Diario Oficial de la Federación de 19/09/2017 (Contenido completo) Edición Vespertina

EdiciónVespertina
Tomo DCCLXVIII No. 18 Ciudad de México, martes 19 de septiembre de 2017
EDICION EXTRAORDINARIA
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Salud
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
Indice en página 32
$13.00 EJEMPLAR
2 (Edición Extraordinaria) DIARIO OFICIAL Martes 19 de septiembre de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se declaran tres días de duelo nacional publicado el 20 de
septiembre de 1985.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 y 19 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
CONSIDERANDO
Que los días 19 de septiembre de los años 1985 y 2017 México ha vivido jornadas profundamente
dolorosas con motivo de los sismos que se presentaron en cada uno de esos años;
Que dichos sismos provocaron momentos dolorosos para familias y personas, así como lamentables
pérdidas de vidas humanas;
Que con fecha 20 de septiembre de 1985, el entonces Presidente de la República emitió un Decreto de
tres días de duelo nacional;
Que el Gobierno de la República comparte su solidaridad con el dolor de las familias y personas afectadas
por los sismos de 1985 y el del presente año;
Que momentos difíciles como esos nos convocan a actuar con la solidaridad y la humanidad que nos
caracterizan como país, y
Que habrá testimonio del dolor que nos provocan los sucesos referidos, he tenido a bien expedir el
siguiente
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el Decreto por el que se declaran tres días de duelo nacional, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 1985, para quedar como sigue:
“ARTÍCULO PRIMERO.- Se declara duelo nacional los días 19, 20 y 21 de septiembre de
cada año.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Bandera Nacional se izará a media asta durante los días
señalados en el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO.- Se deberá suspender cualquier acto oficial de carácter festivo.”
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a diecinu eve de septiembre
de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio
Chong.- Rúbrica.
Martes 19 de septiembre de 2017 DIARIO OFICIAL (Edición Extraordinaria) 3
ACUERDO por el que se declaran inhábiles los días 19 y 20 de septiembre de 2017, para efecto de los trámites que
se realizan en la Secretaría de Gobernación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 28, 30, primer párrafo y 42 de la Le y
Federal de Procedimiento Administrativo, así como 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y
CONSIDERANDO
El 19 de septiembre de 2017, un sismo afectó a la población de diversas Entidades Federativas de nuestro
país, lo que obligó a suspender labores en la Secretaría de Gobernación.
Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que no se considerarán
como días hábiles, entre otros, aquellos en los que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento
del público mediante acuerdo del titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de
la Federación;
Que el mismo artículo autoriza a suspender los términos en aquellos casos de fuerza mayor, debidamente
fundados y motivados;
Que en términos del artículo 42 de la ley en comento, los escritos dirigidos a la Administraci ón Pública
Federal deben presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tal efecto, y
Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los asuntos que la población tramita ante la Secretaría
de Gobernación, es necesario hacer del conocimiento público los días que no se contabilizarán en los plazos y
términos procesales de los asuntos llevados ante dicha dependencia, así como sus órganos administrativos
desconcentrados, tengo a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS 19 Y 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017, PARA
EFECTO DE LOS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
ARTÍCULO PRIMERO. Los días 19 y 20 de septiembre de 2017 se declaran inhábiles para la práctica de
actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría
de Gobernación y sus órganos administrativos desconcentrados, tales como recepción de documentos e
informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos
administrativos, notificaciones, requerimientos, solicitudes de informes y documentos y medios de
impugnación.
Los días a que se refiere el párrafo anterior deberán considerarse inhábiles para efectos del cómputo de
los plazos y términos de los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Secretaría de Gobernación
y sus órganos administrativos desconcentrados.
ARTÍCULO SEGUNDO. Los unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la
Secretaría de Gobernación que, por disposición de carácter general, deban emitir algún acto administrativo en
alguno de los días declarados inhábiles en este acuerdo, deberán hacerlo el día hábil inmediato siguiente.
ARTÍCULO TERCERO. La declaratoria a que se refiere este Acuerdo se realiza sin perjuicio de la facult ad
que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar
diligencias y actuaciones.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Of icial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 19 de septiembre de 2017.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel
Osorio Chong.- Rúbrica.

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