Diario Oficial de la Federación de 12/06/2019 (Contenido completo)

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Tomo DCCLXXXIX No. 9 Ciudad de México, miércoles 12 de junio de 2019
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Banco de México
Avisos
Indice en página 78
$24.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 12 de junio de 2019
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble federal denominado Agencia Foránea Progreso de
Obregón con superficie de 1,313.201 metros cuadrados, ubicado en calle 16 de Septiembre número 16, Colonia
Progreso de Obregón, Municipio Progreso de Obregón, Estado de Hidalgo, forma parte del patrimonio de
la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Sec retaría
de Hacienda.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio No. 007/2019.
DECLARATORIA POR LA QUE SE ESTABLECE QUE EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO “AGENCIA
FORÁNEA PROGRESO DE OBREGÓN” CON SUPERFICIE DE 1,313.201 METROS CUADRADOS, UBICADO EN
CALLE 16 DE SEPTIEMBRE NÚMERO 16, COLONIA PROGRESO DE OBREGÓN, MUNICIPIO PROGRESO DE
OBREGÓN, ESTADO DE HIDALGO, FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LA FEDERACIÓN.
ALAN DANIEL CRUZ PORCHINI, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX,
XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción VII y VIII, 28, fracción IV,
42 fracción III, 48, 55, 99 fracción IV y 101 fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; 2°,
Apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú blico; y 1, 3
fracciones VIII, XXVI y XXVIII, 4 fracción I inciso e), 5, 7 fracciones XIV, XVIII, XXIII y XXIV y 11 fracción XI del
Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
CONSIDERANDO
1.- Que el inmueble federal denominado “Agencia Foránea Progreso de Obregón” con superficie de
1,313.201 metros cuadrados, ubicado en calle 16 de Septiembre número 16, Colonia Progreso de Obregón,
Municipio Progreso de Obregón, Estado de Hidalgo, se encuentra bajo la posesión, control y a dministración a
título de dueño del Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Dependencia del Ejecutivo Federal, a través de su Órgano Desconcentrado Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, desde la formalización del contrato número CD-A 2015 008, de fecha 14 de
agosto de 2015, que celebraron por una parte el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes,
organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, en su carácter de liqu idador del extinto
organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro (LyFC) en liquidación y el Gobierno Federal, a trav és de la
Secretaría de la Función Pública por conducto de su entonces Órgano Desconcentrado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el que se consignó la enajenación a título gratuito y cesión
de derechos posesorios sobre bienes inmuebles integrantes del patrimonio LyFC en liquidación, estando el
inmueble objeto de la presente Declaratoria relacionado con el consecutivo número 302 del ANEXO 3 de
dicho contrato, ambos documentos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el folio real
número 146065.
2.- Que el inmueble objeto de la presente Declaratoria se encuentra controlado e n el Inventario del
Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario 13-10300-5
3.- Que dicho inmueble tiene una superficie de 1,313.201 metros cuadrados, cuya ubicación geo gráfica,
medidas y colindancias se consignan en el plano elaborado a escala 1:200, aprobado y registrado por la
Dirección del Registro Público y Control Inmobiliario bajo el número DRPCI/6290/13-10300-5/2018/T con
fecha 19 de octubre de 2018.
4.- Que con fecha 12 de agosto del 2015 la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio
del Estado de Hidalgo, emitió el Certificado No. Inscripción folio 0053323, en el que certifica que de la
búsqueda en los libros de la Sección Primera de los archivos de es a oficina registral, el inmueble objeto de
la presente Declaratoria, no se encuentra inscrito.
Miércoles 12 de junio de 2019 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
5.- Que cumplidos los requisitos legales se dio inicio al procedimiento administrativo de Declaratoria
previsto en el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, realizándose al efecto l as
siguientes diligencias:
Se publicó el aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55 fracción I de la Ley General
de Bienes Nacionales, en el periódico “Reforma” de circulación nacional, el día 22 de febrero de 2019.
Con fecha 05 de marzo de 2019 se notificó el inicio del presente proced imiento al Municipio de Progreso
de Obregón, Estado de Hidalgo, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/222/2019 de fecha 20 de febrero de 2019.
Con fecha 05 de marzo de 2019 se realizó la diligencia de notificación persona l del aviso de inicio de
procedimiento de los propietarios o poseedores de los predios colindantes al inmueble materia de la presente
Declaratoria, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/223/2019 de fecha 20 de febrero de 2019, levantándose al
efecto la cédula de notificación correspondiente.
Se publicó el segundo aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55, fracción II, de la Ley
General de Bienes Nacionales, en el periódico “Reforma” de circulación nacional, el día 14 de marzo de 2019.
Glosándose dichas actuaciones al expediente correspondiente, éste quedó a disposición de los
interesados en la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, del Instituto d e
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
6.- Que habiéndose integrado el expediente correspondiente, sustanciado debidamente el pr oceso
administrativo y transcurridos los plazos que señala el artículo 55 de l a Ley General de Bienes Nacionales sin
que se presentase oposición de parte legítimamente interesada; es procedente en términos de lo dispuesto
por el artículo 56 de la ley en cita, emitir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara que el inmueble señalado en los considerandos 1, 2 y 3 de la presente
Declaratoria, forma parte del patrimonio de la Federación con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 de
SEGUNDO.- Se declara en términos de lo dispuesto en el inciso h de la fracción IV del artículo 55 de la
Ley General de Bienes Nacionales, que la presente Declaratoria constituye el título de propiedad del inmueble
a favor del Gobierno Federal.
TERCERO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO.- Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad que corresponde a la ubicación del inmueble
objeto de esta Declaratoria y en el Registro Público de la Propiedad Federal.
QUINTO.- Cúmplase.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Ciudad de México, a los 04 días del mes de junio del dos mil diecinueve.- El Director General de
Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.

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