Diario Oficial de la Federación de 13/09/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXX No. 9 Ciudad de México, jueves 13 de septiembre de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 124
$19.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de septiembre de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas del 29 de agosto
al 1 de septiembre de 2018, en 8 municipios del Estado de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio número SGG/729/2018 de fecha 4 de septiembre de 2018, y suscrito p or el
Secretario General de Gobierno del Estado de México, Lic. Sergio Alejandro Ozuna Rivero, se solicitó a la
Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC),
la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de S an Mateo Atenco, Toluca, Zinacantepec,
Metepec, Rayón, Ocoyoacac, Xonacatlán y Lerma de dicha Entidad Federativa, por la presencia de lluvia
severa e inundación fluvial del 29 de agosto al 1 de septiembre de 2018; ello, con el prop ósito de acceder a
los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1500/2018, de fecha 4 de septiembre de 2018, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico co rres pond ient e pa ra, en su cas o, e miti r la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de México, solicitados en el oficio número
SGG/729/2018 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-428 de fecha 5 de septiembre de 2018, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa el 29 de agosto de 2018 para los municipios
de San Mateo Atenco, Toluca, Zinacantepec, Metepec, Rayón, Ocoyoacac, Xonacatlán y Lerma del Estado de
México, así como inundación fluvial del 29 de agosto al 1 de septiembre de 2018 para los municipios de San
Mateo Atenco, Toluca, Zinacantepec, Metepec y Xonacatlán de dicha Entidad Federativa.
Que el día 5 de septiembre de 2018 se emitió el Boletín de Prensa número 291/18, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de San Mateo Atenco,
Toluca, Zinacantepec, Metepec, Rayón, Ocoyoacac, Xonacatlán y Lerma del Estado de México, por la
presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas del 29 de agost o al 1 de septiembre de 2018, con lo que
se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las
autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la
población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN
FLUVIAL OCURRIDAS DEL 29 DE AGOSTO AL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2018, EN 8 MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE MÉXICO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de San Mateo Atenco, Toluca, Zinacantepec,
Metepec, Rayón, Ocoyoacac, Xonacatlán y Lerma del Estado de México, por la presencia de lluvia severa e
inundación fluvial ocurridas del 29 de agosto al 1 de septiembre de 2018.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de México pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a cinco de septiembre de dos mil dieciocho.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Jueves 13 de septiembre de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Asamblea Cristiana Evangélica Bíblica, para
constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. HUGO ISAAC GONZÁLEZ PADILLA Y FIRMANTES, DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA ASAMBLEA CRISTIANA
EVANGELICA BIBLICA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud d e registro de la
agrupación denominada ASAMBLEA CRISTIANA EVANGELICA BIBLICA, para constituirse en asociación
religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo;
cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Juan Sabines Gutiérrez, esquina C. Vicente Guerrero, manzana 13, lote 1 20, Colonia
29 de Diciembre, Municipio de Tuzantán, Estado de Chiapas, Código Postal 30680.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en avenida J uan
Sabines Gutiérrez, esquina C. Vicente Guerrero, manzana 13, lote 120, Colonia 29 de Diciembre, Municipio de
Tuzantán, Estado de Chiapas, Código Postal 30680, manifestado de manera unilateral en uso bajo contrato
de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto,
el siguiente: “Predicar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: María de Jesús Padilla Martínez y/o Hugo Isaac González Padilla.
VI.- Relación de asociados: Hugo Isaac González Padilla, Ruth Yesenia González Padilla, Hugo González
Solís, María de Jesús Padilla Martínez, Berzain González Solís, Luz María Martínez López y Abdías Pedro
Jiménez Santiz.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Hugo Isaac González Padilla, Presidente;
Ruth Yesenia González Padilla, Secretaria; Luz María Martínez López, Tesorera; y Abdías Pedro Jiménez
Santiz, Vocal.
IX.- Ministros de culto: Hugo González Solís y Berzain González Solís.
X.- Credo religioso: Cristiano evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los seis días del mes de septiembre de dos mil dieciocho.-
El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.-
Rúbrica.

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