Diario Oficial de la Federación de 21/09/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXX No. 15 Ciudad de México, viernes 21 de septiembre de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 109
$24.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 21 de septiembre de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de San Luis Potosí, que tiene
por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto Estatal de Acciones para el Cumplimiento de Medidas
Específicas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA SECRETARIA”; A
TRAVES DE LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO.
RAFAEL ADRIAN AVANTE JUAREZ, Y LA COMISION NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA
CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA DRA. ANGELA QUIROGA QUIROGA, Y POR OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, DR. JUAN MANUEL CARRERAS LOPEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO Y TITULAR DE LA ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROYECTO, LIC. ALEJANDRO LEAL
TOVIAS; EL SECRETARIO DE FINANZAS, C.P. JOSE LUIS UGALDE MONTES; LA COORDINADORA GENERAL DEL
CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, LIC. JULIETA MENDEZ SALAS; EL
FISCAL GENERAL DEL ESTADO, MTRO. FEDERICO ARTURO GARZA HERRERA; Y LA SECRETARIA DE SALUD,
DRA. MONICA LILIANA RANGEL MARTINEZ, TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS BENEFICIADAS CON EL
PROYECTO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES
DENOMINARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO ACTUEN CONJUNTAMENTE COMO “LAS PARTES”, AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal “México en Paz”, diversas líneas de
acción como parte de la Estrategia III, “Perspectiva de Género”, entre las cuales se encuentran que: i) se
establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en l as dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios; ii) se simplificarán los
procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación de las órdenes de protecció n
para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la
seguridad e integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal “México con
Responsabilidad Global”, Estrategia III, “Perspectiva de Género”, se establece que se deberá promover y dar
seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 establece como Objetiv o 3.
“Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las
mujeres”; del cual se desprende la Estrategia 3.6 “Coordinar la política nacional de prevención, atención y
sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres”. Dicha estrategia co ntempla las siguientes
líneas de acción: 3.6.1 “Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atenc ión, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres”, y 3.6.2 “Establecer mecanismos de coordinación en l os
órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia regula en su Título II, Capítulo
V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para
dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estad o mexicano de garantizar el derecho
de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y m edidas específicas para
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través
de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito
federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
Viernes 21 de septiembre de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las m ujeres en
el Estado de San Luis Potosí.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el DOF
el 29 de noviembre de 2017, señala en el Anexo 13, “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”,
una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii)
incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su
otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos d e las entidades
federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de g obierno.
No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines
autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SGG/SDHAJ/DGDH/217/2018 de fecha 8 de mayo de 2018, suscrito por
Alejandro Leal Tovías, en su carácter de Secretario General de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, la
entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Proyecto
Estatal de Acciones para el Cumplimiento de Medidas Específicas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de
Género contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la
obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta
de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018
(Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por
lo que autorizó la cantidad de $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del
“Proyecto Estatal de Acciones para el Cumplimiento de Medidas Específicas de la Declaratoria de Alerta de
Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí”. Dicha situación se notificó a la
entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/655-10/2018 de fecha 31 de mayo de 2018.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2018.
Así, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARIA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación
(RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Públic a
Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el
cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente
en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas
como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente instrum ento
jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB.

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