la reforma a la Cláusula Sexta de los estatutos sociales, que se
otorgó antes de la entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y tal como se
indicó en el oficio citado en el Antecedente III, se deben modificar los términos de la autorización
otorgada a esa institución de seguros.
IV. Que remitieron a esta Secretaría el primer testimonio y tres copias simples de la escritura pública
No. 44,058 con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
V. Que la modificació n a la autorización otorgada a HDI-Gerling de México Seguros, S.A., para
funcionar como institución de seguros deriva de la aprobación de la refor ma estatutaria que se otorgó
antes de la entrada en vigor de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, como ha qued ado
señalado.
RESOLUCIÓN
Primero.- Se modifica el Artículo Tercero, base II de la autorización otorgada a HDI-Gerling de México
Seguros, S.A., para funcionar como institución de seguros, filial de Gerling America Insurance Company, de
Nueva York, Estados Unidos de América, para realizar operaciones de seguros de daños, en los ramos de
responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, diversos, así como terremoto y
otros riesgos catastróficos, para quedar en los siguientes términos:
“ARTÍCULO TERCERO.-...
I.-...
II.- El capital social será de $44’477,519.00 (cuarenta y cuatro millones cuatrocientos
setenta y siete mil quinientos diecinueve pesos 00/100 m.n.), en el cual se incluye el
monto del capital mínimo pagado que se señala en el artículo 29, fracción I, primer
III.-...
Segundo.- La autorización otorgada a HDI-Gerling de México Seguros, S.A., para organizarse y funcionar
como institución de seguros filial de Gerling America Insurance Company, de Nueva York, Estados Unidos de
América, después de la modificación señalada en el Resolutivo anterior, queda íntegramente en los siguientes
términos:
AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EN
REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL A HDI-GERLING DE MÉXICO SEGUROS, S.A.,
PARA QUE FUNCIONE COMO INSTITUCIÓN DE SEGUROS FILIAL DE GERLING AMERICA
INSURANCE COMPANY, DE NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EN LOS
TÉRMINOS SIGUIENTES:
ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que los artículos 5o., y 33-C de la Ley
General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros confieren a la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, se otorga autorización a HDI-Gerling de México Seguros,
S.A., para funcionar como institución de seguros filial de Gerling America Insurance
Company, de Nueva York, Estados Unidos de América.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución de seguros está autorizada para realizar en la
República Mexicana operaciones de seguros de daños, en los ramos de responsabilidad
civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, diversos, así como
terremoto y otros riesgos catastróficos.

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