Diario Oficial de la Federación de 11/01/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXII No. 8 Ciudad de México, jueves 11 de enero de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 111
$24.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 11 de enero de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ANEXO de asignación y transferencia de recursos para la modernización integral del Registro Civil, que para el
ejercicio fiscal 2017 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas.
ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL
REGISTRO CIVIL, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN ADELANTE “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA
POR EL LIC. HUMBERTO ROQUE VILLANUEVA, SUBSECRETARIO DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS
RELIGIOSOS Y POR EL LIC. JORGE ROJO GARCÍA DE ALBA, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CHIAPAS EN
ADELANTE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL DR. VICENTE PÉREZ CRUZ, CONSEJERO
JURÍDICO DEL GOBERNADOR, CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. HUMBERTO PEDRERO MORENO, SECRETARIO DE
HACIENDA, Y DEL C.P.C. HUMBERTO BLANCO PEDRERO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, CON LA
ASISTENCIA DE LA C. FLOR DE MARÍA COELLO TREJO, DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL; A QUIENES AL ACTUAR
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y BASES:
ANTECEDENTES
Con fecha 4 de octubre de 2002, “LAS PARTES”, celebraron el Acuerdo de Coordinación para la
Modernización Integral del Registro Civil, que tiene por objeto, dar continuidad al desarrollo de los programas
para sistematizar y eficientar la operación de los Registros Civiles, así como coadyuvar a elevar la calidad de
los servicios que proporciona a la sociedad y obtener información de manera confiable, h omogénea y
oportuna, que permita la integración y conformación del Registro Nacional de Población.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula Segunda del mencionado Ac uerdo de Coordinación,
“LAS PARTES”, se comprometen en el ámbito de sus respectivas competencias a fomentar el desarrollo de las
diferentes vertientes que comprenden la Modernización Integral del Registro Civil.
En la cláusula Vigésima Quinta del Acuerdo de Coordinación, “LAS PARTES” convienen apoyar la
Modernización Integral del Registro Civil con recursos federales y estatales, de conformidad al presupuesto
que se asigne a cada una de “LAS PARTES”. Asimismo, señala que dicha asignación se establecerá a través de
la firma de un Anexo de Ejecución con las ampliaciones necesarias par a la continuidad de las acciones y la
consolidación de la Modernización Integral del Registro Civil en el Estado.
Con fecha 5 de noviembre de 2002, “LAS PARTES”, suscribieron el Anexo de Ejecución del Acuerdo de
Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil.
Con fecha 13 de diciembre de 2004, “LAS PARTES”, suscribieron el primer Anexo de Transferencia de
Recursos, el cual en su Base Quinta señala que “LAS PARTES están de acuerdo en que podrán realizar
aportaciones económicas posteriores, lo que se formalizará a través de Anexos de Transferencia y Conveni os
Modificatorios subsecuentes, por ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en su Reglamento.
A partir del Anexo de Ejecución mencionado, a la fecha se han suscrito diez Anexos de Transferencia de
Recursos y una Ampliación al ejercicio fiscal 2010, siendo el último el Anexo correspondie nte al ejercicio fiscal
2016, mediante el cual “LA SECRETARÍA” aportó a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, la cantidad de 1,322,966.00
(Un millón trescientos veintidós mil novecientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.) para dar continuidad al
Programa de Modernización Integral del Registro Civil del Estado de Chiapas.
Con fecha 26 de marzo de 2009, “LAS PARTES”, suscribieron el Convenio de Coordinación, el cual tiene por
objeto establecer las acciones a seguir por parte de “LA SECRETARÍA” y de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para
coordinar los métodos de identificación y registro de personas, así como el intercambio de información
poblacional entre “LAS PARTES”, en estricto apego al marco jurídico establecido por “LA SECRETARÍA”.
Con fecha 5 de enero de 2015, “LAS PARTES”, celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para
implementar la consulta e impresión de las actas del registro del estado civil de las personas en línea, que
tiene por objeto, establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresió n de actas del
registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías o juzgados del Registro Civil; dando
inicio formal a la conexión interestatal.
En la cláusula Séptima del convenio anterior “LAS PARTES” pactaron que para el cumplimiento del Objeto
del mismo suscribirían los Anexos Técnicos de Ejecución así como los Anexos de Asignación y Transferencia
de Recursos en los que se determinarán las particularidades de la operación. Asimismo e n el convenio de
mérito se previó que estos anexos de Asignación y Transferencia de Recursos debían incluir una cláu sula con
la que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Planeación.
Jueves 11 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por l os
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad al artículo 27, fracción XXXVI de la LOAPF, cuenta con facultades para manejar el
Servicio Nacional de Identificación Personal.
I.3. La Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos es parte integrante de
“LA SECRETARÍA y que su titular, Lic. Humberto Roque Villanueva, cuenta con las facultades
suficientes para suscribir el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, de
conformidad con lo establecido por los artículos 2, apartado A, fracción III, 6, fracciones IX y XII del
RISEGOB, y por lo establecido en el numeral 1.4 del Manual de Organización General de la
Secretaría de Gobernación publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 25 de junio
de 2015.
I.4. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (DGRNPIP), es
una Unidad Administrativa dependiente de “LA SECRETARÍA”, de conformidad con el artículo 2, inciso B
fracción XXII, del RISEGOB.
I.5. El Lic. Jorge Rojo García de Alba, Director General del Registro Nacional de Población e
Identificación Personal cuenta con las atribuciones para participar en el presente in strumento, de
conformidad con los artículos 9, fracción V y 22 fracciones I y IV del RISEGOB.
I.6. Para efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la calle de
Bucareli, No. 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de
México.
I.7. Cuenta con los recursos suficientes, en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este
instrumento, como consta en la suficiencia presupuestal 313421.
II. “EL GOBIERNO DEL ESTADO” declara que:
II.1 De conformidad con los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o. y 2o. de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Chiapas, es un Estado Autónomo, Libre y Soberano en su régimen interior.
II.2 El Poder Ejecutivo constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, en términos de lo
prescrito en el artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas.
II.3 El Dr. Vicente Pérez Cruz, Consejero Jurídico del Gobernador, forma parte integrante de la
Administración Pública Estatal, dependen del titular del Poder Ejecutivo del Estado, con fundamento
y cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 2 fracción I, 4, 8, 10, 20, 27 fracción XVIII y 44 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como los artículos 2, 3 y 13 fracciones III y XXIII
del Reglamento Interior del Instituto de la Consejería Jurídica y de Asistencia L egal del Estado de
Chiapas.
II.4 El Lic. Humberto Pedrero Moreno, Secretario de Hacienda, forma parte integrante de la
Administración Pública Estatal, dependen del titular del Poder Ejecutivo del Estado, con fundamento
y cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 2 fracción I, 4, 8, 10, 20, 27 fracción II y 29 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Chiapas, así como de los artículos 2 y 13 fracciones III y XLII
del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5 El C.P.C. Humberto Blanco Pedrero, Secretario de la Contraloría General forma parte integrante de
la Administración Pública Estatal, depende del titular del Poder Ejecutivo del Estado, con fundamento
y cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente instrumento de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 2 fracción I, 8, 10 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Chiapas, así como de los artículos 1, 4 y 5 fracciones VII y XXXII del
Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General.

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