Diario Oficial de la Federación de 17/07/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXVI No. 11 Ciudad de México, lunes 17 de julio de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Instituto Mexicano del Seguro Social
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 125
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 17 de julio de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial en el
Municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas, ocurridas el día 23 de junio de 2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 27 de junio de 2017 se emitió el Boletín de Prensa número 180/17, mediante el cual se dio a
conocer que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) por conducto de la Coordinación Nacional de Protección
Civil (CNPC), declaró en emergencia al municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas por la presencia
de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial ocurridas el día 23 de junio de 2017, pu blicándose la Declaratoria
Que mediante oficio número DGPC/0690/2017, de fecha 7 de julio de 2017, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten,
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha des aparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el 7 de julio de 2017, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 192/17, a través del cual di o a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para el municipio de Tuxtla Gutiérrez del
Estado de Chiapas por la presencia de lluvia severa e inundación pluvi al y fluvial ocurridas el día 23 de junio
de 2017.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
E INUNDACIÓN PLUVIAL Y FLUVIAL EN EL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIÉRREZ DEL
ESTADO DE CHIAPAS, OCURRIDAS EL DÍA 23 DE JUNIO DE 2017
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas por la presencia de
lluvia severa e inundación pluvial y fluvial ocurridas el día 23 de junio de 2017.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a siete de julio de dos mil diecisiete.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 17 de julio de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se otorga la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, en grado de Collar, al
Excelentísimo Señor Marcelo Nuno Duarte Rebelo de Sousa, Presidente de la República Portuguesa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción l, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 2, 3, 5, 6, fracción ll, 11, 33, 40, y 41, fracción I, de la Ley de Premios, Estímulos y
Recompensas Civiles, y
CONSIDERANDO
Que es propósito del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos reconocer al Excelentísimo Señor
Marcelo Nuno Duarte Rebelo de Sousa, Presidente de la República Portuguesa, por su disposi ción y
compromiso para fortalecer la relación entre México y Portugal en beneficio de ambas naciones;
Que desde que tomó posesión como Presidente de la República Portuguesa, el 9 de marzo de 2016, y a lo
largo de su gestión, el Excmo. Sr. Rebelo de Sousa ha puesto de manifiesto de manera continua y reiterada la
relevancia que México tiene para Portugal como uno de sus principales socios en América Latina;
Que el Presidente Rebelo de Sousa ha encabezado importantes esfuerzos para promover un mayor
acercamiento entre Portugal y México a partir del diálogo político constructivo y, sobre todo, exhortando al
empresariado portugués para incursionar en el mercado mexicano, subrayando siempre las oportunidades
que nuestra economía y el ambiente de negocios de México ofrecen para la internacio nalización de las firmas
portuguesas;
Que en el ámbito regional, el Presidente Rebelo de Sousa ha reconocido el val or de la cooperación
Iberoamericana y, en ocasión de la XXV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que se
llevó a cabo en octubre de 2016, en Cartagena de Indias, Colombia, mostró su apoyo a la posición de México
en favor de estimular el desarrollo del mecanismo iberoamericano, de favorecer la inclusión del sector
empresarial y apoyar el proceso de paz en Colombia;
Que como muestra del entendimiento y la amistad entre México y Portugal, en el ámbito global, ambos
países promovieron la adopción de la Declaración de Nueva York, que busca proteger los derechos humanos
de las personas con calidad de refugiado y migrante, en el marco del 71° Período de Sesiones de la Asamblea
General de la Organización de las Naciones Unidas;
Que de acuerdo con la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civil es, la Condecoración de la Orden
Mexicana del Águila Azteca es la distinción que se otorga a extranjeros, con el propósito de reconocer los
servicios prominentes prestados a la Nación Mexicana o a la humanidad, y para corresponder a las
distinciones de que sean objeto los servidores públicos mexicanos, y
Que conforme a los procedimientos establecidos en la ley mencionada, el Consejo de la Orden Mexicana
del Águila Azteca me ha propuesto otorgar al Excelentísimo Señor Marcelo Nuno Duarte Rebelo de Sousa,
Presidente de la República Portuguesa, la citada Condecoración, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se otorga la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, en grado de
Collar, al Excelentísimo Señor Marcelo Nuno Duarte Rebelo de Sousa, Presidente de la República
Portuguesa.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Condecoración será entregada en la Ciudad de México, el diecisiete de julio
de dos mil diecisiete.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a catorce d e julio de dos mil
diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.-
Rúbrica.

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