Diario Oficial de la Federación de 17/04/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIX No. 13 México, D.F., viernes 17 de abril de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 125
$33.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 17 de abril de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito
Federal, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado
de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO “CONVENIO”, DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA
SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO “FASP”, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR,
EL C. MANUEL VELASCO COELLO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA, C. CARLOS HUMBERTO TOLEDO ZARAGOZA; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES
DENOMINARÁ “LAS PARTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LAS PARTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, el marco
jurídico vigente aplicable al presente “CONVENIO”, razón por la cual se obligan a él como si estuvi era inserto
a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad
con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente
“Ley General”, 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
I.2 El C. Carlos Hurtado Valdez, fue designado Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de
Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad
con los artículos 17, párrafo segundo de la “Ley General”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18,
fracciones VII y XXV de la “Ley General”, 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, colonia Nueva Anzures, Deleg ación
Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación y seguimiento del “FASP” designa a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, coloni a Nueva
Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11590, México, Distrito Federal.
Viernes 17 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante del Estado Mexicano, con territorio y población, libre y sober ano en cuanto a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo
preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 1 y 2 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, cuyo Po der Ejecutivo es
ejercido por el Gobernador del Estado.
II.2 Asumió el cargo de Gobernador del Estado de Chiapas, a partir del 08 de diciembre de 2012; por lo
que cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”, en términos de los artículos 39, Apartado
B, fracciones I y II y 142 de la “Ley General”; 36 y 44, fracción I de la Constitución Política de l Estado
de Chiapas; 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y demás
disposiciones legales aplicables.
II.3 El Poder Ejecutivo constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, en términos de lo
II.4 El Secretario de Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, cuentan con facultades para
celebrar el “CONVENIO” de conformidad con los dispuesto en los artículos 45, párrafo primero, de la
Constitución Política del Estado de Chiapas; 2, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Chiapas y 1, 4, 20 y 22, fracciones I y X del Decreto por el que se crea el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública.
II.5 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
“CONVENIO”.
II.6 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Central y Segunda Oriente Norte, Sin Número, Palacio de Gobierno, Primer Piso, Colonia
Centro, Código Postal 29000, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
II.7 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FASP” designa al Secretariado
Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en: Boulevard Fidel Velázquez S/N.
Fraccionamiento las Águilas, C.P. 29047.
III. DECLARAN “LAS PARTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente “CONVENIO” tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES” para que a través de
los recursos autorizados por el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015,
complementados con la aportación de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, dicha entidad esté en condiciones de
atender con oportunidad los acuerdos, resoluciones, lineamientos, estrategias y políticas, en el marco de los
Programas con Prioridad Nacional y Locales aprobados por el Consejo Naci onal de Seguridad Pública, con
base en lo preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “FASP”.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y los
Criterios de distribución, fórmulas y variables para la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal 2015 y el resultado de su
aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2015, “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $332’876,449.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) de
los recursos provenientes del “FASP”.

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