Diario Oficial de la Federación de 16/10/2018 (Contenido completo)

Fecha de disposición16 Octubre 2018
Fecha de publicación16 Octubre 2018
Tomo DCCLXXXI No. 12 Ciudad de México, martes 16 de octubre de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Cultura
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tribunal Unitario Agrario
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 93
$19.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 16 de octubre de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, que celebran la
Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, y el
Estado de San Luis Potosí.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO
MUNICIPAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE
GOBERNACIÓN, A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO MUNICIPAL,
REPRESENTADO POR EL COORDINADOR, GUILLERMO DELOYA COBIÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL INAFED”; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN
LUIS POTOSÍ, REPRESENTADO POR JUAN MANUEL CARRERAS LÓPEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO, ASISTIDO POR ALEJANDRO LEAL TOVÍAS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, Y LUIS GERARDO
ALDACO ORTEGA, COORDINADOR ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS, A
QUIENES EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁN “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”; Y ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE
LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 40 que es vo luntad del
pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de
Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; unidos en una Federación
establecida según los principios de la Ley fundamental.
En términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos
de las entidades federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la
planeación nacional del desarrollo, coadyuven a la consecución de los objetivos de la misma, y para que las
acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta, considerando la
participación que corresponda a los municipios.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en lo sucesivo (PND), prevé en la Meta Nacional “México en
Paz”, el numeral I.1. “Diagnóstico: México demanda un pacto social más fuerte y con plen a vigencia”, del cual
se establece que es imperativo avanzar hacia un federalismo articulado en el que todos los órdenes de
gobierno asuman corresponsablemente sus funciones, sin que nadie sea marginado de participar en alcanzar
los grandes objetivos nacionales. Adicionalmente, se establece que a través de mecanismos de di álogo y
concertación intergubernamental se podrán alcanzar las grandes Metas Nacionales.
El PND contempla dentro de la Meta Nacional I. “México en Paz”, el Objetivo 1.1. “Promover y fortalecer la
gobernabilidad democrática”, y a su vez, tal objetivo establece la Estrategia 1.1. 3. “Impulsar un federalismo
articulado mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes de gobier no”,
contemplándose entre otras líneas de acción “Promover el desarrollo de capacidades institucionales y
modelos de gestión para lograr administraciones públicas estatales y municipales efectivas”.
Es necesario promover el fortalecimiento de las capacidades institucionales y modelos de gestión para
lograr administraciones públicas efectivas, modernas y cercanas a la ciudadanía, qu e contribuyan a construir
un México en paz, incluyente, próspero, con educación de calidad y con responsabilidad global.
El Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contempla dentro de su Objetivo Sectorial 1. “Promover
y fortalecer la gobernabilidad democrática”, la Estrategia 1.4. “Impulsar un federalismo articulado que
promueva una mayor coordinación y corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno”, estableciéndose
entre otras, la Línea de acción 1.4.2. “Promover el desarrollo de capacidades institucionales en estados y
municipios”.
A “EL INAFED” le corresponde, entre otras atribuciones, promover la realización de acciones para el
fortalecimiento del federalismo entre las autoridades federales, de las entidades fed erativas y municipales, así
como para el desarrollo y la colaboración regional, estatal, municipal y metropolitana que prevean una mayor
participación de la comunidad, de las asociaciones de municipios, así como de las distintas organizaciones
sociales y privadas en la materia en términos del artículo 73, fracción V del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, en lo sucesivo (RISEGOB), publicado en el Diario Oficial de la Federación, con
fecha 2 de abril de 2013.
Martes 16 de octubre de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Con fecha 30 de abril de 2012, “LAS PARTES” celebraron el Convenio Marco de Coordinación en materia
de Federalismo, Descentralización y Desarrollo Municipal, el cual concluyó su vig encia el 30 de noviembre
de 2012.
De acuerdo a los antecedentes expuestos, “LAS PARTES” otorgan las siguientes:
DECLARACIONES
I. “EL INAFED” declara por conducto de su representante que:
I.1. La Secretaría de Gobernación es una Dependencia de la Administración Pública Federal
Centralizada, según lo disponen los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y 1 del RISEGOB.
I.2. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto es
formular, conducir y evaluar las políticas y acciones de la Administración Pública Federal en materia
de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, de conformidad con lo establecido en los
artículos 2, apartado C, fracción II, 69, 72 y 73 del RISEGOB.
I.3. Su Coordinador, Guillermo Deloya Cobián, se encuentra debidamente facultado para suscribir el
presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, fracción V, 73, fracción
XIV y 75 del RISEGOB.
I.4. Para efectos de este convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle Roma, número 41, 4o.
piso, colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.
II. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” declara por conducto de su representante que:
II.1. El Estado de San Luis Potosí, es una Entidad Libre y Soberana que forma parte integrante de la
Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 2o. y 3o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de San Luis Potosí.
II.2. Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis
Potosí, está facultado legalmente para celebrar el presente convenio, con fundamento en lo
establecido por los artículos 72 y 80, fracciones XVII y XXIX de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de San Luis Potosí; en relación con los artículos 2o., 12, 13, 21 y 25 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; asimismo, acredita su
personalidad de conformidad con lo establecido en la Declaratoria de Validez de la Elección de
Gobernador Constitucional del Estado para el periodo del 26 de septiembre de 2015 al 25 de
septiembre de 2021, emitida por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, publicada
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”, el 5 de septiembre de 2015.
II.3. Alejandro Leal Tovías, Secretario General de Gobierno, cuenta con las atribuciones legales para
suscribir el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 3o., fracción I, inciso a), 13, 21,
25, 31, fracción I y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Lu is Potosí,
y acredita su personalidad con el nombramiento para ejercer dicho cargo.
II.4. La Coordinación Estatal para el Fortalecimiento Institucional de los Municipios es un órgano
administrativo desconcentrado del Poder Ejecutivo Estatal, sectorizado a la Secretaría General de
Gobierno, la cual tiene por objetivo formular, conducir, orientar y evaluar las políticas y acciones de la
Administración Pública Estatal, en materia de fortalecimiento institucional de los Municipios.
II.5. Luis Gerardo Aldaco Ortega, Coordinador Estatal para el Fortalecimiento Institucional de los
Municipios, cuenta con las atribuciones legales para suscribir el presente convenio de conformida d
con lo dispuesto en los artículos 4, fracción I, 5, fracciones I, II y VIII del Decreto de Creación de la
Coordinación Estatal para el Fortalecimiento Institucional de los Municipios.
II.6. Para efectos del presente instrumento, señala como domicilio sus oficinas ubicadas en el interior del
Parque Tangamanga II de Avenida Fray Diego de la Magdalena S/N en el Fraccionamiento Industrial
Aviación, Zona Norte, Código Postal 78140, en la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí.

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