Diario Oficial de la Federación de 14/04/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIX No. 10 México, D.F., martes 14 de abril de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Agencia Espacial Mexicana
Instituto Mexicano del Seguro Social
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 126
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 14 de abril de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el
fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial, que celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Colima.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE SUS INSTITUCIONES
DE SEGURIDAD PÚBLICA EN MATERIA DE MANDO POLICIAL”, EN LO SUCESIVO “SUBSIDIO”, QUE CELEBRAN EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO
EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, Y EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADA POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MARIO ANGUIANO MORENO, ASISTIDO POR EL
SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. GUSTAVO ALLEN URSÚA
CALVARIO, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LOS PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON
EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas
74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 9 apartado A, del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE
EGRESOS”, y las demás disposiciones jurídicas aplicables al presente “CONVENIO”, razón por la cual se
obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos l egales y
administrativos conducentes.
DECLARACIONES:
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad
con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente
“LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Públic a por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para celebrar el presente “CONVENIO”, de conformidad con los artículos 17 y 18,
fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 9 del “PRESUPUESTO DE EGRESOS”; 69, párrafo
segundo y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 5 y 8, fracción XII
del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Públi ca, y 17 de
los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el fortalecimiento
de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial para e l ejercicio fiscal
2015, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero del 2015, en lo
sucesivo “LINEAMIENTOS”.
Martes 14 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en avenida General Mariano Escobedo, número 456, piso 12, colonia Nueva Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSIDIO” designa a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1,
colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y població n, libre y soberano en
cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y pop ular, como
lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a partir del
1 de noviembre de 2009; por lo que cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”; en términos
de los artículos 50, 58, fracciones I y XLII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Colima; 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Colima; 104 y 118, fracc ión V, de la
Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima y demás disposiciones aplicables.
II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en Reforma No. 37, colonia Centro, Código Postal 28000, en la Ciudad de Colima, Colima.
II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSIDIO” designa al Secretari ado
Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en Emilio Carranza esquina con Ejército
Nacional sin número, Colonia Centro, Código Postal 28000, en la Ciudad de Colima, Colima.
III. DECLARAN “LOS PARTICIPANTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el presente “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable adhiriéndose a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO Y NATURALEZA DE LOS RECURSOS. El presente “CONVENIO” tiene por objeto
que “EL SECRETARIADO” transfiera recursos presupuestarios federales del “SUBSIDIO” a “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, para apoyar sus programas en
materia de equipamiento y reorganización de estructuras de mando policial, y con ello, contribuir a fortalecer
sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial, conforme a los Programas con Prioridad
Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9, apartado A del “PRESUPUESTO DE EGRESOS”.
Los recursos del “SUBSIDIO” a que se refiere el objeto del presente “CONVENIO”, son no regularizables,
parcialmente concursables, y no pierden el carácter federal al ser transferidos según lo dispuesto en el artículo
4 de los “LINEAMIENTOS”. “LA ENTIDAD FEDERATIVA” libera a “EL SECRETARIADO” de la obligación de
ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aun y cuando los requiera para completar las acciones
derivadas del presente “CONVENIO”, o para cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo,
conforme lo previsto en el “PRESUPUESTO DE EGRESOS”.
SEGUNDA.- MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “SUBSIDIO”. De conformidad con el
“PRESUPUESTO DE EGRESOS” y los “LINEAMIENTOS”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” podrá recibir la
cantidad de $68,458,178.00 (SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
CIENTO SETENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) de los recursos del “SUBSIDIO”, salvo que participe en la
bolsa de recursos concursables, en cuyo caso podrá recibir recursos adicionales. Recursos que deberán ser
depositados en una cuenta bancaria específica productiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de
la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que permita su identificación para efectos de comprobación
de su ejercicio y fiscalización a que se refiere el inciso B) de la Cláusula Tercera del presente “CONVENIO”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR