Diario Oficial de la Federación de 08/06/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLIII No. 6 Ciudad de México, miércoles 8 de junio de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 8 de junio de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los estados y del Distrito
Federal, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de
Baja California.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO “CONVENIO”, DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA
SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO “FASP”, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, EL C. ANTONIO VALLADOLID RODRÍGUEZ, Y EL
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA, EL C. DANIEL DE LA ROSA ANAYA; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”
DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LAS PARTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, el marco
jurídico vigente aplicable al “FASP” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal,
de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en
lo subsecuente “Ley General”, 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública.
I.2 Fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “Ley General”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18,
fracciones VII y XXV de la “Ley General”, 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales relacio nados con el “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, colonia Nueva Anzures, Deleg ación
Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación y seguimiento del “FASP” designa a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, coloni a Nueva
Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano en
cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y pop ular, como
lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 1, 4 y 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Baja California.
Miércoles 8 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, a
partir del 1 de noviembre de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”;
en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la “Ley General”; 40 y 49,
fracciones XXII y XXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California; 2o., 3o., 6o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Baja California; 15, fracción I, 64 y 65 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja Califor nia, y
demás disposiciones aplicables.
II.3 Cuenta con la disponibilidad presupues taria para hacer frente a los compromisos materia
del “CONVENIO”.
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como su domicilio el ubicado
en Calzada Independencia número 994, Tercer Piso del Edificio del Poder Ejecutivo en el Centro
Cívico Comercial Mexicali, de la ciudad de Mexicali, Baja California, código postal 21000.
II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FASP” designa al Secretario Ejecutivo
del Consejo Estatal de Seguridad Pública, sito en: Calle de la Libertad y Avenida de los Héro es
número 399, Centro Cívico Comercial Mexicali, en la ciudad de Mexicali, Baja California, código
postal 21000.
III. DECLARAN “LAS PARTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente “CONVENIO” tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES” para que a través de
los recursos del “FASP” autorizados por el artículo 7, fracción IX, en relación con el Anexo 32 del Presupuesto
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, y complementados con la aportación de
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”, la misma esté en condiciones de atender las políticas y estrategias
establecidas en los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los Programas con
Prioridad Nacional, aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su Sesión Trigésima Octava,
con base en lo preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “FASP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 y los
Criterios de distribución, fórmulas y variables para la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal 2016 y el resultado de su
aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2015, “LA E NTIDAD
FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $307,792,240.00 (TRESCIENTOS SIETE MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.) de los recursos del “FASP”.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del “CONVENIO”,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 25% (veinticinco) por
ciento del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $76,948,060.00
(SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS 00/100 M.N.).
El Financiamiento Conjunto pactado en el “CONVENIO”, integrado por las aportaciones federal y estatal
suman en conjunto la cantidad de $384,740,300.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES
SETECIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
Los Subprogramas, en su caso, así como las acciones, metas, conceptos y/o montos de los Programas
con Prioridad Nacional, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado por los Titulares de l as
Unidades Administrativas competentes de “EL SECRETARIADO”, y dos servidores públicos de “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” que en razón de su competencia designe mediante oficio el Titular del Poder Ejecutivo Estatal,
formará parte integrante del presente “CONVENIO”.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7, fracción II y 8 de la “Ley General” y 45 y 49 de la Ley de
Coordinación Fiscal, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” destinará recursos del Financiamiento Conjunto, para
realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de las acciones, metas,
conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional y, en su caso, Subprogramas,
instrumentados en el marco de este “CONVENIO”, en los términos establecidos en el Anexo Técnico y
observando los Lineamientos Generales de Evaluación que emita “EL SECRETARIADO”.

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