Diario Oficial de la Federación de 08/06/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLI No. 6 México, D.F., lunes 8 de junio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Turismo
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Instituto del Fondo Nacional
para el Consumo de los Trabajadores
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado
Instituto Mexicano del Seguro Social
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Avisos
Indice en página 110
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 8 de junio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1699 al ciudadano Gerardo Huerta
Valdovinos, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Monterrey, como aduana de adscripción,
en virtud del retiro voluntario del agente aduanal Gerardo Huerta Castañeda.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de A duanas.- Administración
Central de Normatividad Aduanera.
Acuerdo 800-02-00-00-00-2015-223
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. GERARDO HUERTA
VALDOVINOS, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente
Aduanal GERARDO HUERTA CASTAÑEDA, titular de la patente número 0689, con adscripción en la aduana
de MONTERREY, y autorización 3087, para actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE
LA CIUDAD DE MEXICO, MATAMOROS Y NUEVO LAREDO; y considerando que el C. GERARDO HUERTA
VALDOVINOS, ha cumplido con lo establecido en el Décimo segundo resolutivo de las Reglas Genera les de
Comercio Exterior para 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de abril de 2015,
y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera
definitiva e irrevocable del Agente Aduanal GERARDO HUERTA CASTAÑEDA a su patente; el Administrador
Central de Normatividad Aduanera, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, Apartado B, fracción I,
inciso b); 9, penúltimo párrafo; 10; 11, fracción IV, y segundo, tercero y cuarto párrafo, numeral 2, en relación
con el artículo 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria;
y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente
Aduanal número 1699 al C. GERARDO HUERTA VALDOVINOS, para ejercer funciones con tal carácter ante
la aduana de MONTERREY, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal
GERARDO HUERTA CASTAÑEDA, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario
Oficial de la Federación, será inactivada la patente 0689, así como la autorización 3087, que habían sido
asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. GERARDO HUERTA
VALDOVINOS, va a actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE
MEXICO, MATAMOROS Y NUEVO LAREDO, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que
tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1699
en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.-
Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. GERARDO HUERTA VALDOVINOS y GERARDO
HUERTA CASTAÑEDA, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a
los administradores de las aduanas de MONTERREY, AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE
MEXICO, MATAMOROS Y NUEVO LAREDO, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. GERARDO
HUERTA VALDOVINOS, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 14 de mayo de 2015.- El Administrador Central de Normatividad Aduanera, Marcoflavio
Rigada Soto.- Rúbrica.
(R.- 412678)
SECRETARIA DE ECONOMIA
ANEXO de Ejecución para el ejercicio fiscal 2015 para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña
y mediana empresa, celebrado por el Instituto Nacional del Emprendedor y el Estado de Aguascalientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría d e Economía.-
Instituto Nacional del Emprendedor.
ANEXO DE EJECUCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE
LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA CELEBRADO POR UNA PARTE POR EL INSTITUTO NACIONAL DEL
EMPRENDEDOR REPRESENTADO POR EL LIC. ENRIQUE JACOB ROCHA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE, Y
POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO POR EL C. RODOLFO ESAÚ
GARZA DE VEGA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO; A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EN EL ORDEN INDICADO COMO EL “INADEM” Y LA “SEDECO”, AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES:
Lunes 8 de junio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
ANTECEDENTES
I. Con fecha 7 de enero de 2014, los titulares del “INADEM” y el Gobierno del Estado de
Aguascalientes, a partir de ahora la “SEDECO”, celebraron el Convenio Marco de Coordinación, en lo
sucesivo referido como el “CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN”, con el objeto de establecer
las bases y procedimientos de coordinación y cooperación, entre las partes para promover el
desarrollo económico a nivel regional y sectorial.
II. En la Cláusula Sexta del “CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN”, se estableció el compromiso
del “INADEM” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” de formalizar los Anexos de ejecución, relativos al
cumplimiento de las actividades contenidas en éste, en cuya formulación se considerarían, cuando
menos, la aportación y aplicación de los recursos necesarios, las modalidades a que se sujetaría
su actuación conjunta y su participación operativa, así como los instrumentos y mecanismos
de control operativo y financiero con los que colaborarían para el eficaz cumplimiento de las
actividades convenidas.
III. Conforme a las Declaraciones 2.4, así como la Cláusula Sexta del “CONVENIO MARCO DE
COORDINACIÓN”, se previó la suscripción del presente Anexo de Ejecución señalando por parte
de la “SEDECO” al Secretario de Desarrollo Económico en la Entidad Federativa, con sujeción al
cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
IV. Con el objeto de fomentar el desarrollo económico nacional, regional y sectorial mediante el
fortalecimiento acordonado, planificado y sistemático del emprendimiento y del desarrollo empresarial
en todo el territorio nacional, así como impulsar la consolidación de una economía innovadora,
dinámica y competitiva, la Secretaría de Economía, publicó el 24 de diciembre de 2014 en el Diario
Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Fondo Nacional del Emprendedor para
el Ejercicio Fiscal 2015 en lo sucesivo denominadas las “Reglas de Operación del Fo ndo Nacional
Emprendedor”.
DECLARACIONES
1. Declara el “INADEM” que el Lic. Enriqu e Jacob Rocha en su carácter de Presidente, cuenta con las
facultades necesarias para suscribir el presente Anexo de Ejecución, de conformidad con lo previst o
en los artículos 57 BIS párrafo tercero y fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía; numeral 6 fracciones I y VII del Acuerdo que regula la organización y funcionamie nto
interno del Instituto Nacional del Emprendedor.
2. Declara el “INADEM” que cuenta con los recursos presu puestales necesarios para el otorgamiento
de los apoyos a que se refiere la cláusula segunda de este Anexo de Ejecución.
3. Declara la “SEDECO” que el C. Rodolfo Esaú Garz a de Vega en su carácter de Secretario de
Desarrollo Económico en el Estado de Aguascalientes, acredita su personalidad con el
nombramiento de fecha 21 de Marzo de 2013, signado al calce por el Ing. Carlos L ozano de la Torre,
Gobernador Constitucional de Aguascalientes, con fundamento en los artículos 9, 15 fracción V, 21,
24 fracciones I, II y X, 33 fracciones II, IV, XVII, XXIII, XXIV y XXIX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 6 fracción II del Reglamento de la Secretaría
de Desarrollo Económico del Estado de Aguascalientes.
4. Declaran el “INADEM” y la “SEDECO” que ratifican las declaraciones y obligaciones asumidas en el
“CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN” y que el presente instrumento forma parte integrante
del mismo.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- EL “INADEM” y la “SEDECO”, suscriben el presente Anexo de Ejecución con el objeto de
establecer las condiciones específicas de asignación de apoyos de carácter temporal para los proyectos
de carácter estatal que sean elegidos conforme a las “Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor”
y demás disposiciones legales aplicables.

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