Diario Oficial de la Federación de 17/09/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLIV No. 12 México, D.F., jueves 17 de septiembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Tribunal Unitario Agrario
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 127
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 17 de septiembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación y Colaboración que celebran la Secretaría de Gobernación, el Estado de Yucatán y
el Consejo de Notarios de Yucatán.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA “SEGOB”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LIC. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG Y POR LA OTRA PARTE,
EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL “GOBIERNO DEL
ESTADO”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO
Y EL CONSEJO DE NOTARIOS DE YUCATÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL “CONSEJO”,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE, LIC. LUIS ENRIQUE LÓPEZ MARTÍN, Y A QUIENES
ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La “SEGOB” cuenta, dentro del ámbito de sus atribuciones, con la facultad y obligación de compilar y
sistematizar las disposiciones jurídicas de carácter general y obligatorio, y poner a disposición del público esta
información a través de medios electrónicos, publicaciones, eventos, capacitación y demás mecanism os que
sean idóneos; así como colaborar con las autoridades competentes para la creación de una base de datos
nacional de avisos de testamento para la integración, funcionamiento, evaluación y actualización permanente
del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional de acuerdo con los convenios de
coordinación necesarios, con la finalidad de propiciar la cultura de la leg alidad y fortalecer el Estado
de Derecho.
Por lo anterior, es necesario establecer ese diálogo jurídico con la sociedad y generar los espacios de
información jurídica adecuados para la difusión de la cultura de la legalidad como una política pública
debidamente programada en la planeación del desarrollo nacional.
Con el propósito de contribuir a la certeza y seguridad jurídicas en materia de d erecho sucesorio, la
Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Yucatán suscribieron un convenio de coordinación
para constituir el Registro Nacional de Avisos de Testamento, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de febrero de 2003.
El 23 de enero de 2004, empezó a funcionar la base de datos del Registro Nac ional de Avisos de
Testamento, el cual expide de manera automática y por vía electrónica, a solicitud fundada y motivada de la
autoridad competente de las Entidades Federativas, un reporte de búsqueda nacional del aviso o avisos d e
testamento que hubiese otorgado el autor de una sucesión.
El Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento se integra con servidores públicos
de la Secretaría de Gobernación y con representantes del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, a efecto
de evaluar y dar seguimiento a las acciones que permitan la consolidación de este nuevo servicio público.
El Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento y del Registro Nacional de Avisos
de Poderes Notariales, ha dado origen a las propuestas de reforma legislativa local que la Secretaría de
Gobernación ha puesto a consideración de los gobiernos de las Entidades Federativas.
El “CONSEJO” tiene dentro de sus atribuciones la organización y el correcto ejercicio de la función notarial
en el Estado de Yucatán, conforme a los preceptos de la Ley del Notariado del Estado de Yucatán.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013–2018 establece la necesidad de promover el f ortalecimiento de las
capacidades institucionales y modelos de gestión para lograr administraciones públicas efectivas, modernas y
cercanas a la ciudadanía, que contribuyan a construir un México en paz, incluyente, próspero, con educación
de calidad y con responsabilidad global.
Con la finalidad de fortalecer a la Administración Pública Federal, así como promove r la participación
ciudadana en la gestión pública “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente convenio, al
tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
1. LA “SEGOB” DECLARA QUE:
1.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en los términos de los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, fracción I, 26 y 27 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual dentro de sus atribuciones tiene la de conducir la
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política interior del poder ejecutivo cuando no se atribuya expresamente a otra dependencia; asimis mo, es
competente para conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los Gobiernos de las Entidades Federativas
y de los Municipios, así como con las demás Autoridades Federales y Estatales.
1.2. Tiene como facultad favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y
consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las condiciones
de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad
democrática; así como para contribuir a dar sustento a la unidad nacional.
1.3. El Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación cuenta con facultades para celebrar el
presente convenio, con el nombramiento expedido por el Presidente de la República Mexicana, Lic. Enrique
Peña Nieto, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación.
1.4. Señala como domicilio el ubicado en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Delegación
Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
2. EL “GOBIERNO DEL ESTADO” DECLARA QUE:
2.1. De conformidad con los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, es u n
Estado autónomo, Libre y Soberano en su régimen interior.
2.2. El Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador del Estado de Yucatán se encue ntra facultado para
suscribir el presente convenio de conformidad con los artículos 16 y 44 d e la Constitución Política del Estado
de Yucatán, así como 14, fracción V, del Código de la Administración Pública de Yucatán.
2.3. Señala como su domicilio el inmueble denominado “Palacio de Gobierno”, ubicad o en la Calle 61,
entre las Calles 60 y 62, Colonia Centro, Código Postal 97000, en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán.
3. EL “CONSEJO” DECLARA QUE:
3.1. Cuenta con autonomía en el ejercicio de sus funciones, así como con personalidad jurídica propia y
está representado por su presidente.
3.2. El Lic. Luis Enrique López Martín, presidente del Consejo cuenta con facultades para suscri bir el
presente convenio, de conformidad con los artículos 114 y 117 fracción VI de la Ley del Notariado del Estado
de Yucatán y 167 de su Reglamento.
3.3. Señala como domicilio el ubicado en Calle 33-B No. 516-B Planta Alta, entre las Calles 62 y 62-A,
Colonia Centro, Código Postal 97000, en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán.
4. “LAS PARTES" POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES DECLARAN QUE:
4.1. Es su voluntad colaborar de la forma más amplia y respetuosa para el cumplimiento y desarrollo del
objeto y las actividades que se deriven del presente convenio.
4.2. Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia, colaboraci ón y
apoyo para la consecución del objeto de este instrumento, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. El presente convenio tiene por objeto coordinar y concertar las acciones conjuntas
entre “LAS PARTES” para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollen actividades para la
automatización del envío de la información al Registro Nacional de Aviso de Testamento, a través del uso de
las tecnologías de información y comunicación, así como colaborar en aquellas materias en que tengan
experiencia e injerencia, relacionadas con el uso de la informática aplicada a las ciencias jurídicas.
SEGUNDA.- COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. En los términos del presente instrumento y derivado de
los calendarios, programas y acciones de trabajo que serán acordados por escrito entre “LAS PARTES”,
dentro del ámbito de sus respectivas competencias; se desarrollarán actividades, estudios y proyec tos en
conjunto, como los que a continuación se mencionan de manera enunciativa mas no limitativa:
a) Realizar las gestiones y acciones necesarias para la automatización del envío de la información
generada en el estado de Yucatán al Registro Nacional de Avisos de Testamento.
b) Impulsar la actualización y desarrollo constante para el mantenimiento de la operación del Registro
Nacional de Avisos de Testamento.
c) Fomentar la cultura de la legalidad para el otorgamiento de testamentos públicos a biertos en el
territorio mexicano, realizando de manera anual, la campaña del “Mes del testamento”.

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