Diario Oficial de la Federación de 15/12/2014 (Contenido completo)

Fecha de disposición15 Diciembre 2014
Fecha de publicación15 Diciembre 2014
Tomo DCCXXXV No. 13 México, D.F., lunes 15 de diciembre de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de la Función Pública
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 110
$20.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 15 de diciembre de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 25 y 26 de noviembre de
2014, en el Municipio de Ocotepec del Estado de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 27 de noviembre de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 635, mediante el cual se dio a
conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergenc ia al municipio de
Ocotepec del Estado de Chiapas, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 25 y 26 de noviembre
de 2014, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de diciembre de 2014.
Que mediante oficio número DGPC/1021/2014, de fecha 7 de diciembre de 2014, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la propia DGPC se
puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el día 7 de diciembre de 2014, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 654, a través del cual dio
a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia emitida el 27 de noviembre de 2014 con el
diverso Boletín de Prensa 635 para el municipio de Ocotepec del Estado de Chiapas, por la presencia de
lluvia severa ocurrida los días 25 y 26 de noviembre de 2014.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA OCURRIDA LOS
DÍAS 25 Y 26 DE NOVIEMBRE DE 2014, EN EL MUNICIPIO DE OCOTEPEC DEL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Ocotepec del Estado de Chiapas, por la presencia de lluvia
severa ocurrida los días 25 y 26 de noviembre de 2014.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los
LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a siete de diciembre de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 15 de diciembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE ECONOMIA
SEGUNDO Anexo de Ejecución para el ejercicio fiscal 2014 para el desarrollo de la competitividad de la micro,
pequeña y mediana empresa, celebrado por el Instituto Nacional del Emprendedor y el Estado de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría d e Economía.-
Instituto Nacional del Emprendedor.
SEGUNDO ANEXO DE EJECUCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 PARA EL DESARROLLO DE LA
COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA CELEBRADO POR UNA PARTE POR EL
INSTITUTO NACIONAL EMPRENDEDOR REPRESENTADO POR EL LIC. ENRIQUE JACOB ROCHA, EN SU CARÁCTER
DE PRESIDENTE, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL LIC. OVIDIO CORTÁZAR RAMOS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE
ECONOMÍA; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EN EL ORDEN INDICADO COMO EL “INADEM” Y
LA “SECRETARÍA”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 06 de febrero de 2014, los titulares del “INADEM” y el Gobierno del Estado de Chiapas, a
partir de ahora la “SECRETARÍA”, celebraron el Convenio de Coordinación, en lo sucesivo referido
como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, con el objeto de establecer las bases y procedimientos
de coordinación y cooperación, entre las partes para promover el desarrollo económico a nivel
regional y sectorial.
II. En la Cláusula Sexta del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, se estableció el compromiso del
“INADEM” y la “SECRETARÍA” de formalizar los Anexos de ejecución, relativos al cumplimiento de
las actividades contenidas en éste, en cuya formulación se considerarían, cuando menos, la
aportación y aplicación de los recursos necesarios, las modalidades a que se sujetaría su actuac ión
conjunta y su participación operativa, así como los instrumentos y mecanismos de control operativo y
financiero con los que colaborarían para el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.
III. Conforme a la Declaración 2.4, así como la Cláusula Sexta del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”,
se previó la suscripción del presente Anexo de Ejecución señalando por parte del “GOBIERNO DEL
ESTADO” al Secretario de Economía en la Entidad Federativa, con sujeción al cumplimiento de las
disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
IV. Con el objeto de fomentar el desarrollo económico nacional, regional y sectorial mediante el
fortalecimiento acordonado, planificado y sistemático del emprendimiento y del desarrollo empresarial
en todo el territorio nacional, así como impulsar la consolidación de una economía innovadora,
dinámica y competitiva, la Secretaría de Economía, publicó el 28 de diciembre de 2013 en el Diario
Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio
Fiscal 2014 en lo sucesivo denominadas las “Reglas de Operación del Fondo Nacional
Emprendedor”.
DECLARACIONES
1. Declara el “INADEM” que el Lic. Enrique Jacob Rocha en su carácter de Presidente, cuenta con las
facultades necesarias para suscribir el presente Anexo de Ejecución, de conformidad con lo previst o
en el artículo 57 BIS párrafo tercero y fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía; numeral 6 fracciones I y VII del Acuerdo que regula la organización y funcionamie nto
interno del Instituto Nacional Emprendedor.
2. Declara el “INADEM” que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para el otorgamiento
de los apoyos a que se refiere la cláusula segunda de este Anexo de Ejecución.
3. Declara la “SECRETARÍA” que el Lic. Ovidio Cortázar Ramos en su carácter de Secretario de
Economía en el Estado de Chiapas, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 07 de
enero de 2013, signado al calce por el Lic. Manuel Velasco Coello, en su carácter de Gobernador
Constitucional del Estado de Chiapas; así como con las facultades conferidas en los artículos 2,
fracción I, 5, 6, 20, 27 fracción VII y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Chiapas; 2, 3 y 12 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía del Estado
de Chiapas.
4. Declaran el “INADEM” y la “SECRETARÍA” que ratifican las declaraciones y obligaciones asumidas
en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y que el presente instrumento forma parte integrante
del mismo.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- EL “INADEM” y la “SECRETARÍA”, suscriben el presente Anexo de Ejecución con el objeto de
establecer las condiciones específicas de asignación de apoyos de carácter temporal para los proyectos de
carácter estatal que sean elegidos conforme a las “Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor” y
demás disposiciones legales aplicables.

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