Diario Oficial de la Federación de 07/01/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXVI No. 5 México, D.F., miércoles 7 de enero de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Avisos
Indice en página 127
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de enero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en Chihuahua, Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 17 bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Públic a Federal; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Ide ntidad y
Viaje; 1, 3, 5, 7, 35, 51 bis y 51 ter del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y demás
disposiciones jurídicas aplicables, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley de Planeación, es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la
planeación nacional del desarrollo, misma que tiene dentro de sus princip ios el respeto irrestricto de las
garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales, políticos y culturales; así como el
fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país,
promoviendo la descentralización de la vida nacional;
Que con base en lo establecido por el artículo 3 de su Reglamento Interior, la Secretaría de Relaciones
Exteriores realizará sus actividades en forma programada, tomando en cuenta los lineamientos del Plan
Nacional de Desarrollo;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 tiene como objetivo principal llevar a México a su máximo
potencial, trazando para ello cinco Metas Nacionales y tres Estrategias Transversales;
Que dentro de las Metas Nacionales están las denominadas México en Paz, México Próspero y México
con Responsabilidad Global, y dentro de las Estrategias Transversales está la denominada Gobierno Cercano
y Moderno;
Que para promover y fortalecer la gobernabilidad democrática es fundamental impulsar un federalismo
articulado, mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno;
Que de conformidad con lo previsto por el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de acuerdo a lo establecido en
los reglamentos interiores o sus ordenamientos legales de creación, respectivamente, podrán contar con
delegaciones en las entidades federativas o, en su caso, en regiones geográficas que abarquen más de una
entidad federativa, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites;
Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que la
Secretaría de Relaciones Exteriores expide pasaportes ordinarios en territorio nacional, por conducto de sus
delegaciones y subdelegaciones;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, corresponde a las delegaciones y subdelegaciones expedir pasaportes ordinarios y
legalizar firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 ter del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, las delegaciones y subdelegaciones localizadas fuera del Distrito F ederal, tienen entre
otras funciones, las de coadyuvar en la recepción de solicitudes de extranjeros que deseen obtener la
nacionalidad mexicana por la vía de la naturalización; así como expedir declarat orias de nacionalidad
mexicana por nacimiento y certificados de nacionalidad mexicana;
corresponde al Director General de Delegaciones proponer la reubicación de las delegaciones y
subdelegaciones, y
Que con el objeto de acercar a la población los servicios que presta esta Secretaría, otorgar certe za
jurídica y un servicio de calidad a los solicitantes, resulta importante mantener actualiz ado el directorio de las
delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, siendo necesario dar a conocer el
nuevo domicilio de la delegación ubicada en Chihuahua, Chihuahua, por lo que he teni do a bien dictar
el siguiente:
Miércoles 7 de enero de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
ACUERDO
ÚNICO.- A par tir del 7 de enero de 2015, el domicilio de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en Chihuahua, se ubicará en el Edificio “LA NACIONAL”, Av. Independencia No. 1003, Esq. José
María Morelos, colonia Centro, C.P. 31020, Chihuahua, Chihuahua. A partir de la fecha citada se deberá dirigir
y entregar en el domicilio referido, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, Tiempo
del Pacífico, según lo dispuesto en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, toda la
correspondencia, trámites y diligencias relacionadas con los asuntos que son competencia de dicha
Delegación, cuyo titular tendrá las facultades y atribuciones previstas en los artículos 51 bis y 51 ter del
Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores en vigor.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Los trámites que se encuentren pendientes al entrar en vigor el presente Acuerdo, serán
resueltos por la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores ubicada en el domicilio señalado en el
artículo único del presente ordenamiento.
Dado en México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de diciembre de dos mil catorce.-
El Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.
ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en Tepic, Nayarit.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 17 bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Públic a Federal; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Ide ntidad y
Viaje; 1, 3, 5, 7, 35, 51 bis y 51 ter del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y demás
disposiciones jurídicas aplicables, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley de Planeación, es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la
planeación nacional del desarrollo, misma que tiene dentro de sus princip ios el respeto irrestricto de las
garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales, políticos y culturales; así como el
fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país,
promoviendo la descentralización de la vida nacional;
Que con base en lo establecido por el artículo 3 de su Reglamento Interior, la Secretaría de Relaciones
Exteriores realizará sus actividades en forma programada, tomando en cuenta los lineamientos del Plan
Nacional de Desarrollo;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 tiene como objetivo principal llevar a México a su máximo
potencial, trazando para ello cinco Metas Nacionales y tres Estrategias Transversales;
Que dentro de las Metas Nacionales están las denominadas México en Paz, México Próspero y México
con Responsabilidad Global, y dentro de las Estrategias Transversales está la denominada Gobierno Cercano
y Moderno;
Que para promover y fortalecer la gobernabilidad democrática es fundamental impulsar un federalismo
articulado, mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno;
Que de conformidad con lo previsto por el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de acuerdo a lo establecido en
los reglamentos interiores o sus ordenamientos legales de creación, respectivamente, podrán contar con
delegaciones en las entidades federativas o, en su caso, en regiones geográficas que abarquen más de una
entidad federativa, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites;

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