Diario Oficial de la Federación de 18/06/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLI No. 14 México, D.F., jueves 18 de junio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 126
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 18 de junio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se otorga la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, en grado de Banda, a
la Excelentísima Señora Raija Anne Lammila, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de
Finlandia, al término de su misión diplomática en México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción l, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 2, 3, 5, 6, fracción ll, 11, 33, 40, 41, fracción IV, y 43 de la Ley de Premios,
Estímulos y Recompensas Civiles, y
CONSIDERANDO
Que es propósito del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos reconocer a la Excelentísima Señora
Raija Anne Lammila, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Finla ndia, al término de
sus funciones en México, por su dedicación y esfuerzo para enriquecer las relaciones bilaterales;
Que durante su misión diplomática, la Embajadora Lammila realizó diversas actividade s que propiciaron la
ampliación de los márgenes de entendimiento entre ambos países, en los ámbitos político, económico, cultural
y educativo;
Que gracias a su trabajo diplomático, se ha favorecido el interés mutuo de México y Finlandia por
fortalecer el sistema multilateral, a partir de una estrecha colaboración y coincide ncias en distintos
foros internacionales;
Que gracias al papel de interlocución de la Embajadora Lammila, se logró la realiz ación de la Visita de
Estado a México del Excelentísimo Señor Sauli Niinistö, Presidente de la República de Finlandia, del 23 al 27
de mayo de 2015, significando una inmejorable oportunidad para la consolidación de l as relaciones, en sus
diferentes ámbitos, entre ambas naciones;
Que de acuerdo con la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civil es, la Condecoración de la Orden
Mexicana del Águila Azteca es la distinción que se otorga a extranjeros, con el propósito de reconocer los
servicios prominentes prestados a la Nación Mexicana o a la humanidad, y para corresponder a las
distinciones de que sean objeto los servidores públicos mexicanos, y
Que conforme a los procedimientos establecidos en la ley mencionada, el Consejo de la Orden Mexicana
del Águila Azteca me ha propuesto otorgar a la Excelentísima Señora Raija Anne Lammila, Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Finlandia, la citada Condecoración, he tenido a bien
expedir el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se otorga la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, en grado de
Banda, a la Excelentísima Señora Raija Anne Lammila, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenci aria de la
República de Finlandia, al término de su misión diplomática en México.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Condecoración será entregada en la Ciudad de México, el dieciocho de junio
de dos mil quince.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a diecisiete de junio de dos mil
quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade
Kuribreña.- Rúbrica.
Jueves 18 de junio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE ECONOMIA
ACUERDO por el que se aprueba el Programa de Fomento a la Economía Social 2015-2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos 25 y 26 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 34 fracciones X, X bis y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administr ación Pública Federal; 14
fracción II, 18 fracción III y 46 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo
del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de
la economía; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
garantizará que el desarrollo nacional fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que,
por medio de la competitividad, el fomento al crecimiento económico, el empleo y una más justa distribución
del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la lib ertad y la dignidad de los individuos, grupos y
clases sociales.
Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que im prima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, para la independencia y democratización
política, social y cultural de la Nación.
Que dicho precepto constitucional, en el párrafo segundo del apartado A, establece que habrá un Plan
Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración
Pública Federal.
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 se aprobó el
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene los objetivos, estrategias, indicadores y metas que
regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 prevé como estrategia general elevar la p roductividad para
llevar a México a su máximo potencial, y orienta la actuación gu bernamental en torno a cinco metas
nacionales: México en Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México
con Responsabilidad Global, incluyendo además tres estrategias transversales: Democratizar la
Productividad, Gobierno Cercano y Moderno, y Perspectiva de Género.
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2013 se
aprobó el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, que es el Programa Sectorial de la Secretaría de
Economía, el cual incluye como objetivo 3 “Impulsar a emprendedores y fortalecer el desarrollo empresarial
de las MIPYMES y los organismos del sector social de la economía”, y establece, entre sus estrategias,
incrementar las oportunidades de inclusión productiva y laboral en el sector social de la economía, así como
contribuir al fortalecimiento del sector de ahorro y crédito popular, señalando las diversas líneas de acción
para el logro de las mismas, y
Que el Instituto Nacional de la Economía Social elaboró el Programa de Fomento a la Econ omía Social
2015-2018, como el instrumento que orientará las actividades de este órgano desconcentrado de la Secretaría
de Economía, con sustento en la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del
artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la
economía, así como en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa de Desarrollo Innovador
2013-2018, con el fin de establecer los objetivos, estrategias y líneas de acción que permitan cont ribuir al
desarrollo del sector social de la economía en México, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO
Primero.- Se aprueba el Programa de Fomento a la Economía Social 2015-2018, en los términos del
anexo único del presente Acuerdo, a efecto de establecer las bases que permitan propiciar condiciones
favorables para el crecimiento y consolidación del Sector Social de la Economía, mediante la visibilización del
Sector, el desarrollo de capacidades empresariales de los organismos del Sector, el impulso de proyectos
de inversión que incrementen las oportunidades de inclusión productiva y laboral del Sector, el fortalecimiento de
las capacidades de operación de la banca social y de sus actividades de ahorro y financiamiento empresarial,
así como la adecuación del marco jurídico y normativo que propicie el desarrollo del multicitado Sector.
Segundo.- Para la ejecución del Programa, el Instituto Nacional de la Economía Social coordinará
acciones con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus
respectivas competencias y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

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