Diario Oficial de la Federación de 02/08/2017 (Contenido completo)

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Tomo DCCLXVII No. 2 Ciudad de México, miércoles 2 de agosto de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Turismo
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Avisos
Indice en página 111
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 2 de agosto de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para uso de su Órgano
Administrativo Desconcentrado Servicio de Administración Tributaria, el inmueble federal con una superficie de
492.720 m², ubicado en Calle Cabo San Lucas número 4101, Colonia Centro, Delegación Cabo San Lucas,
Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de
Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.- Dirección de Incorporación y Desincorporación
de Inmuebles.
ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para uso de su
Órgano Administrativo Desconcentrado Servicio de Administración Tributaria, el inmueble federal con
una superficie de 492.720 m², ubicado en Calle Cabo San Lucas número 4101, Colonia Centro,
Delegación Cabo San Lucas, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur.
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales,
Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 6, fracción VI; 9, 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracción V; 61, 62, 66, 68 y 70 de la Ley General
de Bienes Nacionales; 31, fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
2o Apartado D fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 2
fracción X, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII,11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales adicionado mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del
Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
12 de enero de 2017; y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encue ntra el inmueble con
una superficie de 492.720 m², ubicado en Calle Cabo San Lucas número 4101, Colonia Centro, Delegació n
Cabo San Lucas, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, identificado en el Inventario del
Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal con el Registro Federal Inmobiliario 3-1254-2;
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble se acredita mediante Escrituras Públicas números 6,603
del 4 de septiembre de 1956, otorgada en la Ciudad de La Paz, Estado de Baja California Sur, ante l a fe del
Licenciado Armando Aguilar Paniagua, Juez de Primera Instancia de esa Partida Judicial, actuando
accidentalmente por receptoría a falta de Notario Público, habilitado como Notario de Bienes Nacionales que
consigna la compraventa a favor del Gobierno Federal por conducto de la otrora Secretaría de Bienes
Nacionales, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio R eal número 35824 del 8 de
febrero de 1995 y 99,102 del 31 de marzo del 2016, otorgada ante la fe del Licenciado José Alberto Castro
Salazar, Notario Público adscrito a la Notaria Pública número siete del Estado de Baja Californi a Sur y del
Patrimonio Inmueble Federal, a través de la cual se hace constar la rectificación de superficie, medidas y
colindancias del inmueble materia de este Acuerdo de 276 m² a 492.720 m², inscrita en el Registro Pú blico de
la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 35824 página 2 del 5 de julio de 2016;
TERCERO.- Que las medidas y colindancias se consignan en el Plano Topográfico número TOP-01,
elaborado a escala 1:100, aprobado y registrado por la otrora Dirección de Registro Público y Catastro de la
Propiedad Federal bajo el número DRPCPF-3947-2012-T/ del 22 de marzo de 2012, mismo que obra
en el expediente respectivo;
CUARTO.- Que mediante oficio número 300-04-00-00-00-2017 106 del 9 de marzo de 2017, el Servicio de
Administración Tributaria, manifestó la necesidad de recibir en Destino el inmueble descrito en el
considerando Primero, a efecto de continuar utilizándolo como Oficinas Administrativas y Almacén;
Miércoles 2 de agosto de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
QUINTO.- Que mediante oficio número 300-04-00-00-00-2017 106 del 9 de marzo de 2017, el
Administrador Central de Recursos Materiales y Coordinador Inmobiliario del Servic io de Administración
Tributaria, manifestó bajo protesta de decir verdad, que el inmueble materia de este Acuerdo, no es
considerado Monumento Histórico o Artístico, conforme al Criterio No. 2/2011 del Comité del Patrimonio
Inmobiliario Federal y Paraestatal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2012;
SEXTO.- Que mediante oficio número US/379/PU/2016 del 16 de noviembre de 2016, la Dirección General
de Planeación y Desarrollo Urbano del H. XII Ayuntamiento de Los Cabos, informó que el Uso de Suelo
aplicable al predio es Mixto Moderado, compatible con el giro solicitado para Oficinas Administrativas
y Almacén;
SÉPTIMO.- Que mediante Constancia de Número Oficial del 5 de octubre de 2016, la Dirección Municipal
de Planeación Urbana del H. XII Ayuntamiento de Los Cabos, determinó que el inmueble materia de este
Acuerdo se ubica en Calle Cabo San Lucas número 4101, Colonia Centro, Delegación Ca bo San Lucas,
Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur;
OCTAVO.- Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del
inmueble, así como de este Acuerdo, fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de
Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, y
Toda vez que se ha integrado el expediente, con base en las disposiciones que estable ce el artículo 62 de
la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejec utivo Federal el óptimo aprovechamiento del
patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno
con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir
el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destina el inmueble descrito en el primer Considerando de este Acuerdo a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, para uso de su Órgano Administrativo Desconcentrado Servicio de Administración
Tributaria, a efecto de continuar utilizándolo como Oficinas Administrativas y Almacén.
SEGUNDO.- Si el Servicio de Administración Tributaria diera al inmueble que se le destina, un uso distinto
al establecido por este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a
través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; o bien, lo dejare de utilizar o necesitar,
dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrad o directamente
por este Instituto.
TERCERO.- En caso que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación,
adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble destinado, previo a su
realización, el Servicio de Administración Tributaria deberá gestionar y obtener ante las autoridades locales y
federales las autorizaciones correspondientes.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a los 12 días del mes de julio de dos mil diecisiete.- El Presidente del Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Soraya Pérez Munguía.- Rúbrica.

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