Diario Oficial de la Federación de 06/01/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCXLVIII No. 3 México, D.F., miércoles 6 de enero de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Comisión Reguladora de Energía
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
Indice en página 127
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 6 de enero de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de helada severa ocurrida los días 16 y 17 de diciembre de
2015, en los municipios de Magdalena y Rayón del Estado de Sonora.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 18 de diciembre de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 707/15, mediante el cual la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de Magdalena y
Rayón del Estado de Sonora por la presencia de helada severa, ocurrida los días 16 y 17 de diciembre
de 2015.
Que de conformidad con el artículo 10 fracción IV de los LINEAMIENTOS, la publicación de tal declaratoria
de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación tendrá verificativo el 29 de diciembre de 2015.
Que mediante oficio número DGPC/1380/2015, de fecha 28 de diciembre de 2015, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha des aparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el 28 de diciembre de 2015, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 714/15, a través del cual dio
a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los munic ipios de Magdalena y Rayón
del Estado de Sonora por la presencia de helada severa, ocurrida los días 16 y 17 de diciembre de 2015.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE
HELADA SEVERA OCURRIDA LOS DÍAS 16 Y 17 DE DICIEMBRE DE 2015, EN LOS
MUNICIPIOS DE MAGDALENA Y RAYÓN DEL ESTADO DE SONORA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Magdalena y Rayón del Estado de Sonora por la presenci a
de helada severa, ocurrida los días 16 y 17 de diciembre de 2015.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veintiocho de diciembre de dos mil quince.- El Coordinador Nacional,
Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 6 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en Guadalajara, Jalisco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de Pasaportes y del
Documento de Identidad y Viaje; 1, 5, inciso E), 11, fracciones II y XXX, y 51 bis del Reglamento Interior de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, y Acuerdo por el que se Delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría de
Relaciones Exteriores las facultades que se indican, publicado el 24 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el Programa Sectorial de Relaciones Exteriores 2013-2018 establece que con la finalidad de av anzar
y profundizar en la consecución de los Objetivos de Política Exterior que se han señalado para la presente
Administración, es fundamental contar con un presupuesto que permita, entre otros, pro porcionar de manera
más eficiente los servicios a la ciudadanía prestados por la Secretaría, las representaciones de México en el
exterior y las delegaciones de la dependencia en el territorio nacional;
Que de conformidad con lo previsto por el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de acuerdo a lo establecido en
los reglamentos interiores o sus ordenamientos legales de creación, respectivamente, podrán contar con
delegaciones en las entidades federativas o, en su caso, en regiones geográficas que abarquen más de una
entidad federativa, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites;
Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que la
Secretaría de Relaciones Exteriores expide pasaportes ordinarios en territorio nacional, por conducto de sus
delegaciones y subdelegaciones;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, corresponde a las delegaciones y subdelegaciones expedir pasaportes ordinarios y
legalizar firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 ter del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, las delegaciones y subdelegaciones localizadas fuera del Distrito F ederal, tienen entre
otras funciones, las de coadyuvar en la recepción de solicitudes de extranjeros que deseen obtener la
nacionalidad mexicana por la vía de la naturalización; así como expedir declarat orias de nacionalidad
mexicana por nacimiento y certificados de nacionalidad mexicana;
Que conforme el Acuerdo por el que se delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría d e Relaciones
Exteriores las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de
2015, le corresponde suscribir los Acuerdos de creación, apertura, modificación, reubicac ión, cambio
de domicilio, suspensión, cierre o desaparición de delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría de
Relaciones Exteriores;
Que a efecto de acercar a la ciudadanía los servicios que presta la Secretaría, otorgar certeza jurídica y un
servicio de calidad a los solicitantes, resulta importante mantener actualizado el directorio de las delegaciones
y subdelegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, siendo necesario dar a conocer el nuevo
domicilio de la delegación ubicada en Guadalajara, Jalisco, por lo que he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- A partir del 4 de enero de 2016 el domicilio de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en Guadalajara, Jalisco, se ubicará en “Centro Comercial Plaza Bonita”, Av. México No. 3370, Col.
Villa Santa Rita, C.P. 44690, Guadalajara, Jalisco. A partir de la fecha citada se deberá dirigir y entregar en el
domicilio referido, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h oras, Tiempo de la Zona
Centro, según lo dispuesto en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, toda la
correspondencia, trámites y diligencias relacionadas con los asuntos que son competencia de dicha
Delegación, cuyo titular tendrá las facultades y atribuciones previstas en los artículos 51 bis y 51 ter del
Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores en vigor.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Los trámites que se encuentren pendientes al entrar en vigor el presente Acuerdo, serán
resueltos por la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores ubicada en el domicilio señalado en el
artículo único del presente ordenamiento.
Dado en México, Distrito Federal, a los 23 días del mes de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, Marco Antonio García Castro.- Rúbrica.

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