Diario Oficial de la Federación de 13/02/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXVII No. 10 México, D.F., viernes 13 de febrero de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 13 de febrero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del
Programa Nacional de Prevención del Delito, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO, QUE CELEBRAN POR
UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU
TITULAR EL LIC. ROBERTO CAMPA CIFRIÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA",
ASISTIDO POR LOS DIRECTORES GENERALES DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE PLANEACIÓN
ESTRATÉGICA PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL, Y DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN TERRITORIAL DE LA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MTRA. LUCILA GUERRA DELGADO Y LIC. LUIS
MIGUEL ORTIZ HARO AMIEVA, RESPECTIVAMENTE; Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", EN SU CARÁCTER DE
BENEFICIARIO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. GRACO LUIS RAMÍREZ
GARRIDO ABREU; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. MATÍAS QUIROZ MEDINA, Y LA
SECRETARIA DE HACIENDA, LA C. ADRIANA FLOREZ GARZA, ACTUANDO CONJUNTAMENTE COMO
"LAS PARTES"; ASÍ COMO EL LIC. OMAR DARÍO DE LASSÉ CAÑAS, SUBSECRETARIO DE ASESORÍA Y ATENCIÓN
SOCIAL DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, CON EL CARÁCTER DE TESTIGO, LOS
CC. JESÚS GONZÁLEZ OTERO, JORGE MORALES BARUD, SILVIA SALAZAR HERNÁNDEZ Y MIGUEL ÁNGEL COLÍN
NAVA, PRESIDENTES MUNICIPALES DE CUAUTLA, CUERNAVACA, JIUTEPEC Y TEMIXCO, RESPECTIVAMENTE, A
QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LOS MUNICIPIOS", CON EL CARÁCTER DE TESTIGOS, DE
CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
I. El artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexican os, establece
que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los
Municipios, que comprende entre otras, la prevención de los delitos para hacerla efectiva.
económicos de que dispongan la Federación y los Estados, se a dministrarán con eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
III. El artículo 2o. de la Ley General del Sistema Nacion al de Seguridad Pública, señala que la seguridad
pública tiene entre otros fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las
libertades, el orden y la paz pública, la prevención especial y general de los delitos; en ese mismo sentido,
dispone que el estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral,
sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones
para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalid ad y a la
protección de las víctimas.
IV. El artículo 3o. de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (en l o
sucesivo "Ley General") indica que la planeación, programación, implementación y evaluación de las políticas
públicas, programas y acciones se realizará en los diversos ámbitos de competencia, observando los
siguientes principios: respeto irrestricto a los derechos humanos, integralidad, intersectorialidad y
transversalidad, trabajo conjunto, continuidad de las políticas públicas, interdisciplinariedad, diversidad,
proximidad, transparencia y rendición de cuentas.
Presupuesto"), establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presu puestos
se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus
competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
VI. Que el artículo 9o., apartado B, del Presupuesto de Egresos de la Federación p ara el Ejercicio Fiscal
2015, establece que se destinan $2,683'230,000.00 (Dos mil seiscientos ochenta y tres millones doscientos
treinta mil pesos 00/100 M.N.), para el otorgamiento de apoyos en el marco d el Programa Nacional de
Prevención del Delito, los cuales se conferirán a aquellas Entidades Federativas que cumplan los
Lineamientos que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARÍA". Asimismo
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establece que la distribución de los recursos a las Entidades Federativas, deben considerar, entre otros
criterios, los de población beneficiada, incidencia delictiva y cobertura territorial de l as instituciones estatales
de seguridad pública, así como las bases para la evaluación de la aplicación de dichos recursos
y sus resultados.
El citado artículo 9o., establece que el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARÍA", habrá de
suscribir a más tardar el 31 de marzo de 2015, convenios específicos con las Entidades Federativas que
deseen adherirse a estos subsidios. Conteste con lo anterior, la disposición sexta de lo s Lineamientos señala
que los Convenios Específicos de Adhesión deberán ser firmados por las autoridades estatales y del Distrito
Federal competentes y "LA SECRETARÍA", a más tardar el 31 de enero de 2015.
VII. Con fecha 26 de Diciembre de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO
por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las Entidades Federativas en el
marco del Programa Nacional de Prevención del Delito" (en lo sucesivo, "Acuerdo"), Lineamientos que tienen
por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento, ejercicio, vigilancia y seguimiento de los recursos
federales en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito.
VIII. El artículo segundo transitorio del "Acuerdo", ordena que los convenios específicos a celebrarse con
las entidades federativas que deseen adherirse al Programa serán suscritos por la Secretaría de Gobernación,
por conducto de la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana.
DECLARACIONES
I. Declara "LA SECRETARÍA", a través de su representante que:
I.1 La Secretaría de Gobernación, es una dependencia de la Administración Pública Federal, en los
términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1o., 26 y 27 de la
I.2 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27, fracciones VIII y XII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones la de conducir las relaciones del Poder Ejecutivo
con los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios; y formular y ejecutar las políticas,
programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes; a sí como
la de coadyuvar a la prevención del delito.
I.3 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, tiene entre otras atribuciones, la de proponer el desarrollo de políticas orientadas a prevenir
el delito y reconstruir el tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente
o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las autoridades compet entes federales, estatales
y municipales.
I.4 El Lic. Roberto Campa Cifrián fue designado Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana
por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto y se encuentra
plenamente facultado para representar a la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 1o.,
2o., fracción V y 6o., fracciones IV, VI, IX y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
I.5 La Mtra. Lucila Guerra Delgado fue designada Directora General de Planeación Estratégica para la
Prevención Social por el Secretario de Gobernación, mediante nombramiento de fecha 1o. de junio de 201 3, y
se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo establecido
por los artículos 9o., fracciones III, V y XVI; 10, fracciones I y II, y 28, fracciones II, III, IV y VI del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación.
I.6 El Lic. Luis Miguel Ortiz Haro Amieva fue designado Director General de Coordinación para la
Operación Territorial por el Secretario de Gobernación, mediante nombramiento de fecha 1o. de junio de
2013, y se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo
establecido por los artículos 9o., fracciones III, V y XVI; 10, fracciones I y II, y 30, fracciones III, IV, V, VI, VIII,
I.7 Que cuenta con la autorización correspondiente de la Secretaría de Hacienda y Cr édito Público para la
celebración del presente Convenio Específico de Adhesión.
I.8 Para todos los efectos legales relacionados con est e Convenio Específico de Adhesión, señala como
su domicilio el ubicado en Abraham González número 48, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc,
Código Postal 06600, en México, Distrito Federal.

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