Diario Oficial de la Federación de 10/04/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXV No. 7 Ciudad de México, martes 10 de abril de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Consejo de Salubridad General
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 92
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 10 de abril de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Baja California, relativo al Fondo
de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) 2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA,
CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO
DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR
SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID, ASISTIDO POR EL
SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, EL C. BLADIMIRO HERNÁNDEZ DÍAZ; EL SECRETARIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA,
EL C. GERARDO MANUEL SOSA OLACHEA; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” DE
CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y pres upuestal, de
lo subsecuente “Ley General”, 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la “Ley General”; 27, párrafo último de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del S ecretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ej ecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter
de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y ratificado por el Senado de la
República el 14 de diciembre de 2015.
I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los
artículos 18, fracciones VII y XXV de la “Ley General”, 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento
del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en avenida General Mariano
Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590,
Ciudad de México.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 En términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 1, 4 y 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberan o de Baja
California, es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico
y popular.
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, a
partir del 1 de noviembre de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente
Convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la “Ley General”;
40 y 49, fracciones XXII y XXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California; 2o., 3o., 6o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Baja California; 15 fracción I, y 65 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California, y
demás disposiciones aplicables.
II.3 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
presente Convenio.
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el
ubicado en Calzada Independencia número 994, tercer piso del Edificio de l Poder Ejecutivo en
el Centro Cívico Mexicali, Código Postal 21000, en la Ciudad de Mexicali, Baja California.
Martes 10 de abril de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
III. DECLARAN “LAS PARTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el presente Convenio de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor
de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente Convenio tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES” para que a través d e los
recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal “FASP”
y los que aporte “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, la misma esté en condiciones de atender l as políticas y
estrategias establecidas en los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los Programas
con Prioridad Nacional y, en su caso, sus Subprogramas y demás acuerdos del Conse jo Nacional de
Seguridad Pública, con base en lo preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás
normativa aplicable.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “FASP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 y los
Criterios de distribución, fórmulas y variables para la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del ejercicio fiscal 2018 y el resultado de su
aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2017,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $283,083,815.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES
MILLONES OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS QUINCE PESOS 00/100 M.N.) de los recursos
del “FASP”.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del presente Convenio,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 25 (veinticinc o) por
ciento del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $70,770,953.75
(SETENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS
75/100 M.N.).
El Financiamiento Conjunto pactado en el presente Convenio, integrado por las aportaciones feder al y
estatal suman en conjunto la cantidad de $353,854,768.75 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 75/100 M.N.).
Los Subprogramas, en su caso, así como las acciones, metas, conceptos y/o montos convenidos de los
Programas con Prioridad Nacional, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado p or las y los
Titulares de las Unidades Administrativas competentes de “EL SECRETARIADO”, y dos servidoras o
servidores públicos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” que en razón de su competencia designe mediante oficio
el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, formará parte integrante del presente Convenio.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7, fracción II y 8 de la “Ley Gener al” y 45 de la Ley de
Coordinación Fiscal, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” destinará recursos del Financiamiento Conjunto, para
realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de las acciones, metas,
conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional y, en su caso, Subprogramas,
instrumentados en el marco de este Convenio, en los términos establecidos en el Anexo Técnico y
observando los Lineamientos Generales de Evaluación que emita “EL SECRETARIADO”.
TERCERA. COMPROMISOS DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
I. Cumplir con lo señalado en el artículo 7, fracción IX del Presupuesto de Egresos de la Federac ión
para el Ejercicio Fiscal 2018, la normativa en materia presupuestaria; la “Ley General”; la Ley de
Coordinación Fiscal; los Criterios Generales para la Administración y Ejercicio de los Recurs os
del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)
y demás disposiciones aplicables.
II. Establecer dos cuentas bancarias productivas específicas, una para la administración de los
recursos federales del “FASP” con los rendimientos que generen y otra para la aportación
de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, para efectos de su fiscalización.
III. Registrar los recursos que por el “FASP” reciba en su respectivo presupuesto y deberán
distinguirse de los recursos aportados por “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, e informar para efectos de
la cuenta pública local, así como presentar los demás informes previstos en la legislación local
y federal.
IV. Aplicar los recursos del “FASP” conforme al principio de anualidad previsto en el artículo 7,
fracción IX, párrafo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2018.

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