Diario Oficial de la Federación de 08/09/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLVI No. 6 Ciudad de México, jueves 8 de septiembre de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Turismo
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 111
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de septiembre de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de inundación fluvial el día 23 de agosto de 2016,
en 1 Municipio del Estado de Guanajuato.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62,
63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59
del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 5 fracción XX, 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que
se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás r elativos
aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales”
(Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de
enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número SSP-CEPC-COOR-056-2016 de fecha 27 de agosto de 2016, en
cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Guanajuato, Miguel Márquez
Márquez, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural
perturbador, descrito como Inundación fluvial así como lluvias intensas que ocasionaron el desbordamiento
del Río Turbio, arroyos, drenes y canales a partir del 23 de agosto de 2016, que afectó al municipio
de Abasolo.
Que con oficio B00.8.-0454 de fecha 31 de agosto de 2016, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número SSP-CEPC-COOR-056-2016, señalado en el párrafo inmediato anterior,
disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de Inundación fluvi al el día 23 de agosto
de 2016, que afectó al municipio de Abasolo del Estado de Guanajuato.
Que con fecha 2 de septiembre de 2016, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas General es, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Guanajuato presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria d e
Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE INUNDACIÓN
FLUVIAL EL DÍA 23 DE AGOSTO DE 2016, EN 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Abasolo del Estado de Guanajuato, por la
ocurrencia de Inundación fluvial el día 23 de agosto de 2016.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil y su Reglamento así como las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
Ciudad de México, a 2 de septiembre de 2016.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.-
Rúbrica.
Jueves 8 de septiembre de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial en los municipios de
Cuerámaro y Manuel Doblado del Estado de Guanajuato; y por inundación fluvial en los municipios de Abasolo y
Pénjamo de dicha entidad federativa, ocurridas del 21 al 26 de agosto de 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número DSP-230/26082016, recibido con fecha 27 de agosto de 2 016 en la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Gobernador del Estado de Guanajuato,
Mtro. Miguel Márquez Márquez, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la
emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Abasolo, Cuerámaro, Pénjamo y Manuel
Doblado de dicha entidad federativa por la presencia de lluvia severa e i nundación pluvial y fluvial el día 23 de
agosto de 2016, ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención d e Emergencias
FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1056/2016, de fecha 27 de agosto de 2016, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Guanajuato solicitados en el oficio número
DSP-230/26082016 referido con anterioridad.
Que mediante oficio número SSP-CEPC-COOR-057-2016, recibido con fecha 29 de agosto de 2016 en la
CNPC, el Coordinador Ejecutivo de Protección Civil del Estado de Guanajuato, Luis Ant onio Güereca Pérez,
especifica a la CNPC que, en seguimiento a la solicitud de Declaratoria de Emergenc ia contenida en el oficio
número DSP-230/26082016, las lluvias intensas que ocasionaron inundaciones pluvial y fluvial en los
municipios de Abasolo, Cuerámaro, Pénjamo y Manuel Doblado de dicha entidad federativa, se registr aron del
21 al 26 de agosto de 2016.
Que mediante oficio número CNPC/1063/2016, de fecha 29 de agosto de 2016, la CNPC comunicó a la
CONAGUA la aclaración referida en el oficio número SSP-CEPC-COOR-057-2016, para efectos de su
consideración en el dictamen técnico solicitado mediante el oficio número CNPC/1056/2016.
Que con oficio número B00.8.-0455 de fecha 31 de agosto de 2016, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa e inundación fluvial para los municipios
de Cuerámaro y Manuel Doblado del Estado de Guanajuato, así como inundación fluvial par a los municipios
de Abasolo y Pénjamo de dicha entidad federativa, del 21 al 26 de agosto de 2016.
Que el día 31 de agosto de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 397/16, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Cuerámaro y
Manuel Doblado del Estado de Guanajuato, por la presencia de lluvia severa e inundación fluv ial, y a los
municipios de Abasolo y Pénjamo de esa entidad federativa, por inundación fluvial, ocurridas del 21 al 26 de
agosto de 2016, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emer gencias FONDEN, y a
partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de
abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN
FLUVIAL EN LOS MUNICIPIOS DE CUERÁMARO Y MANUEL DOBLADO DEL ESTADO DE
GUANAJUATO; Y POR INUNDACIÓN FLUVIAL EN LOS MUNICIPIOS DE ABASOLO Y PÉNJAMO DE
DICHA ENTIDAD FEDERATIVA, OCURRIDAS DEL 21 AL 26 DE AGOSTO DE 2016
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Cuerámaro y Manuel Doblado del Estado de
Guanajuato, por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial, así como a los mu nicipios de Abasolo y
Pénjamo de dicha entidad federativa, por inundación fluvial, ocurridas del 21 al 26 de agosto de 2016.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Guanajuato pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.

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