Diario Oficial de la Federación de 14/04/2021 (Contenido completo)

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No. de edición del mes: 10 Ciudad de México, miércoles 14 de abril de 2021
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Consejo Nacional de Normalización y
Certificación de Competencias Laborales
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Avisos
Indice en página 751
2 DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de abril de 2021
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1855 a favor de la ciudadana Lissette
Todoberto Kuyoc, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana del Aeropuerto Internacional de la
Ciudad de México como aduana de adscripción.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Adu anas.-
Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
G.800.02.00.00.00.21-4513
Asunto: Acuerdo de otorgamiento de patente de Agente Aduanal por sustitución.
Vista la resolución contenida en el oficio número G.800.02.00.00.00.21-4510 de fecha 11 de m arzo de
2021, mediante la cual, se ordena expedir la patente de agente aduanal por sustitución, a favor de la
C. Lissette Todoberto Kuyoc; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 8, 14, 16, 17, 31 fracción
IV y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 17, 18, 26 y 31,
fracciones XI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, Apartado D, fracción I, 98-B y
98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1, 2, 3, 4, 7, fracciones II, VII y
XVIII, y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 1, 2 primer párrafo, apartado B,
fracción II, inciso b) y segundo párrafo, 5 primer párrafo, 13, fracción II en relación con el 12, fracción II, 19
primer párrafo, fracciones XIX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV, último párrafo, numeral 2 y 20, apartado B,
fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de agosto de 2015; 1, 2, fracciones II y XXI, 35, 36, 36-A, 54, primer párrafo, 59-A, 144, 1 59,
160, 161, 162, 163, 164, 165, 166 y 167 de la Ley Aduanera; 1, 51, fracción II de la Ley Federal de Derechos;
1, primer y último párrafo, 5, 12, 18, 18-A, 19, 32-D, 33, último párrafo, 38, 63 primer y último párrafo y 135 del
Código Fiscal de la Federación; 13 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Reglas 1.2.2., y
1.4.14. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus correlativas 1.4.13. y 1.4.14., para
2019 y su correlativa 1.4.11. para 2020; así como en las fichas de tr ámite 19/LA y 20/LA denominadas:
Solicitud para expedir la patente, a través del "Acuerdo de otorgamiento de patente de agente aduanal por
sustitución" y Solicitud de publicación en el Diario Oficial de la Federación del "Acuerdo de otorgamiento de
patente de agente aduanal por sustitución", respectivamente, contenidas en el Anexo 1-A de las citadas
reglas, toda vez que el domicilio fiscal de la interesada se encuentra dentro del territorio nacional; se procede
a emitir el siguiente:
ACUERDO
Primero. - Se otorga patente de agente aduanal número 1855 a favor de la C. Lissette Todoberto Kuyoc
para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana del Aeropuerto Internacional de l a Ciudad de México,
como aduana de adscripción.
Segundo. - Autorícese a la C. Lissette Todoberto Kuyoc, actuar ante las aduanas de Ciudad Juárez,
Nuevo Laredo y Toluca como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas e l
agente aduanal del cual se obtiene la patente.
Tercero. - Notifíquese personalmente a la C. Lissette Todoberto Kuyoc, el presente Acuerdo.
Cuarto. - Gírese atento oficio a los administradores de la aduana de adscripción y las aduanas adicionales
autorizadas a la agente aduanal para ejercer funciones con tal carácter, para su conocimiento y efectos
correspondientes.
Atentamente.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2021.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas,
Lic. Leonardo Contreras Gómez.- Rúbrica.
(R.- 505210)
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1835 a favor de la ciudadana
Carolina De la Garza González, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Veracruz como aduana
de adscripción.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Adu anas.-
Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
Oficio: G.800.02.00.00.00.21-1379
Asunto: Acuerdo de otorgamiento de patente de Agente Aduanal por sustitución.
Vista la resolución contenida en el oficio número G.800.02.00.00.00.21-1361 de fecha 29 de enero de
2021, mediante la cual, se ordena expedir la patente de agente aduanal por sustitución, a favor de la
C. Carolina De la Garza González; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 8, 14, 16, 17, 31
fracción IV y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 17, 18, 26 y 31,
Miércoles 14 de abril de 2021 DIARIO OFICIAL 3
fracciones XI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, Apartado D, fracción I, 98-B y
98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1, 2, 3, 4, 7, fracciones II, VII y
XVIII, y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 1, 2 primer párrafo, apartado B,
fracción II, inciso b) y segundo párrafo, 5 primer párrafo, 13, fracción II en relación con el 12, fracción II, 19
primer párrafo, fracciones XIX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV, último párrafo, numeral 2 y 20, apartado B,
fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de agosto de 2015; 1, 2, fracciones II y XXI, 35, 36, 36-A, 54, primer párrafo, 59-A, 144, 1 59,
160, 161, 162, 163, 164, 165, 166 y 167 de la Ley Aduanera; 1, 51, fracción II de la Ley Federal de Derechos;
1, primer y último párrafo, 5, 12, 18, 18-A, 19, 32-D, 33, último párrafo, 38, 63 primer y último párrafo y 135 del
Código Fiscal de la Federación; 13 del Reglamento del Código Fiscal de la Federació n; Reglas 1.2.2. y 1.4.14,
de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus correlativas 1.4.13. y 1.4.14. para 2019 y su
correlativa 1.4.11. para 2020; así como en las fichas de trámite 19/LA y 20/LA denominadas: Solicitud para
expedir la patente, a través del "Acuerdo de otorgamiento de patente de agente aduanal por sustitución" y
Solicitud de publicación en el Diario Oficial de la Federación del "Acuerdo de otorgamiento de patente de
agente aduanal por sustitución", respectivamente, contenidas en el Anexo 1-A de las citadas reglas, toda vez
que el domicilio fiscal de la interesada se encuentra dentro del territorio nacional; se procede a emitir el
siguiente:
ACUERDO
Primero. - Se otorga patente de agente aduanal número 1835 a favor de la C. Carolina De la Garza
González para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Veracruz, como aduana de adscripción.
Segundo. – Autorícese a la C. Carolina De la Garza González, actuar ante las aduanas de Ciudad
Reynosa, Matamoros y Nuevo Laredo, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía
autorizadas el agente aduanal del cual se obtiene la patente.
Tercero. – Notifíquese personalmente a la C. Carolina De la Garza González, el presente Acuerdo.
Cuarto. - Gírese atento oficio a los administradores de la aduana de adscripción y las aduanas adicionales
autorizadas a la agente aduanal para ejercer funciones con tal carácter, para su conocimiento y efectos
correspondientes.
Atentamente.
Ciudad de México, a 29 de enero de 2021.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas,
Lic. Leonardo Contreras Gómez.- Rúbrica.
(R.- 505207)
OFICIO 500-05-2021-10833 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción
de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal
Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2021-10833
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que
DESVIRTUARON la presunción de inexistencia
de operaciones prevista en el primer párrafo del
artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16,
primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8,
fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación
del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Fed eración el
12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero,
13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y
último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de
conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dic ho Reglamento;
Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los
Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafo sexto del Código
Fiscal de la Federación, comunica lo siguiente:
Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de
Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales qu e
emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la

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