Diario Oficial de la Federación de 21/09/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLIV No. 14 México, D.F., lunes 21 de septiembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Energía
Secretaría de Salud
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Avisos
Indice en página 111
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 21 de septiembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial ocurridas los
días 7 y 8 de septiembre de 2015, en los municipios de Rosario y Salvador Alvarado del Estado de Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número 07938/2015, recibido con fecha 8 de septiembre de 20 15 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), suscrito por el Gobernador del Estado de Sinaloa, Lic. Mario López
Valdez, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Rosario y Salvador Alvarado por la presencia de lluvia
severa e inundación pluvial y fluvial los días 7 y 8 de septiembre de 2015; ello, con el propósito de acceder a
los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1163/2015, de fecha 8 de septiembre de 2015, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso,
emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Sinaloa solicitados en el oficio
07938/2015 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-0521 de fecha 10 de septiembre de 2015, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial los días 7 y 8
de septiembre de 2015, para los municipios de Rosario y Salvador Alvarado del Estado de Sinaloa.
Que el día 10 de septiembre de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 510, mediante el c ual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Rosario y
Salvador Alvarado del Estado de Sinaloa, por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial
ocurridas los días 7 y 8 de septiembre de 2015, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención
de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender
las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
E INUNDACIÓN PLUVIAL Y FLUVIAL OCURRIDAS LOS DÍAS 7 Y 8 DE
SEPTIEMBRE DE 2015, EN LOS MUNICIPIOS DE ROSARIO Y SALVADOR ALVARADO
DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Rosario y Salvador Alvarado del Estado de
Sinaloa, por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial ocurrida los días 7 y 8 de septiembre
de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Sinaloa pueda acceder a los recurso s del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a diez de septiembre de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 21 de septiembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Primera Iglesia Bautista Fundamental en
Santa Rosalía B.C.S., para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. ENRIQUE ANTONIO VEGA SÁNCHEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA PRIMERA IGLESIA
BAUTISTA FUNDAMENTAL EN SANTA ROSALIA B. C. S.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada PRIMERA IGLESIA BAUTISTA FUNDAMENTAL EN SANTA ROSALIA B. C. S.,
para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asoci aciones
Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Boulevard Fundición número 4, colonia Cuauhtémoc, Santa Rosalía, municipio de Mulegé,
Estado de Baja California Sur, código postal 23920.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
denominado Primera Iglesia Bautista Fundamental en Santa Rosalía B. C. S., ubicado en Boulevard F undición
número 4, colonia Cuauhtémoc, Santa Rosalía, municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur,
código postal 23920.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocionales, de predicación y de inst rucción
Bíblica. Proclamar ardientemente el mensaje del evangelio de Jesucristo invitando a las personas para
que lo acepten”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Enrique Antonio Vega Sánchez.
VI.- Relación de asociados: Enrique Antonio Vega Sánchez, Lorena del Carmen Morales de la Cruz,
Irvin Abdul Aguilar Meza, Adelaida Meza Mayoral y Martha Alicia Contreras Meza.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Dirección y Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Enrique Antonio Vega Sánchez, Presidente;
Lorena del Carmen Morales de la Cruz, Secretaria; Irvin Abdul Aguilar Meza, Tesorero; Adelaida Meza
Mayoral, Vocal y Martha Alicia Contreras Meza, Vocal.
IX.- Ministro de culto: Enrique Antonio Vega Sánchez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Bautista.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a un día del mes de septiembre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernació n, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.

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