Diario Oficial de la Federación de 07/06/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLIII No. 5 Ciudad de México, martes 7 de junio de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales
Instituto Nacional de Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 108
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 7 de junio de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera
directa o coordinada la función de Seguridad Pública, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, el Estado de Nuevo León y los municipios de Anáhuac, Apodaca, Cadereyta Jiménez,
García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, Santa Catarina
y Santiago.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL
OTORGAMIENTO DEL “SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO
FEDERAL Y EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA
LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA”, EN LO SUCESIVO “FORTASEG”, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO
SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. JAIME HELIODORO RODRÍGUEZ
CALDERÓN, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. MANUEL FLORENTINO GONZÁ LEZ
FLORES; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, EL C. CARLOS ALBERTO GARZA
IBARRA, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. CUAUHTÉMOC ANTÚNEZ PÉREZ, Y LA SECRETARIA
EJECUTIVA DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. NICOLE
MARIE SAVIÑÓN LUTTRELL Y LOS MUNICIPIOS DE ANÁHUAC, APODACA, CADEREYTA JIMÉNEZ, GARCÍA,
GENERAL ESCOBEDO, GUADALUPE, JUÁREZ, SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, SAN PEDRO GARZA GARCÍA, SANTA
CATARINA Y SANTIAGO, EN LO SUCESIVO “LOS BENEFICIARIOS”, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES
MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. JUAN MANUEL MORTON GONZÁLEZ, OSCAR ALBERTO CANTÚ
GARCÍA, JOSÉ SANTIAGO PRECIADO ROBLES, CÉSAR ADRIÁN VALDÉS MARTÍNEZ, CLARA LUZ FLORES
CARRALES, FRANCISCO REYNALDO CIENFUEGOS MARTÍNEZ, HERIBERTO TREVIÑO CANTÚ, VÍCTOR OSWALDO
FUENTES SOLÍS, MAURICIO FERNÁNDEZ GARZA, HÉCTOR ISRAEL CASTILLO OLIVARES Y JAVIER CABALLERO
GAONA, RESPECTIVAMENTE, DE MANERA MANCOMUNADA CON LOS SÍNDICOS SEGUNDOS, LOS CC. OLGA
ALICIA SALAZAR RIVERA, ALEJANDRA GUAJARDO VILLARREAL, ROBERTO ANTONIO MENDOZA NEGRETE,
ISRAEL IBARRA MANCILLA, LUCÍA ARACELY HERNÁNDEZ LÓPEZ, JOSÉ TORRES DURÓN, EDNA MAYELA SILVA
ALEMÁN, AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA, MARÍA DIAMANTINA ALCALÁ FERNÁNDEZ, ROBERTO CARLOS
FARÍAS GARCÍA Y JORGE ALBERTO ESPRONCEDA TAMEZ; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
“LOS PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias,
lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2016, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las demás
disposiciones jurídicas aplicables al “FORTASEG” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan a
él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos
conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de
conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de S eguridad Pública,
en lo subsecuente “LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de
la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional
de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 201 5, de
conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Martes 7 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
I.3 Está facultado para suscribir el presente “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los
artículos 18, fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 8, párrafo cuarto del “PRESUPUESTO
DE EGRESOS”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, así como 21 de los “Lineamientos para el otorgamiento del
subsidio a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y en su caso, a las
entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función d e seguridad
pública”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2016, en lo sucesiv o
“LOS LINEAMIENTOS”.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como domicilio el
ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FORTASEG” designa a l a
Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo
número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Posta l 11590,
Ciudad de México.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano
en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular,
como lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y 29 y 30, de la Constitución Política del Estado Libr e y Soberano de
Nuevo León.
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y S oberano de Nuevo, a partir
del 4 de octubre de 2015; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente
“CONVENIO”, en términos de los artículos 81, 85, fracción I y 87, segundo párrafo, de la
la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y demás disposiciones aplicables.
II.3 El Secretario General de Gobierno, el Secretario de Finanzas y T esorero General del Estado y el
Secretario de Seguridad Pública, comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO” para
los efectos del refrendo ministerial, y la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Coordinación del
Sistema Integral de Seguridad Pública del Estado, comparece por razón de competencia, de
conformidad con las atribuciones que les confieren los artículos 87, párrafo primero, 88 y 134
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 1, 4, 8, 18, fracciones II,
III y VI, 20, 21 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo
León; 33 y 34, fracción X de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Nuevo León; 5,
fracción I, inciso d), 24 Bis 2 y 24 Bis 3 del Reglamento Interior de la Secretaría General de
Gobierno y 9, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en Palacio de Gobierno, en la calle Zaragoza, esquina 5 de Mayo, Zona Centro, Código
Postal 64000, en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguim iento del “FORTASEG” designa al
Secretariado Ejecutivo del Consejo de Coordinación del Sistema Integral de Seguridad Pública,
sito en: Calle Washington número 2000, Torre Administrativa, Piso 24, Colonia Obrera, Código
Postal 64010, en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
III. DECLARAN “LOS BENEFICIARIOS”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento
120 y 132, fracción I, inciso h), de la Constitución Política del Estado del Estado Libre
y Soberano de Nuevo León; 2 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
III.2 Los CC. Juan Manuel Morton González, Oscar Alberto Cantú García, José Santiago Preciado
Robles, César Adrián Valdés Martínez, Clara Luz Flores Carrales, Francisco Reynaldo
Cienfuegos Martínez, Heriberto Treviño Cantú, Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Mauricio
Fernández Garza, Héctor Israel Castillo Olivares y Javier Caballero Gaona, Presidentes
Municipales Constitucionales de Anáhuac, Apodaca, Cadereyta Jiménez, García, General
Escobedo, Guadalupe, Juárez, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, Santa
Catarina y Santiago, respectivamente, de manera mancomunada con los respectivos Síndicos

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